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Deducción de Gastos de Publicidad en el IRAE cuando la regla candado impide su deducción directa.


CONSULTAS M&GT 313/002/01/2020

Nombre: Manuel

Profesión: Diseñador gráfico

Consulta: Quiero saber si los espacios publicitarios contratados por mis clientes en una revista impresa, son deducibles de impuestos (IRAE) y si fuera el caso, en que porcentaje del total facturado se deducen. Aclaro que como empresa periodistica estamos exentos de impuestos. Atentos saludos!!

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Retenciones de IRPF; ¿Deben estar los Servicios facturados independientemente de los materiales?; ¿Los Servicios de Fiesta, con catering, bebidas, y la empresa es sujeto pasivo de IRAE, está bien que se le retenga por IRPF?


En esta consulta se responden dos situaciones muy común hoy en día; la primera es cuando las empresas que brindan un servicio y además proveen de materiales (y son Unipersonales, Sociedades de Hecho), se les pide o ellos mismo tienen la iniciativa, de separar en dos facturas los honorarios por los servicios o la mano de obra y en otra los materiales. Esa exigencia no está en ninguna norma; pero en esta Consulta deja plasmado la opinión de la DGI de que si todo se hiciera en la misma factura, podría retenerse por una parte aunque no coincidiera con el total.

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Decreto 166/008 – Para obtener la exoneración correspondiente al Art.69 de la Constitución, deben registrarse como condición para que se perfeccione el beneficio.


Decreto Nº 166/008

Montevideo, 14 de Marzo de 2008

Visto: Lo establecido por el artículo 448 de la ley Nº 16.226 de 29 de Octubre de 1991.

Resultando: I) Que la referida disposición declara comprendidas en la exoneración impositiva establecida en el artículo 69 de la Constitución de la República a las Instituciones Privadas que tienen como finalidad única o predominante la enseñanza privada o la práctica o difusión de la cultura.

II) Que el inciso 2 del artículo 448 establece que dichas instituciones deberán inscribirse en el Registro de Instituciones Culturales y de Enseñanza que llevará el Ministerio de Educación y Cultura, o en su caso, la Administración Nacional de Educación Pública o sus Desconcentrados.

Considerando: la necesidad de reglamentar la referida norma para su efectiva aplicación.

Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por los artículos 69 y 181 numeral 2 de la Constitución de la República.

El Presidente de la República D E C R E T A:

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