Me han hecho consultas, respecto a casos de personas (principalmente extranjeras) que se vienen a trabajar a Uruguay, y cuando se le pregunta si tienen hijos, en algunos casos dicen que sí que tienen pero no viven en Uruguay, sino que quedaron en su País de origen. Lo mismo sucede en casos de personas casadas, pero llegaron solos al País, en esos casos: ¿Hay que declarar esos hijos o cónyuge?
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La Devolución de FONASA, retención por IRPF y su impacto en la Liquidación anual del IRPF. La DGI retiene la devolución del IRPF que surge de una DJ, sin avisar, dejando pasar el tiempo.
Hay un artículo del Decreto 500/991; que es el 8 que dice: En el procedimiento administrativo deberá asegurarse la celeridad, simplicidad y economía del mismo y evitarse la realización o exigencia de trámites, formalismos o recaudos innecesarios o arbitrarios que compliquen o dificulten su desenvolvimiento, estos principios tenderán a la más correcta y plena aplicación de los otros principios enunciados en el artículo 2. Este artículo, prácticamente no existe en las ventanillas de las oficinas públicas, y en la DGI tampoco. Lo que no se entiende, es porqué razón no se le obliga a las administraciones que sean más amables, que se preocupen por los plazos, sí saben exigir pero cuando se trata de devolución, es como que es por gusto que lo dejan pasar, ¿No deberían tener la misma actitud en un caso que en otro? (si son diligentes para enviar comunicado por teléfono de que la Declaración Jurada de IRPF está pronta en borrador, no deberían hacer lo mismo a la hora, de cuando uno solicita una devolución y se tranca?, no; es como que si no lo reclama, quedará ahí. No habla bien, a nadie le gustaría eso; porque no es dinero de la administración sino de otro, ¿Está bien hacerse el distraído y si no me reclaman, es mío?. Es un tema ético, que el Estado debería preocuparse de dar el ejemplo.
Si se queda sin trabajo, si se termina el Subsidio por Desempleo (Seguro de Paro), los hijos menores de 18 años, tienen derecho a Cobertura de Salud por 12 meses más
Si bien esta información, está publicada en la página web del BPS; no dice la norma y no está dentro del capítulo del Subsidio, de los derechos, sino dentro del capítulo de Afiliación Mutual de los Trabajadores y me parece que no todos lo saben y aportaría tranquilidad a muchas familias saber de que sus hijos aún si ellos quedan sin trabajo y sin cobertura por subsidios, sus hijos tienen un tiempo más (12 meses más) amparados a su prestador de salud. Pero el Poder Ejecutivo (vía reglamentación: Decreto) puso una exigencia subjetiva ya que no lo establecía la ley, y bien podrían flexibilizarla.
Si el BPS detecta que no se estaba pagando la tasa correspondiente al FONASA por hijos a cargo, cobrará desde un inicio.
CONSULTAS M> 359/048/08/2020
Nombre: Raúl
Profesión: Vía Comentario en post: Concepto de Hijo a Cargo para el Fonasa. Cuando las reglamentaciones se exceden y el acceso a la Justicia se ve lejos ( https://wp.me/p13ijO-2eb )
Consulta: Buen dia, queria consultar por un caso particular, entiendo que no estaría dentro del tema que trata aqui pero agradeceria si pudiera ayudarme. La consulta en si es que por un proceso de investigación de paternidad, se dictaminó que un niño de 2 años es mi hijo, por el cual sirvo en la actualidad una pension alimenticia y además hice la declaración para que comience el FONASA a descontar el 1.5 extra por tener hijo. El problema es que el BPS me va a descontar el aporte de ese 1.5 por los dos años que tiene el niño y no desde la fecha en que se dictó la sentencia. Eso esta bien, es correcto? Cual es la reglamentación o la ley que fija eso? Gracias y le agradezco si puede ayudarme.
Hijos a Cargo. Un padre cambia a su hijo de mutualista y la madre se entera después. ¿Es posible que se dé esa situación?. Decide quien tenga la guarda.
CONSULTAS M> 319/008/03/2020
Nombre: Brenda
Profesión: vía Comentario en https://wp.me/p13ijO-38C
Consulta: Hola ,qué tal ? Soy empleada pública,y vivo en Montevideo ,y tengo un hijo menor ,hasta el momento,yo estaba pagando su fonasa ,pero en el día de hoy ,me comunicó su padre ,quien vive en otro departamento (Rivera) con su familia y hijos que ,al asociarse el y su familia a una mutualista de su departamento, también agregó a mi hijo el que está reconocido por el ,pero no vive con el , hasta el momento,mi hijo estaba en salud pública, xq así lo decidimos,el y yo lo estamos ,pero ahora la cuestión es que su padre lo paso a una mutualista,en si quería saber si posible que los dos paguemos Fonasa seguiremos pagando lo mismo por el mismo menor? Gracias
Conyuge o Concubino a Cargo a efectos del aporte a FONASA. ¿Un socio de una SRL, sería un cónyuge a cargo del otro que es dependiente?
