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Contador Público Darío A. Abilleira Alvarez – MIRADAS TRIBUTARIAS desde URUGUAY

Sobre: Impuestos, Tasas, Contribuciones | Sin un Sistema Tributario no hay Estado, debe ser equitativo, eficiente, y no confiscatorio | No taxation without representation

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      • 1.2 CÓDIGO TRIBUTARIO
        • Art.001 Ámbito Aplicación
        • Art.002 Principio Legalidad
        • Art.003 Potestades de la Adm
        • Art.006 Interpretación HG
        • Art.010 Concepto Tributo
        • Art.017 Contribuyente
        • Art.021 Solidaridad Representantes
        • Art.024 Hecho Generador
        • Art.026 Domicilio Fiscal
        • Art.027 Domicilio Constituido
        • Art.031 Pagos Anticipados
        • Art.038 Prescripcion
        • Art.039 Interrupción Prescripción
        • Art.047 Secreto de las Actuaciones
        • Art.049 Plazos
        • Art.051 Notificaciones
        • Art.063 DJ Suj Pasivos
        • Art.064 Rectificación DJ
        • Art.066 Estima.Oficio
        • Art.068 E Inf.3ros
        • Art.070 Oblig Part
        • Art.071 ConsultaReq
        • Art.093 Tipos Infracción
        • Art.094 Mora
        • Art.096 Defraudación
        • Art.103 Tras Responsabilidad
        • Art.104 Responsabilidad Entidades
        • Art.32 Facilidades de Pago
      • 1.3 FORMALIDADES
        • Boletos de Pago DGI
        • Buen Pagador DGI
        • Certif.UnicoDGI
        • CertifCredito
        • Clausura DGI
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        • Constancia Imprenta
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      • 1.4 TEORIA
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    • 2-CONTRIBUCIONES
      • 2.1 BPS / CESS
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        • 2.1.4…SUBSIDIOS
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      • 2.2 LABORAL
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          • Aguinaldo
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            • 05 May Feriados
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            • 10 Oct Feriados
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          • Hoja de Resumen
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          • Licencias Privados
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            • Licencia Matrimonio
            • Licencia por Estudio
            • Licencia por Paternidad
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            • Licencias No Gozadas
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          • Residencia Extranjeros
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            • Quintas
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          • Subordinación
          • Trabajo en Negro
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        • 2.2.2__Régimen PÚBLICO
          • Afrodescendientes
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          • Estabilidad Laboral
          • Evaluación Desempeño
          • Feriados F.Públicos
          • In Itinere Públ.
          • Jornada 8 Hs
          • Licencia Públicos
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            • Lic x Estudio Públicos
            • Licencia Duelo Públ
            • Licencia No Gozada Públ.
            • Licencia Sin Goce Sueldo
            • Licencias Pase en Comisión
          • Prima x Nacimiento
          • Remuneración Variable FPúblico
        • 2.2.3__Trabajo MUJER
          • Embarazo
          • Jornada Laboral Mujer
          • Lactancia
          • Licencia Papanicolau
          • Licencia por Maternidad
          • RHA Fertilización
        • 2.2.5__Trabajo HOMBRES
          • Licencia Ex Próstata
        • 2.2.6_Temas SYSO
          • Baños y Vestuarios
      • 2.3 MTSS
        • Artistas MTSS
        • Clausura MTSS
        • Conciliación
        • ConsejoSalarios
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        • MultasMTSS
        • Planilla
        • Registros
      • 2.4 SNIS
        • 01 Normativa
          • Dec 221/011
          • Ley18211
          • Ley18731
        • 02 Guia Estatal
        • 10 FONASA
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          • Decl. Jurada Fonasa
          • Devolución Fonasa
          • Hijos a Cargo
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          • Serv. Personales Fonasa
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      • 2.5 BSE
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    • 3-TASAS
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      • 7.2 DECRETO 500/991
      • 7.3 INSPECCIÓN
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    Clausura de una Cooperativa. ¿Cuál es el procedimiento?

