Cuando leí esta nota, me llamó la atención. Se sabe que por ejemplo los Jugadores de Fútbol tienen derechos como en dos dimensiones; uno es el derecho Laboral por lo que se compromete el Club a pagarle y un derecho que surge de lo que se conoce como Derechos Federativos que lo posee el Club. Lo que sí me cuesta entender, es que cuando hablamos del Derecho Laboral, se dejen de lado muchos de los derechos comunes de cualquier trabajador y se remitan por ejemplo al Estatuto del Jugador de Fútbol, un Estatuto que es firmado entre una gremial y la AUF. ¿Qué sucede si el Jugador no se afilia a la Mutual – porque lo puede hacer, el Art.8 del Estatuto de la Mutual así lo reconoce -?, entonces si un Jugador está afiliado tiene unos derechos y si no lo está ¿tendría otros?. Sin dudas que sobre estos temas falta legislación y bastante. Porque miren este caso: Si no trabajan le descuento, pero si no le pago no pasa nada; sí puedo aplicar el derecho laboral en un sentido y no le aplican el derecho laboral al club?, tiene un plazo para pagar los salarios.
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Descontarán los días no trabajados
El País 4/4/2013
Central Español decidió descontarles a los jugadores los días que no se presentaron a trabajar, ya que el plantel palermitano mantiene la medida de no entrenar en las instalaciones del club ni bajo las órdenes del cuerpo técnico como medida de fuerza por haberes impagos.
Así lo hizo saber la comisión directiva del elenco palermitano en un comunicado, en el cual aclara que mantendrá el diálogo con los futbolistas para tratar de llegar a un acuerdo, aunque también especifica que la deuda es con un tercio del plantel y en los complementarios, porque en el resto está al día.