Archivo de la etiqueta: Consulta 5006

Los Servicios Vinculados al Desarrollo del Software ( Hosting, Call Center, etc ) aún si no fueron desarrollados por el prestador de los Servicios, estarán exonerados también pero siempre que sean aprovechadas íntegramente en el exterior


Consulta Nº 5535

Un profesional independiente que tributa el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), de servicios personales fuera de relación de dependencia, consulta en forma no vinculante sobre determinada hipótesis de hechos que plantea a continuación:

Sigue leyendo

Anuncio publicitario

Producción de Software, puede tributar IRPF si el capital es brindado por el contratante, o tributar IRAE si el capital lo aporta la Unipersonal; y estarán exonerados si son aprovechados íntegramente en el exterior.


Consulta Nº 5368

Una empresa unipersonal, cuya actividad consiste en la producción de software, consulta si está exonerada del IRPF. Fundamenta su respuesta en el hecho de que la producción es aprovechada íntegramente en el exterior.

Sigue leyendo

Una Unipersonal es contratada por una SRL para realizar tareas de desarrollo de software, asesoría, etc, para un cliente de la SRL domiciliado en el exterior. ¿Puede tener exoneraciones?, ¿Y si lo hiciera directamente sin la SRL de por medio?, ¿Y si lo hace con los equipos exclusivamente del cliente?


Consulta Nº 5006

La presente consulta es formulada por el titular de una empresa unipersonal, que fue contratado por una Sociedad de Responsabilidad Limitada Uruguaya para realizar tareas de desarrollo de software, asesoramiento, consultoría en informática, soporte a usuarios, documentación e implantación de productos desarrollados en la casa del cliente.

El cliente de la SRL es una dependencia estatal de un país extranjero y la tarea es realizada en Uruguay durante tres semanas al mes, donde se realiza tareas de programación y soporte a usuarios, vía mail, Chat e Internet. Además, durante una semana al mes, se visita al cliente en el exterior, donde se hace entrega de los desarrollos, se instala y se capacita personal del estado extranjero.

El titular de la empresa unipersonal consulta sobre si la renta obtenida es de fuente uruguaya, en base a lo establecido en el artículo 3 del Título 7 del TO 96.

Sigue leyendo