    CONSULTAS M&GT 379/008/03/2021 Nombre: Daniela Profesión: Contadora Pública Consulta: Hola Dario como estas? te consulto por una disolución y clausura de cooperativa de trabajo. Tiene lo mínimo de socios , 5 y un administrador único , todos ellos figuran en la cooperativa sin actividad pues son profesionales y cada uno ejerce la suya independientemente de […]

    ¿Siempre hay que solicitar un Certificado de Residencia cuando se hace una retención a una persona física o jurídica del Exterior?

    Aunque parezca sencillo, hay muchas dudas sobre este temática. En general, se piensa que cada vez que se aplica una retención a una persona jurídica o física del exterior, es un hecho que hay que solicitarle un Certificado de Residencia, y NO ES ASÍ.

    Una Sociedad Anónima, tenedora de acciones, sin ventas, ¿Debe postularse al Régimen de Facturación Electrónica?. Ventas Registradas!!!

    No es la primera vez, que desde el blog, hago comentarios sobre lo mal que se legisla. Se usan conceptos nuevos permanentemente y no es un tema de no querer adaptarse; sino que esos conceptos no aportan nada y sólo confunden. Cuando uno lee la Resolución 3012/2015, hay un cuadro que indica las Ventas en […]

    Gastos Comunes Extraordinarios en régimen de Propiedad Horizontal

    CONSULTAS M&GT 378/007/02/2021 Nombre: Alvaro Profesión: Militar en situación de retiro Consulta: Buenos días, cuando el Reglamento de Co-propiedad menciona Gastos Comunes Extraordinarios, a que situaciones en particular se esta refiriendo para su utilización y quien y como se dispone ese gasto? El Reglamento solo menciona que se cobrará a los 10 dias de la […]

    Avise a sus familiares, que si aporta a una AFAP, y si se muere; que pregunten si tienen para cobrar. Sino lo perderán!

    No sé si las personas piensan en que algún día van a morir. En las películas se ven los casos de Testamentos, pero en Uruguay no sé realmente hasta qué punto es algo común (existe obviamente normativa, pero no conozco a nadie que haya dejado testamento); pero sí hay alguna preocupación por la última morada, […]

    Incobrables; ¿Es necesario realizar la Nota de Crédito cuando se perfecciona la incobrabilidad?

    CONSULTAS M&GT 377/006/01/2021 Nombre: Ricardo Profesión: Por Comentario https://wp.me/p13ijO-35P Consulta: Aparte de saludarlo y de recibir por correo sus comentarios me viene una consulta sobre los incobrables fiscales habiendo cumplido con los plazos y demas segùn el caso y es la siguiente ¿Se debe obligatoriamente hacer una nota de credito por ejemplo cuando han pasado […]

    El Mínimo No Imponible para el IRPF y la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC); ¿Está bien esa relación?

    Ayer, se conoció el nuevo valor de la BPC (Base de Prestaciones y Contribuciones) y los diarios lo informaron, y luego uno ve los informativos en los canales de televisión y pareciera que se nutrieran de esos artículos y es más de lo mismo. La información sirve y el análisis cortoplacista también sirve como información […]

    Distribución de Utilidades de Sociedades Personales. ¿El socio que las recibe debe informar a la DGI?

    CONSULTAS M&GT 376/005/01/2021 Nombre: Mariana Profesión: Contadora Pública Consulta: Buenos días Cr. La consulta es sobre el retiro de fondos de una SRL por parte de las socias (resultado). Son 2 socias, una con actividad y la otra no. Es un laboratorio de analisis de suelos, semilla, etc. Si bien las 2 hacen retiros mensuales, […]

    ¿Podría deducir la compra de un Terreno como gasto?. Deducción en el IRAE, de Bienes de Uso que se compraron a contribuyentes de IRPF.

