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Sobre: Impuestos, Tasas, Contribuciones | Sin un Sistema Tributario no hay Estado, debe ser equitativo, eficiente, y no confiscatorio | No taxation without representation

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        • Art.002 Principio Legalidad
        • Art.003 Potestades de la Adm
        • Art.006 Interpretación HG
        • Art.010 Concepto Tributo
        • Art.017 Contribuyente
        • Art.021 Solidaridad Representantes
        • Art.024 Hecho Generador
        • Art.026 Domicilio Fiscal
        • Art.027 Domicilio Constituido
        • Art.031 Pagos Anticipados
        • Art.038 Prescripcion
        • Art.039 Interrupción Prescripción
        • Art.047 Secreto de las Actuaciones
        • Art.049 Plazos
        • Art.051 Notificaciones
        • Art.063 DJ Suj Pasivos
        • Art.064 Rectificación DJ
        • Art.066 Estima.Oficio
        • Art.068 E Inf.3ros
        • Art.070 Oblig Part
        • Art.071 ConsultaReq
        • Art.093 Tipos Infracción
        • Art.094 Mora
        • Art.096 Defraudación
        • Art.103 Tras Responsabilidad
        • Art.104 Responsabilidad Entidades
        • Art.32 Facilidades de Pago
      • 1.3 FORMALIDADES
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            • 08 Ago Feriados
            • 10 Oct Feriados
            • 11 Nov Feriados
          • Hoja de Resumen
          • Horas Extras
          • In Itinere Priv.
          • Jornaleros
          • Licencias Privados
            • Comienzo y Goce
            • ComunicadosLic
            • Donante de Sangre
            • Licencia Matrimonio
            • Licencia por Estudio
            • Licencia por Paternidad
            • Licencia Sindical
            • Licencias No Gozadas
          • Mandos Medios
          • Menores
          • Nocturnidad
          • Partidas Especie
          • Plazo Pago
          • Potestad Disciplinaria
          • Presentismo
          • Productividad
          • Propinas Remuneración
          • Régimen Horario
          • Recibos
          • Reclamo Prescripción
          • Reglamento Interno
          • Remuneración
          • Remuneración Exterior
          • Residencia Extranjeros
          • Retenciones Pens Alim
          • Ropa Trabajo EPP
          • Rural Laboral
            • Quintas
          • Salario Vacacional
          • Salud Laboral
          • Subordinación
          • Trabajo en Negro
          • Uniformes
          • Viajantes y Vend de Plaza
        • 2.2.2__Régimen PÚBLICO
          • Afrodescendientes
          • Arrendamiento Servicios
          • Estabilidad Laboral
          • Evaluación Desempeño
          • Feriados F.Públicos
          • In Itinere Públ.
          • Jornada 8 Hs
          • Licencia Públicos
            • Donante Sangre & Órganos
            • Lic x Estudio Públicos
            • Licencia Duelo Públ
            • Licencia No Gozada Públ.
            • Licencia Sin Goce Sueldo
            • Licencias Pase en Comisión
          • Prima x Nacimiento
          • Remuneración Variable FPúblico
        • 2.2.3__Trabajo MUJER
          • Embarazo
          • Jornada Laboral Mujer
          • Lactancia
          • Licencia Papanicolau
          • Licencia por Maternidad
          • RHA Fertilización
        • 2.2.5__Trabajo HOMBRES
          • Licencia Ex Próstata
        • 2.2.6_Temas SYSO
          • Baños y Vestuarios
      • 2.3 MTSS
        • Artistas MTSS
        • Clausura MTSS
        • Conciliación
        • ConsejoSalarios
        • Denuncias MTSS
        • MultasMTSS
        • Planilla
        • Registros
      • 2.4 SNIS
        • 01 Normativa
          • Dec 221/011
          • Ley18211
          • Ley18731
        • 02 Guia Estatal
        • 10 FONASA
          • Cónyuge a Cargo
          • Decl. Jurada Fonasa
          • Devolución Fonasa
          • Hijos a Cargo
          • Pasivos Pensionistas Fonasa
          • Serv. Personales Fonasa
        • Sanidad Militar
      • 2.5 BSE
        • Accidente
    • 3-TASAS
      • 3.1 Teoría Tasas
    • 4-MUNICIPAL
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      • TeatrosMunic
      • TortaFritas
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      • VentaCalle
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    • 5-ADUANEROS
      • 5.1 CÓDIGO ADUANERO
        • Contrabando
    • 6-CONSTITUCIÓN
    • 7-FISCALIZACIÓN
