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Ingeniero en Computación, ¿Tributa IRAE o IRPF? ¿Combina Capital y Trabajo o no?; ¿si tributa por renta Ficta, aplica el 13.2% o el 48%?


CONSULTAS M&GT 314/003/01/2020

Nombre: Ignacio

Profesión: Ingeniero en Computación

Consulta: Hola, soy profesional independiente, ingeniero en computación, estoy tributando irpf pero tengo dudas si me conviene irae. La posición de la DGI es que los ingenieros en computación combinamos k y t ya que usamos nuestro propio equipo (lo leí en algunas consultas) entonces podría tributar irae. Me queda la duda si en el regimen ficto tributo por el 13,2% (primer escala) o necesariamente tengo q tributar por el 48% por el párrafo que habla despues que los de irpf que opten por irae necesariamente tributan por el 48%. Aguardo respuesta y desde ya muchas gracias

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Desarrollo de Software, dependiendo de si los equipos de computación son propios o no; tributará IRAE o IRPF. Servicios prestados desde territorio No Franco a Zonas Francas y Personas del Exterior, para el IVA son «asimilados a exportación»; siempre que sean aprovechados exclusivamente en el exterior.


Consulta Nº 5828

Actividad de desarrollo de software – Prestación de servicios de soporte informático – Actividades realizadas en territorio nacional no franco o en zonas francas – IRPF – IRAE – IVA – Tratamiento tributario

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