    CONSULTAS M&GT 375/004/01/2021 Nombre: Katherine Profesión: Contadora Pública Consulta: Hola, Darío. Antes que todo agradecerte por el tiempo que le dedicas al blog que es de gran ayuda para muchos de nosotros. Te quiero consultar en esta oportunidad, sobre la deducibilidad de la compra de un terreno en sede de IRAE. He estado buscando mucho […]

    Promoción (exoneraciones) para Inversiones en Residenciales de Ancianos u Hogar de Ancianos o Establecimientos Privados, que promuevan la Salud Integral de los Adultos Mayores

    Nuestro Código Tributario actual fue aprobado en el año 1974 y de vigencia a partir del 1 de enero de 1975; tomó como base el Modelo del Código Tributario para América Latina, elaborado por la OEA/BID en 1967; en que uno de los grandes tributaristas que participaron en dicha elaboración, fue el Dr. Ramón Valdés […]

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Browsing Category Vehículos

El no Registro de un Camión en el BPS. ¿Puede una persona tener un Camión para pasear?. ¿Qué sucede en la compra-venta?

octubre 3, 2020 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

CONSULTAS M&GT 369/058/10/2020

Nombre: Abel

Profesión: Vendedor

Consulta: Hola, muchas gracias por este espacio que es de mucha ayuda. Expreso mi consulta:
Estoy por adquirir un CAMION, que fuese comprado 0 Km por una empresa SA. Esa empresa hace 3 meses lo vendio a un particular, sin empresa; al cual yo se lo quiero comprar a para afectarlo a mi empresa unipersonal.
Esto es posible? me han dicho que el tiempo que la haya tenido el particular sin tenerlo afectado a una empresa podría generar alguna complicación.
Hay alguna forma de poder comprarselo, quiza regularizando la situación ante BPS, asumiendo alguna multa que se pudiera generar por el periodo que el camion no estuvo inscripto?
Muchas gracias y saludos.

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Compra de un Auto usado, y hará el Título o la Factura por un menor valor de lo que pagará: ¿Afecta en algo a futuro?

enero 21, 2019 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Ampliar la respuesta

Dicho importe es con IVA incluído (son dólares americanos)

$50.00

CONSULTAS M&GT 288/002/01/2019

Nombre: Sergio

Profesión: consulta vía Comentario

Consulta: Hola todo bien?, me podría alguien ayudar con una duda?. Voy a comprar un auto usado, y el vendedor me ofrece poner en los papeles para hacer títulos que lo pago 8 mil, cuando en realidad pagaré 11500, afectaría en algo a futuro si deseo vender o cambiar dicho vehículo?. Dice él que tiene menor costo el papeleo si es menor el valor del vehículo…Desde luego muchas gracias!

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Un Profesional Médico, ¿Puede comprar un auto por Leasing?

mayo 18, 2017 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

CONSULTAS M&GT 225/014/05/2017

Nombre: Jannette
Profesión: Médico – Radiólogo
Vive en: Montevideo
Consulta: Buenas tardes, mi consulta es la siguiente,soy medico y trabajo en varias instituciones,en algunas soy empleada y en otras soy contratada, facturo con boletas de crédito. quisiera cambiar mi auto por que con el trabajo porque viajo a Colonia donde trabajo como medico radiologo varios días a la semana y también hago guardias en montevideo los fines de semana. tengo sueldos fijos en 2 de las instituciones en donde soy empleada y en las demás,es según lo que trabaje durante el mes,son sueldos variables, en BPS estoy como una empresa unipersonal. Como empresa unipersonal,puedo acceder a un leasing para cambiar mi auto?. Muchas gracias, Saludos. Jannette

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Vehículos para Lisiados o Discapacitados; exoneraciones tributarias.

abril 1, 2014 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

CONSULTAS GT 116/013/04/2014

Hola mi consulta es un auto que para el público común sale 20.000 dolares, cuanto sale libre de impuestos para un minusbalido. Por que no sé como se le calcula el IVA ni el IMESI. Les agradezco la información que me puedan brindar. Ana

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Profesional, ¿Puede comprar un vehículo por Leasing para trabajar?, ¿Qué puede deducir de IVA Compras?, se desempeña como “dependiente” e “independiente”, ¿Afecta en los anticipos y para el Fonasa?