      • 7.1 DERECHOS CONTRIBUYENTE
      • 7.2 DECRETO 500/991
      • 7.3 INSPECCIÓN
        • Acuerdos Convenios DGI
        • EQUIDAD
        • ERRORES
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        • EVASIÓN
        • Inspección BPS
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        • Inspección DGI
        • VALORES
      • 7.9 OTRAS REALIDADES
    • 8-FISCALIDAD INTERNACIONAL
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    • Sergio Guillén en Gastos Comunes. Separación de los Gastos Comunes del Inquilino y del Propietario. Pero si el inquilino no paga, el que debe los Gastos Comunes a la copropiedad es el Propietario
    • Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez en Gastos Comunes. Separación de los Gastos Comunes del Inquilino y del Propietario. Pero si el inquilino no paga, el que debe los Gastos Comunes a la copropiedad es el Propietario
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    • María Noel en Liquidación de Gastos Comunes, particularidades y diferencias para Propietarios e Inquilinos. Ley Nº 10.751 artículo 5to.
    • Mario R en Si tiene el Síndrome de la Apnea del Sueño, es probable que deba usar un CPAP. Hay ayudas económicas. El BPS lo da sólo para Activos (no para pasivos) y la CJPPU dice que lo da pero … cuidado!!!
    • Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez en Si tiene el Síndrome de la Apnea del Sueño, es probable que deba usar un CPAP. Hay ayudas económicas. El BPS lo da sólo para Activos (no para pasivos) y la CJPPU dice que lo da pero … cuidado!!!
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    • Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez en ¿Es cierto que la mitad de lo que cobramos va para el Estado?; ¿Es cierto que se trabaja para pagar el IRPF?
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    • Si desean una respuesta confidencial, específica, con un análisis particular; pueden coordinar la misma por medio del link que está más abajo, o vía el Menú.
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    Bolsa de Valores de Montevideo. El edificio está en la calle Misiones entre Sarandí y Rincón. La realidad es que allí como en tantos otros lugares, hay personas que pernoctan al aire libre, con todo lo que ello implica (falta de higiene, suciedad, olores como una gran letrina); es la pobreza extrema. Tenemos un Ministerio que se debería de ocupar, pero es una postal diaria; caminar implica estar permanentemente viendo la mano extendida en busca de algo para comer. ¿Qué hacer?, ¿Aceptarlo, acostumbrarse, indignarse?, ¿las empresas que dan charlas de responsabilidad social empresarial, qué hacen?. Por lo menos en el corazón financiero del Uruguay, no debería verse esta cara insensible o de fracaso social; que también soy parte; pero me niego a seguir mirando para el costado.
    Voy a trabajar por la histórica calle Sarandí y me encuentro con los Blandengues, la dinámica cambia, el espíritu se enaltece; el bombo suena en el corazón; que no termine!
    Mis padres, año 1968. Fueron padres jóvenes, y a mi me parecían eternos. Él siempre estaba para dar tranquilidad en que todo iba a salir bien; pocas palabras, las justas, pero sólidas, elegantes, sabias. Fue militar pero bien pudo ser un escritor, de pluma elevada. Mi madre; mujer bella, fina, de lengua filosa; la delicadeza en los detalles y la ternura necesaria. Linda foto, a mi me gusta porque me recuerda mi infancia; fui feliz en aquellos años, nunca sentí falta de nada, mi mundo era con ellos y los necesitaba a los dos. Hoy queda ella, pero a todos nos falta él. Carpe díem!!!
    Caminando por la Plaza Constitución (Plaza frente a Iglesia Matriz) dirección a mi trabajo, veo esas flores; aislada de todo pero su belleza iluminaba el lugar. Imposible no detenerse y mirarla. #Labellezadelosimple #PlazaConstituciónMontevideo
    9 de junio del 2021, en calle Palmar casi Acevedo Díaz. Llevé a mi hijo al Colegio, y al volver veo esa árbol digno de figurar en una película. #hojasenlavereda
    En Montevideo, Ciudad Vieja, en la esquina de Treinta y Tres, y Rincón. Tres obras de arte, que generan un clima cultural distinto. #paseodelasartesrincon #ManuelPailós #OctavioPodestá #EnriqueBroglia
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    Intereses por Sobregiro, ¿Están gravados por IVA?. Vea la diferencia entre una Empresa y una Persona Física que no tributa IRAE