Esta es otra norma que está mal; no sólo hay personas que pagan de más, sino que hay otras que pagan de menos. O sea, otra inequidad y obviamente hace más deficitario el SNIS.
El concepto de Conyuge o Concubino a Cargo, no pasa por un tema económico sino por si ese cónyuge o concubino tiene o no tiene cobertura de salud, pero tampoco importa si tiene cobertura real sino si la tiene dentro del paraguas del SNIS (Sistema Nacional Integrado de Salud).
Para ejemplificar: supongamos un socio de una SRL; y esa empresa es pujante, exitosa, genera mucha utilidad y el socio se atiende en uno de los mejores sistemas de salud de Uruguay, y además tiene cobertura en el exterior; no le falta nada. Pero ese socio, no está dentro del SNIS; o sea que figura en los sistemas informáticos, como que no tiene cobertura. Ese Señor o Señora, tiene un cónyuge, o concubino que es dependiente; trabaja, ya sea en una oficina pública o es privado. Inmediatamente el sistema detecta (y además hay que declararlo si no lo detectara) que su cónyuge está a su cargo, y por ende tiene que aportar un 2% adicional; y la consecuencia es que le brinda el derecho de salud. ¿Es justo?; miremos los números:
Profesional Universitario, que trabaja sólo para la Intendencia, está como activo en la Caja Profesional, no factura, ¿Tiene que pagar el FONASA?
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Dicho importe es con IVA incluído (son dólares americanos)
$50.00
CONSULTAS M> 280/029/09/2018
Nombre: Marcelo
Profesión: Arquitecto
Consulta: La respuesta “Tu pregunta, es si al momento de inscribirte tienes que pagar FONASA, no, al momento no, es un pago que está ligado a tu facturación, si no facturas, no pagás.” no es del todo acertada para el caso particular planteado. ( https://wp.me/p13ijO-2J1 ) Un funcionario profesional municipal DEPENDIENTE exclusivamente de la IM, declarado en ejercicio (es necesario para poder ejercer como profesional dependiente en la IM), y que no facture (que su ingreso independiente sea 0), deberá pagar el complemento mensual FONASA de unos 2700 pesos. La modalidad de no aporte de FONASA en empleados municipales, termina perjudicando a los profesionales dependientes de la misma.
Un Profesional que ejerce como Independiente, pero además es Dependiente, ¿Cómo debe tributar?, Inscripción a la CJPPU, BPS, DGI
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Dicho importe es con IVA incluído (son dólares americanos)
$50.00
CONSULTAS M> 254/003/02/2018
Nombre: Claudia
Profesión: Contadora Pública
Consulta: Buenas tardes, mi nombre es Claudia y antes que nada decirle que me es constantemente de mucha ayuda su pagina, la consulto a diario y leo mucho los casos y sus respuestas. Soy recientemente egresada de la Udelar, me recibí de contadora y tengo un GRAN consulta para hacer.He leído mucho pero ni así me queda del todo claro que es lo mas conveniente en mi situación actual.
Cuento un poco, soy trabajadora dependiente, trabajo en una empresa ya hace 8 años como auxiliar de Contador pero hace 6 meses me recibí y ya dada de alta en la CJPPU para poder ejercer de forma independiente es que me encuentro sin saber si debo o no debo( o mejor dicho…que me conviene hoy en día) inscribirme en DGI como servicios profesionales personales, he tenido algunos trabajos me menor magnitud, del estilo de certificaciones de ingresos y similares pero como aun no estoy inscrita en DGI es que no los puedo facturar.
Mi ignorancia está en el que como aun no tengo trabajos de gran porte de forma independiente si me conviene inscribirme como servicios personales, pero mas ignorante estoy en el tema de la tributación, si combino ambas cosas, es decir, si sigo como trabajador dependiente cobrando un sueldo pero decido poder facturar cada vez que tenga un trabajo de mi profesión, que es lo que tengo que pagar?.
Ya estoy pagando la caja de profesionales y obviamente tributo por irpf y FONASA por mi trabajo dependiente, es verdad que SOLO debería pagar un ficto(una diferencia) por FONASA y SOLO pagar iva e irpf si facturo??, sino facturo no pagaría nada?. Esto es así? Cual es ese ficto de FONASA?. Agradezco desde ya la ayuda para poder orientarme al respecto. Saludos cordiales! Claudia
Servicios Personales, ¿En qué momento se declaran los hijos a Cargo a efectos del aporte a FONASA?