febrero 26, 2013 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

CONSULTAS GT 042/002/01/2013

Nombre que lo Identifique: Ignacio

CONSULTA: Soy profesional, veterinario, tengo una empresa de servicios personales abierta hace año y medio Quisiera saber si puedo acceder a un leasing para comprar una camioneta para trabajar?(mis ingresos rondan los 2000 dolares) Tambien quisiera saber el iva de que cosas puede descontar un veterinario de los aportes bimestrales? Ya que nunca descuento nada Y por ultimo en enero empece a trabajar tambien de forma dependiente y quisiera saber si me cambia algo en los adelantos de irpf y fonasa?(no tengo hijos a cargo y no alquilo) Muchas gracias y muy buena la pagina leyendo varios articulos se me aclararon varias dudas

De dónde me escribe?: Montevideo

Hora: Miércoles enero 16, 2013 at 1:59 pm

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Los Transportistas de Carga, piden terminar con el “teleteatro”; y hablan de la Prohibición de Importar Vehículos Usados

febrero 16, 2013 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Transporte reclama que se cumpla traba para usados

Sector. Afirman que gobierno, por decreto, permite ingreso 

PABLO ROSSI – El País 21/09/2012

La Intergremial de Transportistas de Carga (ITPC) denunció que una veintena de camiones usados ingresaron ilegalmente al país. Piden terminar con el “teleteatro” del gobierno y solicitan que si hay una prohibición “sea respetada por todos”.

El 21 de agosto de 2012 la Cámara de Senadores aprobó prorrogar –por cuarto año consecutivo– la ley que prohíbe la importación de vehículos usados al país, tras iniciativa del diputado Jaime Trobo.

La medida fue calificada por el secretario de la ITPC, Humberto Perrone, como “un nuevo capítulo del teleteatro: cuarta temporada“.

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Prohibición de Importar Vehículos Usados, mala legislación; Ley 12670, Ley 17887, Ley 18532, Ley 18802, Decreto 275/012

febrero 16, 2013 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Mucho se ha publicado sobre la mala legislación; hoy estamos viviendo en el Uruguay, como cae un Ministro cuando no tenía las condiciones para serlo y tuvo que existir una denuncia para que así fuese; si esto mismo hubiese sido la caída de un Banco se estaría solicitando la cabeza de toda la dirigencia del Banco Central; en cambio esto quedará como un hecho más, en los recuerdos. También estamos viviendo cómo se declarará Inconstitucional (aún antes de que se lo declare?) un impuesto llamado por su acrónimo: ICIR, que ni siquiera está en la página de la DGI, en el lugar que habría que ir a buscar toda la normativa que es en el Texto Ordenado, no hay nada; pero se advirtió que sería inconstitucional, y aún así lo votaron. Hay otros casos que no los nombro porque aún son más polémicos y no es la idea, sino sólo mostrar cómo estamos plagados de una mala legislación que aunque parezca letra muerta, nos genera problemas a los habitantes de este País. Si Ustedes hoy ingresaran a la web del Palacio Legislativo y van a buscar las leyes, al día de hoy está publicada la Número 19051, pero hay una que es la Número 19031 que no está publicada, ¿y porqué no existe?, yo no lo sé, pero tendría que existir un aviso que por algo se saltearon ese número.

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La tendencia es comprar y vender el “Cero Kilómetro”, pero el Usado es importante, porque es parte del negocio de vender un “cero”; y los Usados están sobrevaluados

febrero 16, 2013 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Automóviles “sobrevaluados” enfrían el mercado de usados

Propietarios se resisten a entregar sus vehículos a los valores que demanda el mercado

El Observador – 31.01.2012

A dos velocidades. Mientras el mercado de autos cero kilómetro pasa por su mejor momento, la venta de vehículos usados muestra su cara opuesta. El desajuste entre el precio que los propietarios exigen para vender su coche y el que los compradores aceptan pagar por un vehículo usado limita el negocio de las concesionarias.

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Amortización y Revaluación fiscal. Al vender un Bien de Uso, ¿Se amortiza todo el ejercicio, se amortiza hasta el mes de la venta o no se hace nada?, ¿Para la Revaluación es lo mismo?

febrero 10, 2013 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

CONSULTAS GT  046/006/02/2013

Hola Dario!