    CONSULTAS M&GT 419/008/03/2022 en Instagram: /darioabilleiracontador Nombre: Santiago Profesión: Contador Público Consulta: ¿Los Intereses por sobregiro, están gravados por IVA? Foto propia, editada por Dariana Abilleira. Es en la Universidad de la República, Facultad de Derecho, en Montevideo.

    ¿Es cierto que la mitad de lo que cobramos va para el Estado?; ¿Es cierto que se trabaja para pagar el IRPF?

    REFLEXIONES y ANÁLISIS propios en Instagram: /darioabilleiracontador Hace unos días, fue noticia que la CEO de Levi’s fue despedida por una serie de publicaciones que hizo en twitter, ya que no favorecían a la imagen de la empresa; el artículo era del New York Times, firmado por Sapna Maheshari; en el informe citan a una […]

    Reducción e instrumentación de topes a los Sueldos Gerenciales de la CJPPU; ¿Hay discriminación de género?; ¿Hay discriminación de profesión?

    REFLEXIONES y ANÁLISIS propios en Instagram: /darioabilleiracontador Hace unos tres años atrás, escribí un post en que hablaba de lo poco que eran valorados socialmente, los que trabajaban en Administración.  Aquí lo podrás leer: ¿Trabajas en Administración?; ¿Sientes que tu trabajo no luce?; tiene que cambiar el nombre de la tarea y también en cómo […]

    A ver, léanme todos!, léanme!!!. ¿El Estado seguirá destruyendo trabajo?. La facturación electrónica, el fin del Liquidador de Impuestos, del Profesional Independiente, y más … nueva aplicación de DGI que liquida el IVA Servicios Personales.

    REFLEXIONES y ANÁLISIS propios en Instagram: /darioabilleiracontador A veces uno se maravilla con personajes que nos imponen los medios de comunicación; los mismo medios que no nos muestran o no saben hacerlo o no se dan cuenta; de que en Uruguay existen personas quizás de igual capacidad o superior. Tengo un Profesor en Derecho Civil […]

    Si el sueldo es de pago mensual, pero se trabajan menos horas que las 8hs diarias, y no de lunes a viernes, ¿Cómo se obtiene el valor de las horas extras?

    CONSULTAS M&GT 418/007/03/2022 en Instagram: /darioabilleiracontador Nombre: Juan Profesión: Vía Comentario https://youtu.be/suqXi0lHRac Consulta: Buenas tengo un contrato mensual por 11000 pesos por trabajar 2 dias a la semana 16 hs sucede que si trabajo horas extras me pagan 11000/30 =x/8hs, eso da 45 pesos hora osea que me pagan 90 pesos hora extra nominal me […]

    Gastos Comunes, si se hacen pagos a cuenta, ¿Qué orden de imputación se debe aplicar?, se conoce como Imputación de la Paga

    CONSULTAS M&GT 417/006/03/2022 en Instagram: /darioabilleiracontador Nombre: Germán Profesión: Jubilado Consulta: Buenas tardes: quizás pueda existir una consulta anterior pero no la he encontrado y por ello le escribo. Es con referencia a la liquidación de gastos comunes, respecto a si existe una norma o practica generalizada del orden de la imputación de la paga […]

    Liquidación y Pago de Gastos Comunes; ¿Se pueden modificar las milésimas?; ¿Podrían aportar todos los copropietarios un mismo monto sin importar los metros cuadrados?

    CONSULTAS M&GT 416/005/03/2022 en Instagram: /darioabilleiracontador Nombre: Mónica Profesión: Consulta vía Comentario en: Post en donde se hizo la Consulta: Liquidación de Gastos Comunes, particularidades y diferencias para Propietarios e Inquilinos. Ley Nº 10.751 artículo 5to. Consulta: Buenos días, Cr. Anilleira, siempre consulto tanto los artículos como los comentarios. Hoy le escribo por una consulta, […]

    Feriados Pagos, en la Construcción, ¿Se toma en cuenta a los efectos del cálculo: la ropa, herramientas, transporte, almuerzo?

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    Profesional Universitario que tiene más de un giro (ejerce su profesión más otro emprendimiento), ¿Aporta sólo a una Caja o a la CJPPU y al BPS?

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    • Mides le dará una "devolución" a quienes den aviso sobre personas durmiendo en la calle elpais.com.uy/informacion/po… vía @elpaisuy.../// 8 months ago
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    • Daniel Martínez se hartó: "Estamos todos podridos" del "prepoterismo" de Adeom elpais.com.uy/informacion/si… vía @elpaisuy.../// 3 years ago
    • La IMM asegura que no controla a limpiavidrios elpais.com.uy/informacion/im… vía @elpaisuy.../// 4 years ago
    • IMM estima que recaudará 100% más de multas con las cámaras - elpais.com.uy/informacion/im… via @elpaisuy.../// 4 years ago
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La ATU (asociación de tortafriteros) nuclea a 200, sólo 20 tienen permiso, y los que venden la Grasa, reconocen que hay 1000 puestos. La Venta de Tortas Fritas, mueve no menos de 5 millones de dólares en Venta Callejera

junio 17, 2012 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

El siguiente informe es excelente, recomiendo leerlo (el del diario El País, que lo copio más abajo). Pero cuando lo leía, recordaba las palabras del Director de Rentas de que había una injusticia en los Salones de Fiestas porque se producía una Competencia Desleal, y por lo tanto la DGI debía actuar, y por eso se resolvió crear nuevos reportes mensuales para los Contribuyentes y para los que resuelvan hacer una Fiesta.

