DOCUMENTACIÓN REQUERIDA CONTROL Y SEGUIMIENTO
01_Checklist Documentacion Requerida Control y Seguimiento (archivo pdf)
• Estados contables posteriores a la solicitud del beneficio en pesos uruguayos, acompañados de Informe de Compilación, Revisión Limitada o de Auditoria según corresponda (escaneados).
ESTADOS CONTABLES ( esta información está en el Anexo IX )
Los estados contables a ser presentados a la Comisión de Aplicación según lo establecido el Artículo 11 del Decreto Nº 455/007, deberán ser formulados en pesos uruguayos y de acuerdo a normas contables adecuadas en el Uruguay. Asimismo, deberán estar acompañados de las correspondientes declaraciones juradas de Impuestos a la Renta de las Actividades Económicas o Impuesto a la Renta de Industria y Comercio e Impuesto al Patrimonio presentadas ante la Dirección General Impositiva.
Toda la documentación deberá presentarse escaneada en medios magnéticos.
• Copia de las declaraciones juradas de Impuestos a la Renta de las Actividades Económicas o Impuesto a la Renta de Industria y Comercio según corresponda e Impuesto al Patrimonio, presentadas ante la Dirección General Impositiva (escaneadas).
• Declaración Jurada de Cumplimiento en la Ejecución de la Inversión, Objetivos e IRAE o IRIC Utilizado dirigida a la Comisión de Aplicación. 02_Declaracion Jurada de Cumplimiento de Objetivos (archivo word)
• Certificado Notarial acreditando vigencia de persona jurídica (o la que corresponda), representación, nombres y Cédulas de Identidad de representantes y vigencia cargos.
• Detalle de la inversión elegible ejecutada según formularios adjuntos a la declaración jurada con su correspondiente documentación de respaldo (escaneada).
• Detalle del cumplimiento del/de los indicador/es propuesto/s según formulario adjunto a la declaración jurada con su correspondiente documentación de respaldo (escaneada).
• Detalle del IRAE utilizado según formulario adjunto a la declaración jurada.
– La Declaración jurada anual deberá presentarse en dos vías, una de las cuales será sellada y devuelta como comprobante de entrega de la información.
– La documentación de control y seguimiento deberá ser presentada ante la COMAP y adicionalmente ante el ministerio evaluador que corresponda.
– Toda la documentación deberá ser presentada de acuerdo a lo establecido en la “Guía para el control y seguimiento – Documentación probatoria”.
Anexo 9_IX_2011 02 17_Guia de Control y Seguimiento (archivo pdf)
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