Una preguntita: hasta cuando se revalua y amortiza fiscalmente un activo fijo que se vende? Tiene relacion con el momento en que se comenzó a depreciar (mes siguiente o año siguiente)? Entiendo que se revalua siempre desde la incorporacion hasta el fin del ejercicio en que se vende (independientemente de la fecha de ingreso al patrimonio y del comienzo de la amortizacion) y se amortiza hasta el final del ejercicio en que se vende. Es correcto? Como siempre, gracias por tus comentarios!  Saludos, Eduardo – 6/02/2012

…///

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Un comercio que tributa IRAE, ¿Puede deducir el IVA Compras de un Vehículo 0km que no sea utilitario y sí de paseo?

noviembre 19, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Nombre: Alfredo

Su Comentario o Pregunta: Estimados Sres. Tengo una tienda de venta alimentos y descuento IVA , pago IRAE, quiero comprar un vehiculo O Km y deseo saber si puedo descontar el IVA de la compra, me comentaron que solo lo puedo hacer si es un vehiculo utilitario y no con un automóvil de paseo. Podrian informarme sobre el tema. Saludos. Alfredo

Hora: Sábado noviembre 19, 2011 at 1:14 am

……///

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¿El uso del Vehículo de una empresa por un funcionario en actividades particulares, está gravado por IRPF, por CESS?, ¿Cómo afecta a la empresa en su liquidación a la renta el Uso del Vehículo por un empleado para sus fines particulares?, ¿Afecta en algo el mantenimiento del vehículo en la determinación del IRPF del funcionario?

noviembre 13, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

USO PARTICULAR del VEHÍCULO de una Empresa

Efectos en el IRPF, CESS y en el IRAE

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Una Unipersonal, que factura servicios, que tributa IRAE, ¿Puede deducir el IVA incluido en la compra de un vehículo o auto?, ¿Qué sucede cuando lo vende?

octubre 27, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Nombre: Juan

Su Comentario o Pregunta:

Buenas tardes, Soy Ingeniero de Sistemas y trabajo en forma independiente fuera de la relación de dependencia. Tengo una unipersonal con una empleada y opero desde mi domicilio. Estoy aportando IRAE en forma preceptiva ya que tengo capital involucrado (computadoras y demas) y como no llevo contabilidad aporto sobre el ficto. Quiero saber si puedo descontar el IVA de un vehiculo 0 km que pienso comprar y en caso que pueda que porcentaje del IVA deberia descontar. Por otra parte cuando decida venderlo en unos años como debo facturarlo? Es decir lo debo facturar por todo el valor que lo venda y aportar todo el IVA? O solo facturo el porcentaje del vehiculo por el cual desconte IVA?

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La Intendencia Municipal de Montevideo, no otorgará la habilitación bromatológica (permiso para manipulación de alimentos) a los vehículos utilitarios de industrias y comercios que tengan chapa del interior y su actividad principal radique en la capital.

julio 30, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Vehículos de reparto deberán tener patente de Montevideo

Bromatología. No habilitan a empadronados en el interior – El País 9/07/2011

GASTÓN PÉRGOLA

La IMM no otorgará la habilitación bromatológica a aquellos vehículos con matrículas del interior cuya actividad principal sea realizada en la capital. Las empresas deberá presentar declaración jurada y la administración realizará tareas de control.

En su lucha constante por conseguir el reempadronamiento de vehículos que transitan diariamente en la capital, con matrícula del interior, la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM) encontró otro mecanismo de presión; no otorgará la habilitación bromatológica (permiso para manipulación de alimentos) a los vehículos utilitarios de industrias y comercios que tengan chapa del interior y su actividad principal radique en la capital.

“Antes dábamos permiso bromatológico a todos los vehículos que cumplieran los requisitos para ello. Sin más. Pero ahora esto cambió”, dijo tajante a El País Hugo Bosca, director de Tránsito y Transporte de la IMM. Y puso un ejemplo.

“Si un vehículo reparte en Montevideo alfajores que se fabrican en Maldonado, pero este tiene su rubro principal o residencia en Montevideo, dicho vehículo tiene que ser empadronado en la capital. Hasta que no regularice esa situación no se le otorgará el permiso bromatológico y, por tanto, no estará habilitado para trabajar”, graficó Bosca.