Miremos este caso de las Tortas Fritas, si una Panadería vende a $ 15 cada una y un puesto la vende a $ 11 pesos o quizás $ 13 pesos cada una; ¿No existe en estos casos una competencia desleal?

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Tortas Fritas, Padrón de Vendedores de Tortas Fritas; la ATU tenía 4 meses para hacer el registro en la IMM. Los Permisos serán: Personales, Instransferibles y Precarios. Se sospecha que exista una empresa que abastece a los puestos dándoles mercadería pero no están formalizados.

marzo 26, 2012 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Tortas fritas fuera de las avenidas

Tampoco podrán estar en la rambla; decreto regula venta – El País 14/07/2011

Luego de meses de discusiones, la Junta Departamental de Montevideo votó por unanimidad el decreto que habilita la venta callejera de tortas fritas y el control de la actividad, que la Intendencia se había manifestado renuente a regularizar.

La comuna deberá realizar y mantener actualizado un padrón de vendedores de tortas fritas, por lo que se otorga 120 días a las asociaciones de tortafriteros para que hagan el correspondiente registro ante la administración municipal.

El decreto señala que los permisos que se otorguen serán «personales e intransferibles«, así como precarios, «pudiendo ser revocados en cualquier momento sin expresión de causa«.

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Decreto Nº 33800 del 7/07/2011 de la Junta Departamental de Montevideo – Tortas Fritas – Se permite la Venta Callejera

julio 16, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Exp. Nº 2011 / 0269

DECRETO Nº 33.800

VISTO: que por Resolución Nº 11.085 de 24 de febrero de 2011, se crea una Comisión Especial con el cometido de modificar la normativa administrativa existente con relación a la elaboración, manipulación y venta de alimentos en la vía pública;

RESULTANDO: que se entiende dar un cierto encuadre normativo, que sin consolidar o estimular la sucesiva recreación de este fenómeno por nuevos emprendimientos informales, se acote los ya existentes bajo la imposición del cumplimiento de ciertos requisitos;

CONSIDERANDO: que desde la Unidad Mypes de la Intendencia de Montevideo, se debe de desarrollar un trabajo de inclusión de aquellos vendedores que se sientan en condiciones de abordar otros proyectos de inserción formal a mediano plazo;

 ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO,

D E C R E T A:

Artículo 1º-       Admítase en forma transitoria desde la vigencia del presente Decreto,  dentro del corriente período legislativo con evaluación anual, la venta callejera en espacios públicos de tortas fritas, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos siguientes.

Artículo 2º-       La Intendencia de Montevideo confeccionará y mantendrá actualizado un Registro de Vendedores de tortas fritas, que se amparen a las disposiciones de este Decreto. En dicho Registro se inscribirán los vendedores que figuran en los padrones de las Asociaciones de Vendedores de Tortas Fritas. A tales efectos, estas asociaciones dispondrán de un plazo de ciento veinte (120) días, para adecuarse a las presentes exigencias. Dicho plazo, se contabilizará a partir de la reglamentación que oportunamente dicte la Intendencia de Montevideo, para proporcionar los nombres y demás datos exigidos a los integrantes de los referidos padrones.

Artículo 3º-       Los derechos que confiere el presente decreto, a las personas que se amparen a él son personales, intransferibles y precarios, pudiendo ser revocados en cualquier momento sin expresión de causa.

Artículo 4º-      Los lugares y las condiciones de elaboración y comercialización de las tortas fritas, serán reglamentados por la Intendencia de Montevideo. La violación de dicha reglamentación hará perder de pleno derecho la calidad de permisario  del vendedor incumplidor.

Artículo 5º-       Para conservar la calidad de permisario para la elaboración y comercialización de tortas fritas, será necesario que el mismo cumpla con las formalidades y exigencias de la Intendencia de Montevideo. Se encomienda a la Unidad Mypes, desarrollar un trabajo de inclusión de aquellos vendedores que se sientan en condiciones de abordar otros proyectos de inserción formal a mediano plazo.

Artículo 6º-       Sin perjuicio de lo que disponga la reglamentación a dictarse por la Intendencia de Montevideo, no podrán instalarse puestos de venta callejera de tortas fritas en avenidas, bulevares y ramblas del Departamento.