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Dicho importe es con IVA incluído (son dólares americanos)
$50.00
CONSULTAS M> 242/031/09/2017
Nombre: Cristian
Profesión: Ingeniero Informatica
En qué departamento vive: Montevideo
Consulta: La consulta principal es: mi esposa trabaja como dependiente y yo como profesional independiente y acabamos de tener una hija la cual anotamos en un hospital privado. Creo que nos conviene (por lo que nos han explicado) que en relación al FONASA, la parte a descontar salga de mi aporte que en teoría es mayor (aunque me restan hacer los calculos, bastante confuso tambien).
Lo que no encontré por ningún lado es donde tengo que registrar que ahora tengo una hija a cargo, y si mi esposa tiene que decir en algun lugar que no le descuenten a ella. Todo bastante confuso lo que busqué/encontré hasta ahora. Entonces hay que registrarlo? o simplemente en los pagos bimestrales lo considero en la planilla de calculo y ya?
Hijos a Cargo, ¿Si un integrante de la pareja aporta por ellos al FONASA, el otro integrante de la pareja, puede aportar menos como si no tuviese hijos a cargo?. ¿Cómo funciona la comparación con el CPE y el ajuste anual para Fonasa?
CONSULTAS M> 219/008/04/2017
Nombre: Florencia
Profesión: Arquitecta
Vive en: Montevideo
Consulta: Buenas tardes, quisiera consultarte lo siguiente:
Soy profesional y realizo aportes al Fonasa a través del BPS como empleada en una Empresa. Por otro lado mi esposo aporta como profesional independiente. A mi me retienen el 6% (con hijos a cargo) y mi esposo aporta también el 6% de su base de calculo. Esto esta ok o alguno de los dos debería de aportar el 4,5%? A su vez para la declaración jurada de FONASA por cuanto se debería de multiplcar el CPE para el calculo del tope anual?
Me ayudaria mucho si pudieses aclararme estos puntos.
Aguardo tu respuesta. Cord. Sds. Arq. Florencia G.
Síndrome de Asperger. Hijo menor, ¿Hasta cuándo le correspondería el FONASA?; la discapacidad la determina el BPS.
CONSULTAS GT 201/021/08/2016
Nombre que lo identifique: Lidia
CONSULTA: Hola, quisiera saber hasta cuando mi hijo de 17 años le corresponde pension alimenticia. A el lo diagnosticaron con Síndrome de Asperger. el ahora esta con dificultad cursando 4to año de liceo. a los 15 tuvo que suspender por dos años por un problema neuronal por orden de la Dra. y retomo este año. en concreto quisiera saber hasta cuando el recibe la pension y el derecho al Fonasa. Gracias.
Cuando un hijo cumple 18 años, cesa el derecho que le otorgan los padres por FONASA, pero a opción de ellos, podrían continuar percibiendo los mismos derechos pagando una Cuota Diferencial hasta los 21 años
CONSULTAS GT 169/014/07/2015
Hola, Darío. Quisiera saber: soy trabajadora dependiente (docente del CES). Tengo dos hijas (18 y 19 años). A la mayor, ya hace un año le pago la mutualista. La menor, cumplió los 18 a fines de marzo, y también le estoy pagando la mutualista. Sin embargo, en mi recibo de sueldo consta que continúo realizando el aporte por hijos. Por otra parte, alguien me comentó que entre los 18 y los 21, si no trabajan, tienen derecho a Fonasa. ¿Esto es así? En todo caso, ¿cómo puedo regularizar esta situación? Muchas gracias por tu consejo y tu tiempo. Daniela
Funcionario Municipal, Profesional, ¿Tiene que aportar al FONASA?
CONSULTAS GT 168/013/06/2015
Nombre que lo Identifique: Marcelo
CONSULTA: hola, soy arquitecto recién recibido, trabajo en la intendencia de Montevideo.
La intendencia tiene seguro de salud, NO FONASA, al momento de inscribirme en la DGI, y en el BPS, debo pagar FONASA???
Profesional de la Salud, independiente, ¿Siempre tiene sus servicios gravados a tasa mínima del IVA?. Aportes a la Caja, al BPS y Fonasa
CONSULTAS GT 154/051/12/2014
Nombre que lo Identifique: Mercedes P.