Bajo esta medida, la IMM se asegura que cientos de utilitarios (utilizados para el transporte de alimentos) y con chapa del interior se vean en la obligación de reempadronar en la capital para desempeñar su tarea. Consultada por El País, la intendenta Ana Olivera, expresó que la situación que se registraba “no era razonable”.

“Un vehículo por supuesto que puede circular por muchísimos lugares. Pero para otorgarle la habilitación bromatológica tiene que empadronarse en el departamento en el que trabaja. No hay otra manera. Si tu negocio es en Montevideo, ¿cómo vas a tener, y me vas a pedir a mí, la habilitación bromatológica con un vehículo empadronado en otro departamento?”, se preguntó la intendenta, con tono de indignación.

La resolución municipal (número 1.486) fue aprobada en abril de este año y para su aplicación se tomó “el mismo parámetro de la Ley de Patentes”, aplicándolo a la habilitación bromatológica, explicó a El País el director de la división Salud, Pablo Anzalone.

Una vez que fue firmada la resolución, desde la división Salud fue enviado un comunicado a las más de 5.000 empresas que tiene registradas la IMM en su base de datos, informando acerca de la nueva situación. Desde su aprobación, asegura Anzalone, no se han registrado quejas.

“Lo que se está pidiendo por ahora se viene cumpliendo sin problemas. No hemos registrado ninguna queja. Algunos vienen a plantear su situación particular y nosotros les decimos que deben realizar el trámite de traspaso de la patente para conseguir la habilitación”, relató Anzalone.

Dicha habilitación tiene una vigencia de dos años y, desde que asumió la administración de Ana Olivera (en julio del año pasado), fueron otorgados 2.418 permisos para vehículos, hasta marzo de este año.

Los permisos otorgados en el segundo trimestre aún no están procesados, afirmó Anzalone, por lo que aún no hay datos certeros de los efectos concretos de la medida adoptada por la administración municipal.

Antes de que se implementara la medida, a un total de 600 vehículos con matrículas del interior se les otorgó el permiso, informó el principal del área de Salud. “Estas habilitaciones se dieron antes de que saliera la resolución. Cuando tengan que renovar el permiso algunas quizás no estén en condiciones y deban reempadronar”, explicó.

Así las cosas, para conseguir el permiso se exige hoy la “razón social, domicilio permanente, teléfono, RUT, tipo de vehículo, marca, modelo, padrón, ramo y productos a transportar”, según se desprende de la resolución (ver recuadro).

“Sobre esa base que declara la empresa, obviamente nosotros realizamos la tarea de contralor”, agrega Anzalone.

En caso de que la empresa no esté de acuerdo con la medida, podrá presentar una declaración jurada.

“Por ejemplo, si la persona dice que trabaja en Canelones, que su rubro principal es allí y que en Montevideo no tiene una actividad prioritaria, hace una declaración jurada, se comprueba y listo. De lo contrario, deberá cambiar su situación”, expresó.

Previo a la aprobación de la resolución se trabajó en conjunto entre las áreas de Tránsito y Salud de la Intendencia, con la participación, además, de una comisión asesora de seguridad alimentaria. “Cambiamos ideas, nos plantearon dudas, las respondimos, no recibimos más objeciones y aprobamos”, dijo Bosca, y aseguró que “las puertas están abiertas para dialogar ante casos que no están claros para la empresa.

“Sobre todo, en los casos donde la empresa tiene actividades en varios departamentos. Allí puede haber confusiones. Pero si trabaja en Montevideo es clarito. Si tiene la actividad claramente en Montevideo, entonces no habrá tutía” advirtió.