Artículo 7º-       Comuníquese.

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.

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Tortas Fritas – Los vendedores deberán registrarse en asociaciones del sector y tienen 120 días para adecuarse a las exigencias. Se prohíbe instalar puestos en avenidas, bulevares y ramblas.

julio 11, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Autorizan la venta de tortas fritas en la calle

El País – 8/07/2011

http://elpaisweb2.elpais.com.uy/110708/pciuda-578415/ciudades/autorizan-la-venta-de-tortas-fritas-en-la-calle/

Una reglamentación transitoria para la venta callejera de tortas fritas fue aprobada en la Junta de Montevideo. Los vendedores deberán registrarse en asociaciones del sector y tienen 120 días para adecuarse a las exigencias. Se prohíbe instalar puestos en avenidas, bulevares y ramblas.

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Nota: No pude llegar al decreto que se habla, cuando lo tenga lo subiré.

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Tortas Fritas – Los «tortafriteros» deberán cumplir con determinadas exigencias bromatológicas y de higiene. Para muchos vendedores, es la hora de la «legalización».

julio 11, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Domingo, 03 de julio, 2011

http://www.larepublica.com.uy/comunidad/460403-legalizan-las-tortas-fritas

JUNTA DEPARTAMENTAL. LOS VENDEDORES QUIEREN CUMPLIR LAS NORMAS PARA QUE NO LES DECOMISEN EL PRODUCTO

«Legalizan» las tortas fritas

Hay consenso en la Junta Departamental para aprobar una normativa transitoria para autorizar la venta de tortas fritas en la ciudad de Montevideo. Los «tortafriteros» deberán cumplir con determinadas exigencias bromatológicas y de higiene. Para muchos vendedores, es la hora de la «legalización».

A principio de año se produjo una situación complicada cuando la Inspección General de la Intendencia de Montevideo dispuso la confiscación de los implementos utilizados por los vendedores de tortas fritas en la vía pública. Ante ello, los «tortafriteros» plantearon su preocupación ante la Junta Departamental reclamando el derecho a desempeñar esta tarea como una forma para ganarse la vida.

Para analizar el tema, se formó una comisión especial en la Junta Departamental con la participación de los tres partidos políticos.

La edila oficialista Graciela Villar señaló que se trató de compatibilizar la función de policía bromatológica de la Intendencia con el desempeño de esta actividad.

En los últimos meses participaron para asesorar en el tema la Universidad de la República y Salud Pública y se realizó un estudio referido a la degradación de los aceites y las grasas. Hasta el momento era difícil de sostener que existía un problema toxicológico en el consumo de tortas fritas, «ya que no había condiciones para medirlo», indicó Villar.

A diferencia de lo que ocurre con los restoranes, a la Intendencia se le dificulta efectuar los controles bromatológicos en los puestos de los «tortafriteros», «ya que no hay instrumentos portátiles para efectuar estos estudios», dijo la edila.

La intención que tiene la Intendencia es que no se pueden elaborar comidas en la calle, ya que no existen garantías para ser controladas.

No obstante, en la Junta Departamental se hizo un reconocimiento a la popularidad de la torta frita entre los uruguayos, y la posibilidad de comer en algún acto público o cuando hay días de lluvias.

Por lo tanto, entre los ediles de los tres partidos acordaron elaborar una normativa de carácter transitoria por este período, cuya base es el cumplimiento de determinadas condiciones.

Villar señaló que en primer lugar el vendedor de tortas fritas debe tener en claro que existe una zona de exclusión para la comercialización del producto, llámese, avenidas, la rambla y los espacios densamente poblados. «Los carritos no pueden estar en cualquier lugar», precisó la curul.

También se establecieron condiciones para la cocción de la torta frita, ya que las grasas ­que no pueden ser quemadas­ serán sometidas a control bromatológico. Otro requerimiento está basado en la elaboración. No podrán elaborar la masa al aire libre porque si no se produce una contaminación de manera rápida.

Podrán fritarla al momento de venderla, para que el cliente no la coma fría, y que permanezca más tiempo en contacto con el aire, lo que aumentaría la contaminación.

Deberán utilizar guantes para la manipulación. Una persona exclusivamente tendrá que cobrar y otra fritar el producto. Las personas deberán contar con carné de salud, así como carné de manipulador de alimentos que otorga la Intendencia, previo a la realización de cursos.

La indumentaria tendrá que estar con una higiene óptima, así como usar gorro.

Los carritos en los que trabajen, su superficie deberá ser de aluminio, acero inoxidable o melamínico a fin de que pueda ser lavable.

