CONSULTAS M> 228/017/06/2017
Nombre: Daniel
Profesión: Capitán de Navío
Vive en: …….
Consulta: Estimado Contador !!, suponemos que la pregunta siguiente ya se la han hecho de manera que pedimos las disculpas desde ya. La misma obedece a que hay muchos Tripulantes en Actividad y Retiro que tienen FONASA por actividad paralela lo que hace que tengan que pagar según lo dispuesto por Ley el Servicios de Sanidad de las FF.AA cuando no lo utilizan. Como vemos que la Ley que da origen a este descuento es anterior al concepto del FONASA queremos ver de que manera se puede lograr que el Personal que tenga el beneficio del FONASA no tenga una doble tributación. Además por distintos motivos hay personal que prefiera pagar servicios de salud privados. Desde ya agradecido por su permanente colaboración..