Al menos 600 con chapas del interior

El texto de la resolución, aprobada el 29 de marzo de este año, entiende necesario que la empresa que solicita la habilitación para el transporte de alimentos, tenga sus vehículos empadronados en el departamento en el que radique la base de sus actividades. “Las empresas deberán tener empadronados sus vehículos en el departamento donde radiquen la base de sus actividades o de sus intereses económicos, pero en el caso de que alguno de sus vehículos tenga exclusivamente relación con una de sus sucursales o dependencias en otro departamento, éste último será el lugar para el empadronamiento (…) Lo establecido en el artículo precedente entrará a regir a partir del 1º de abril de 2011“, expresa el documento de la resolución municipal número 1.486.

“La solicitud de inscripción se realizará en el Servicio de Regulación Alimentaria debiendo aportar la empresa los siguientes datos: razón social, domicilio permanente, teléfono, RUT, tipo de vehículo, marca, modelo, padrón, ramo y productos a transportar”, continúa la resolución. En lo que va de la administración de Ana Olivera se otorgaron 2.418 habilitaciones bromatológicas. El año pasado fueron 1.547 y en el primer trimestre de este año la cifra alcanzó a los 871 vehículos (240 en enero, 199 en febrero y 438 vehículos en marzo). De los 2.418 habilitados, 600 corresponden a vehículos empadronados en interior y que se les otorgó la habilitación previo a la salida de la resolución.

http://www.elpais.com.uy/110709/pciuda-578719/ciudades/Vehiculos-de-reparto-deberan-tener-patente-de-Montevideo/

…///

Archivos en PDF complementarios a la información:

2011 03 29_Resolucion 1486_Vehiculos Reparto Alimento H Bromatologia

IMM_ReglamentoTransporteVehiculos

IMM_Tramite Solicitud de Habilitacion bromatologica

…///

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¿Cuánto paga un auto 0 km de impuestos en Uruguay?, Si bien los frenos ABS, cinturones traseros de tres puntas y airbags cuestan en el exterior US$ 700, cuando ese vehículo se vende en Uruguay el sobrecosto llega a los US$ 2.200, hecho que incide en la decisión final de compra de un auto.

julio 30, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Carga tributaria impide mayor renovación de 0 km

Concesionarios preocupados además por acuerdo con Brasil – El País 16/06/2011

Un vehículo de 1.600 cm3 que llega al puerto de Montevideo a US$ 10.000 le puede llegar a costar el consumidor final hasta US$ 30.000. El 105% de ese incremento se debe a la carga impositiva que tienen los autos 0 km. Esta la principal variable que impide hoy en día una renovación mayor de la flota de vehículos 0 km en Uruguay, según remarcó ayer la Asociación del Comercio Automotor del Uruguay (ACAU) -gremial que reúne a más del 80% de los concesionarios del país- en una disertación con la prensa.

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Beneficios fiscales al Transporte Escolar: Exoneración de IMESI para la adquisición de vehículos, Son considerados vehículos utilitarios y así acceder al Leasing, además pueden tributar el IVA Mínimo

junio 29, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Beneficio fiscal al transporte escolar

Diputados aprobó comunicación al gobierno por Imesi – El País 10/06/2009

La Cámara de Representantes aprobó ayer por unanimidad una comunicación al Poder Ejecutivo reclamando la exoneración del IMESI a la importación de vehículos y equipamiento para el transporte de escolares. Asimismo, planteó la necesidad que para dicha actividad los vehículos sean considerados como “utilitarios”, con el propósito que puedan ingresar en los mecanismos de financiación del “leasing”.

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¿Son deducibles los gastos de un vehículo particular?, ¿y el IVA de dichos gastos? – Se ratifica Consulta Nº 5330

abril 26, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5428

Un profesional consulta en forma no vinculante, solicitando una reconsideración de la Consulta Nº 5.330 (Bol. 446). En dicha consulta se solicitaba un pronunciamiento de la Administración con respecto al tratamiento tributario de los gastos originados en la adquisición y mantenimiento de vehículos, que son utilizados parcialmente por los funcionarios de las empresas para el cumplimiento de sus tareas y parcialmente para su uso personal.

La Administración mantiene la respuesta dada en la Consulta Nº 5.330 de 07/07/010 publicada en el Boletín Nº 446, remitiéndose a lo expresado en la misma.

No tiene carácter vinculante por no ajustarse a lo dispuesto por la Sección Tercera del Capítulo Tercero del Código Tributario.