La disposición final de la grasa no podrá ser en la vía pública sino hacerlo en un recipiente.

CIFRA

450 Puestos. Son los que venden torta fritas en toda la capital.

Disminución gradual de vendedores

* Una vez aprobada la normativa, se les dará a los «tortafriteros» un tiempo para que se adecuen a los requerimientos, pero a quienes no cumplan se les aplicará una sanción o se le prohibirá el trabajo. Actualmente hay dos asociaciones de tortafriteros. La edila, Graciela Villar, explicó que hay un registro de personas que desempeñan esta actividad, y que en caso de que desistan de este trabajo, no se permitirá su sustitución, ya que la intención es reducir el número de vendedores. La intención de las autoridades es invitar a estas personas a participar de un programa de desarrollo de pequeñas empresa para que se incorporen a otras actividades formales.

«Hay días que vendo 100 tortas»

* Silvio Olivera, presidente de la Asociación de Tortafriteros del Uruguay, explicó que desde hace dos años se viene trabajando con la Intendencia para regularizar la actividad. Recordó que antes había fuertes inspecciones que llevaban a la requisa de la mercadería. No obstante, aclaró que la situación actual es diferente. Señaló que hay mucha gente informal «que está desprestigiando la tarea y hacen cosas que no deberían hacer.» Precisó que una persona tenía varios empleados y los llevaba a vender a cualquier lado. Olivera hace 15 años que trabaja vendiendo tortas fritas. Sostiene que con este trabajo se subsiste, y hay días que puede vender 100 tortas fritas mientras que en otros no llegan a 40.

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Tortas Fritas – La Junta Departamental de Montevideo admite de forma transitoria la venta callejera en espacios públicos de tortas fritas.

julio 11, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

07.07.11

Regulación transitoria de venta callejera de tortas fritas en espacios públicos

La Junta Departamental de Montevideo admite de forma transitoria la venta callejera en espacios públicos de tortas fritas.
La Intendencia de Montevideo confeccionará y mantendrá actualizado un registro de vendedores en dicho registro se inscribirán los vendedores que figuran en los padrones de las Asociaciones de Vendedores de Tortas Fritas. Estas Asociaciones dispondrán de un plazo de ciento veinte días (120) para adecuarse a las presentes exigencias.
No podrán instalarse puestos de venta en avenidas, bulevares y ramblas del Departamento.

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Tortas Fritas – Los casi 300 puestos precarios que venden tortafritas en Montevideo no tienen habilitación porque la IMM considera inapropiado que funcionen

julio 11, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Dos tortafriteros se encadenan a la explanada municipal

Los trabajadores reclaman “trabajo con dignidad”

El Observador – 28.02.2011, 19:05 hs

http://www.elobservador.com.uy/noticia/109609/dos-tortafriteros-se-encadenan-a-la-explanada-municipal/

Dos vendedores ambulantes de tortafritas permanecen encadenados a una de las barandas de la escalera de la explanada de la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM), para protestar por la imposibilidad de desarrollar su trabajo.

Los trabajadores sostienen un cartel que reza: “Por trabajo con dignidad. Asociación de Tortafriteros”.

Los casi 300 puestos precarios que venden tortafritas en Montevideo no tienen habilitación porque la IMM considera inapropiado que funcionen. Aunque algunos tienen lugares establecidos hace mucho tiempo, son multados sólo cuando un equipo de inspectores de la comuna los detecta.

Tras una advertencia, en la segunda instancia los funcionarios le retiran los implementos (garrafas, carro, ollas, etcétera). Para recuperarlos deben pagar una multa de 10 Unidades Reajustables ($ 4.786).

Para determinar la prohibición de la venta de tortas fritas y afines en puestos ambulantes, la IMM detectó además que, en general, los puestos no tienen disponibilidad de agua potable, en particular para materiales y manipuladores. Además, el medio empleado para hervir puede implicar el uso de combustibles con riesgo de contaminar los alimentos.

La ubicación de los puestos también se presta a contaminación de distinta naturaleza, como hollín y otros contaminantes de vehículos, particularmente aportados por el ambiente y por la proximidad con residuos urbanos y con animales.

