CONSULTAS M> 365/054/08/2020
Nombre: Ana
Profesión: Contadora Pública
Consulta: Buenos días, antes que nada quisiera agradecer el tiempo que toma para contestar las preguntas y la excelente ayuda que es el blog para quienes lo seguimos. Mi pregunta es sobre personal de edificio. Tomé la administración de un edificio y mi duda es sobre el personal turnante, ¿todo el personal de edificio debe ser mensual o los turnantes pueden ser jornaleros? En el caso que estén inscriptos como mensual en BPS, ¿cómo se calcula la licencia de ellos? se les da 20 días corridos por ser mensual ( y se le pagan 20 días) o se les da los días prorrateados ( se pagan los días que dé) y los gozan los días que tendrían que venir a trabajar? Desde ya muy agradecida por su tiempo !!! Saludos cordiales.