15.02.011

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¿Son deducibles los gastos de un vehículo particular?, ¿y el IVA de dichos gastos?

octubre 4, 2010 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5330

Se consulta en forma no vinculante, por un profesional independiente, en cuanto al tratamiento tributario a darle al gasto originado por la adquisición y mantenimiento de vehículos que son parcialmente utilizados por los funcionarios para el cumplimiento de sus tareas y parcialmente para su uso personal.

El consultante manifiesta que, con anterioridad a la reforma del sistema tributario, un criterio usualmente utilizado era considerar afectados a la empresa los 5/7 tanto del costo del vehículo como de la amortización y de los demás gastos. Este criterio se fundamentaba en permitir la deducción de aquellos gastos que fueran necesarios para obtener y conservar la renta en forma proporcional.

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¿Un vehículo rural, a gasoil, con una capacidad de carga de 1300kg; es utilitario?; ¿afecta que sea un Tambo?

septiembre 28, 2010 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5293

Un contribuyente consulta sobre la inclusión o no de un vehículo como utilitario en el IRAE de acuerdo a lo establecido en los Decretos Nº 457/989 de 27.09.989 y Nº 412/993 de 16.09.993. Las características específicas del vehículo por el cual se consulta son: camioneta, marca VW Golf Variant TDI año 1997, tipo Rural, 4 puertas, gasoil, con una capacidad de carga de 1300 Kg.

El Decreto Nº 457/989 establece una serie de beneficios fiscales a los productores y empresas rurales, industriales o agroindustriales, dedicadas a la forestación, explotación o industrialización de maderas de producción nacional, mientras que el Decreto Nº 412/993 dice cuál es el alcance de la expresión vehículos automotores utilitarios dada por el Decreto Nº 457/989.

De acuerdo a lo que expresa el consultante, su actividad es la de tambo, por lo tanto los beneficios establecidos en estas normas no lo alcanzan.  Resta saber si la normativa general del IRAE permite incluir a este bien como vehículo utilitario.

El artículo 116º del Decreto Nº 150/007 de 26.04.007 establece cuales son los bienes cuya adquisición podrá dar lugar a la exoneración por inversiones, establecida en los artículos 53º y siguientes del Título 4 del Texto Ordenado 1996. En el literal d) se establece que son vehículos utilitarios los chasis para camiones, camiones, tractores para remolque, remolques, zorras y ómnibus para el transporte de pasajeros (redacción dada por el artículo 6º Decreto Nº 544/008 de 10.11.008).

Por su parte, el literal d) del artículo 134º del mencionado Decreto (en la redacción dada por el artículo 10º Decreto Nº 208/007 de 18.06.007), establece que a los efectos de las franquicias establecidas en el Capítulo II de la Ley Nº 16.906 de 10 de noviembre de 1989, se entiende por vehículos utilitarios a los camiones, los chasis para camiones, tractores para remolques, remolques y zorras.

Por último en la normativa del IVA, artículo 48º del Decreto Nº 220/998 de 20.08.998, encontramos una definición de vehículos no utilitarios a los efectos de lo dispuesto por el artículo 45º de la Ley Nº 16.072 de 9 de octubre de 1989. Esta norma incluye en la definición de no utilitarios:

“a) Automóviles de pasajeros, excepto taxímetros, remises y ambulancias. El término ambulancia incluye a las unidades móviles de atención médica de emergencia.[…]

b) Motocicletas, motonetas, triciclos motorizados y vehículos similares; excepto triciclos  motorizados con caja de carga abierta o cerrada (furgón sin vidrio) y una tara mayor a 300 kg.

c) Vehículos marítimos y aéreos utilizados con fines deportivos.

d) Vehículos marítimos con desplazamiento igual o menor a una tonelada.

e) Vehículos con tracción en las cuatro ruedas cuyo peso sea inferior a 2000 Kg.”

Con estas definiciones y las características del vehículo detalladas más arriba, esta Comisión de Consultas concluye que no puede acceder a los beneficios establecidos en la normativa.

23.03.2010

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