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Tortas Fritas – Resolución Nº 11.086 de la Junta Departamental de Montevideo – Mantener la tolerancia mientras estudian el tema

julio 11, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Exp. Nº 2011 / 0270

24/02/2011

RESOLUCIÓN Nº 11.086

VISTO: la inquietud de varios señores ediles de la Corporación, referente a la situación relacionada  con la venta de tortas fritas en  la vía pública;

RESULTANDO: I- solicitan que mientras se analiza una reglamentación que regule la actividad, se exija carné de salud vigente y la higiene imprescindible de los implementos utilizados para la elaboración y manipulación, sin llegar al decomiso y/o retiro del puesto;

II- que se han creado Comisiones Especiales con el cometido de regular el tema, tanto en la Junta Departamental como en la Intendencia de Montevideo;

CONSIDERANDO: que es competencia del Gobierno Departamental que mientras se buscan las mejores condiciones para regular dicha tarea, se garantice el derecho al trabajo de estos ciudadanos;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO,

R E S U E L V E:

1º-         Cursar comunicación a la Intendencia de Montevideo, manifestándole que es voluntad del Cuerpo, que durante el período de trabajo de las mencionadas Comisiones Especiales, se mantengan niveles de tolerancia que no obstaculicen el desarrollo de la tarea que realizan los tortafriteros.

2º-         Hágase saber.

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL ONCE.

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Tortas Fritas – Los vendedores de tortas fritas quieren ser regularizados y pretenden que la venta el bocadillo más popular del Uruguay, cuya importancia es reconocida por el MEC en la fiesta anual de la torta frita de Canelones, sea reglamentada con claridad

julio 11, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Un vacío legal en las tortas fritas callejeras

Los vendedores quieren abandonar el informalismo – El País 12/11/2010

Los vendedores de tortas fritas quieren ser regularizados y pretenden que la venta el bocadillo más popular del Uruguay, cuya importancia es reconocida por el MEC en la fiesta anual de la torta frita de Canelones, sea reglamentada con claridad.

«Lo que ellos plantean es tener un reglamento, contar con carné de salud, ropas blancas, medidas de higiene mínimas y además convertirse en monotributistas para hacer aportes al BPS», explicó el edil nacionalista Enrique Arezo, que estuvo reunido con integrantes de la Asociación de Vendedores de Tortas Fritas.

Arezo se comprometió a llevar estos planteos a la Comisión de Desarrollo Económico de la Junta Departamental, así como a acompañar el proyecto de reglamentación.

«La torta frita es declarada como Patrimonio Nacional por el Ministerio de Cultura, (aunque) debe venderse informalmente y a escondidas de los inspectores», se quejó Silvio Olivera, miembro de la asociación que nuclea a unos 150 vendedores. El edil blanco sostuvo que debería considerarse a la torta frita del mismo modo que los tacos y tortillas mexicanos. «Es lo primero que compran los turistas cuando llegan los cruceros a Maldonado», aseguró.

http://www.elpais.com.uy/101112/pciuda-528180/ciudades/un-vacio-legal-en-las-tortas-fritas-callejeras/

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Tortas Fritas – La Intendencia de Montevideo es renuente a regularizar la actividad de los Tortafriteros. Admite que no puede controlar a los vendedores y advierte por el uso prolongado del aceite en las frituras que, según algunos estudios, podría provocar cáncer. ATU (Asociación de Tortafriteros del Uruguay) queda en Fernández Crespo y Nicaragua.

julio 11, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Intendencia rechaza regular torta fritas

Salud. Uso prolongado del aceite caliente puede desprender una sustancia cancerígena

ANDRÉS LÓPEZ REILLY – El País 19/12/2010

La Intendencia de Montevideo es renuente a regularizar la actividad de los tortafriteros. Admite que no puede controlar a los vendedores y advierte por el uso prolongado del aceite en las frituras que, según algunos estudios, podría provocar cáncer.

Los vendedores de tortas fritas volvieron a la Junta Departamental a exigir que sea regularizada su actividad.

Pretenden que la venta de este tradicional producto uruguayo, cuya importancia es reconocida por el Ministerio de Educación y Cultura en la fiesta anual de la torta frita de Canelones, sea reglamentada para salir del informalismo.

«Lo que ellos plantean es tener un reglamento, contar con carné de salud, ropas blancas, medidas de higiene mínimas y además convertirse en monotributistas para hacer aportes al BPS», explicó el edil nacionalista Enrique Arezo, quien estuvo reunido con integrantes de la Asociación de Vendedores de Tortas Fritas.

LA SALUD. Convocado por la Junta Departamental, el director de Salud de la Intendencia de Montevideo, Pablo Anzalone, explicó los motivos por los cuales la comuna entiende que no se puede regularizar esta actividad.

«En primer lugar, no tenemos posibilidad de controlar -y no se controla- cuáles son los productos que se utilizan para la frituras. Para el conjunto de locales de elaboración de alimentos hay normas establecidas por el Digesto Municipal y mecanismos de contralor para que la actividad se desarrolle en forma adecuada; para este caso, no es así. Y no es posible hacerlo», reconoció Anzalone.