CONSULTA: Buenas tardes. Soy profesional universitaria, aporto a la Caja de Profesionales. Quiero empezar a pagar DGI, pero la verdad es que voy a empezar a trabajar muy poco y así voy a seguir por elección personal. Tengo FONASA por mi marido. Fui a BPS y me dijeron que además de DGI (10% de iva por ser profesional de la salud), también debo pagar BPS, que son aproximadamente unos 2400 en total. Una colega me dijo que está en mi misma situación y le dijeron que no debe pagar BPS si no supera determinado monto anual. Es asi? Mi verdad es que con lo que pago de caja, mas lo que pagaría de DGI, mas lo que me dijeron en BPS, no me va a dar con lo que voy a ganar mensualmente para pagar las tres cosas. Fui a DGI para averiguar esto y me dijeron que vaya a BPS a averiguarlo, que ellos no sabían! Quiero estar en regla!! Hay alguna opción? Muchísimas gracias!
Si se cierra la empresa, la Unipersonal, o se pierde el trabajo; y se aportó al FONASA más de un año; los hijos tendrán derecho a la atención por 12 meses más.
No creo que muchos sepan que si se pierde el trabajo, o se cierra la empresa; sus hijos tendrán derecho al FONASA por un año más; si previamente hubo aporte continuado mayor a 12 meses. El sustento es el siguiente:
Una Unipersonal que brinda Servicios Personales, si tiene otro trabajo. No tiene obligación de pagar el Complemento del Anticipo de FONASA.
CONSULTAS GT 140/037/08/2014
Nombre que lo Identifique: Alvaro
CONSULTA: Estimado: mi consulta es la siguiente: yo aporto al BPS por una unipersonal, que tengo abierta porque por ella tengo la mutualista. Ahora bien, desde el mes pasado tengo unas horas como profesor en una escuela, donde trabajo 2 horas semanales, y gano unos $ 1.900 nominales, pero me pagan el complemento de cuota mutual. La duda que tengo es si puedo dejar de pagar el complemento por la cuota mutual de la unipersonal.
Concepto de Hijo a Cargo para el Fonasa. Cuando las reglamentaciones se exceden y el acceso a la Justicia se ve lejos
Estos casos, les pasará a pocos y por lo tanto no son muy preocupantes porque son “pocos”; pero deben existir miles de situaciones parecidas; en que el espíritu de la Ley se modifica por medio de reglamentaciones en que por más que sea obvio que está mal, para accionar el derecho a ser reconocido no es ni barato, ni fácil ni inmediato. La Sociedad tendría que crearse un control real (no como el Tribunal de Cuentas, pero sería algo parecido a ese tribunal) que impidiera que se generen esos nichos de poder que nadie se los dio o se los quiso dar y terminan decidiendo más que los que realmente tienen que mandar.
Cuando una Ley habla de “Hijos a Cargo”, ¿Qué se supone que dice?; yo confío en las buenas intenciones; esa redacción no dice más que lo que quiere decir; o sea que una persona tiene a su cargo económicamente el sustento y la crianza de ese hijo. No mucho más. Entiendo que hay dificultades en el tema, pero entonces la Ley debe o ampliar o acotar, y definir en todo caso qué se entiende por Hijos a Cargo y no dejar como lo hizo que lo solucione la reglamentación y veamos lo que hizo la reglamentación.
Declaración Jurada por FONASA. Unipersonal que antes fue dependiente y pasó por el Seguro de Paro, ¿Debe considerar los descuentos en el Subsidio por Desempleo para la DJ de Fonasa?
CONSULTAS GT 060/020/04/2013
Nombre que lo Identifique: Leo
CONSULTA: Consulta : Durante el 2012 estuve trabajando hasta Marzo 2012 en donde cobre mi sueldo correspondientes y la liquidación final en Marzo 2012 y después me mandan al Seguro de Paro donde también cobre el mismo y luego en Noviembre abrí una Unipersonal en donde aporto como Servicios Personales,por lo tanto, mi consulta es : los aportes al SNIS del Seguro de Paro lo tengo que considerar en la Declaración Jurada ? Gracias!
Profesional, ¿Puede comprar un vehículo por Leasing para trabajar?, ¿Qué puede deducir de IVA Compras?, se desempeña como “dependiente” e “independiente”, ¿Afecta en los anticipos y para el Fonasa?
CONSULTAS GT 042/002/01/2013
Nombre que lo Identifique: Ignacio
CONSULTA: Soy profesional, veterinario, tengo una empresa de servicios personales abierta hace año y medio Quisiera saber si puedo acceder a un leasing para comprar una camioneta para trabajar?(mis ingresos rondan los 2000 dolares) Tambien quisiera saber el iva de que cosas puede descontar un veterinario de los aportes bimestrales? Ya que nunca descuento nada Y por ultimo en enero empece a trabajar tambien de forma dependiente y quisiera saber si me cambia algo en los adelantos de irpf y fonasa?(no tengo hijos a cargo y no alquilo) Muchas gracias y muy buena la pagina leyendo varios articulos se me aclararon varias dudas
De dónde me escribe?: Montevideo
Hora: Miércoles enero 16, 2013 at 1:59 pm