El director de Salud de la Intendencia concurrió a la Junta acompañado por el doctor Gustavo Lancibidad, asesor municipal. «Los aceites, además de mal gusto o baja calidad, pueden tener importantes problemas de toxicidad. Esto es lo que pretendemos empezar a estudiar. Para detectar estas sustancias es necesario contar con un equipamiento de laboratorio muy costoso; no es fácil montar esas técnicas analíticas. No obstante, esperamos tenerlas prontas en estos días, junto con alguna otra medida referente al control de los aceites», informó Lancibidad.

«En ese sentido, estamos tratando de adaptar nuestra reglamentación a la europea y de tener métodos rápidos de control. A todo esto se ha agregado la existencia de unas sustancias que están a estudio en todas partes del mundo, las acrilamidas, que son cancerígenas. Dichas sustancias comienzan a aparecer cuando uno utiliza el aceite mucho tiempo, a muy altas temperaturas, para fritar sustancias que contienen azúcares, como masas de harina, papas fritas, etcétera. Hay un alerta mundial al respecto», añadió el asesor municipal.

PROMESA INCUMPLIDA. En mayo de 2008, el ex intendente Ricardo Ehrlich tuvo un tenso encuentro con los tortafriteros en la plaza de los Treinta y Tres, cuando le presentaron una queja por la decisión de la Intendencia de impedirles vender tortas fritas en la vía pública.

«Basta de represión; basta de abusos», reclamaron los integrantes de la Asociación de Tortafriteros del Uruguay (ATU). Los trabajadores le pidieron a Ehrlich ese día que los dejara «trabajar», al ser la venta de tortas fritas su principal medio de sustento.

El ex intendente y actual ministro de Educación y Cultura les comunicó que estaba al tanto de la situación y que se comprometía a agilizar los trámites para que obtuvieran la habilitación municipal.

Lo único que consiguieron fue un permiso temporario de 90 días, que caducó hace más de un año.

«Hace varios años que estamos tratando de regularizar nuestra situación laboral, pero no hemos logrado que nos contemplen. Promesas y declaraciones de buena voluntad, hemos escuchado muchas. Hechos, muy pocos», dijo Silvio Olivera, tortafritero y sindicalista, al suplemento Qué Pasa de El País, en junio de este año. Hace cuatro años él, su esposa Estela Ramos y otro vendedor fundaron la ATU, para intentar hacer valer sus reclamos con algo más de fuerza.

La sede del sindicato está en el propio hogar de Olivera y Ramos, un humilde caserón sobre la calle Fernández Crespo.

El mismo día que fundaron el sindicato se afiliaron al Pit-Cnt, pero por ahora el apoyo que ha otorgado la central obrera es, dice Olivera, meramente simbólico.

Fuente de trabajo «para mucha gente» y un medio para recaudar

El edil Fernando Benzano, del Partido Nacional, advirtió que el tema «tiene un componente social muy importante». El legislador departamental añadió que hay una empresa (Comsa) que comercializa el producto «en 18 de Julio y en la explanada municipal» y que durante las jineteadas en La Rural se instalaron puestos de tortas fritas por medio de una concesión, en los que «se vendieron tres toneladas de harina».

«Entonces, ¿qué es lo que no podemos regular? Esas son las cosas que hacen que haya que agotar todos los caminos de entendimiento. Porque estamos hablando de fuentes de trabajo de mucha gente, sin tener en cuenta a todas las organizaciones sociales, porque quien pase por un club de baby fútbol, por una cooperativa, podrá ver que la torta frita es un medio para recaudar fondos», indicó Benzano.

Los vendedores que se han asociado al sindicato son unos 150.

Se estima que entre 400 y 500 puesteros más se dedican a esta actividad pero no acudieron a la organización. Las tortas fritas se venden entre $10 y $ 12.

http://www.elpais.com.uy/101219/pciuda-536262/ciudades/Intendencia-rechaza-regular-torta-fritas/

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    • El Potencial de la Cosecha de Soja, se ubicaba en 2300 kg por hectárea, el mismo bajó a 1800 kg/ha, pero ofrecen Arrendamientos a 600kg/ha y hasta de 500Kg/ha febrero 25, 2017
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      Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez
    • Los cultivos deben crecer un 5% anual para cubrir el aumento de la población febrero 21, 2017
      Las cuatro manos que controlan las semillas de todo el mundo Los productores temen que la oleada de fusiones limite las opciones que tienen para gestionar sus cosechas La industria agroquímica está sumida en un intenso proceso de consolidación que va a dejar prácticamente todo el negocio de semillas, herbicidas y pesticidas concentrado en manos de […]
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