Se recomienda leer la Ley y el Decreto, por ejemplo cuando se dice que tienen 180 días para presentarse, pareciera que si no lo hacen, se quedan sin cobrarlo, y es que tienen 180 días de ocurrido el hecho para que cobren desde la fecha de fallecimiento, y después no lo pierden a ese derecho sino que cobrarán una vez que se presenten a reclamarlo, lo que pierden es cobrar desde la fecha de fallecimiento.
Ley 18.850 HIJOS DE PERSONAS FALLECIDAS COMO CONSECUENCIA DE HECHOS
Decreto 132_2012 Reglamento de la Ley 18850
…………..
$5200 mensuales ($ 5267 a la fecha de esta publicación)
BPS pagará pensión a huérfanos de familias víctimas de violencia doméstica
El presidente del BPS, Ernesto Murro, informó que en breve los menores huérfanos de familias víctimas de violencia doméstica cobrarán una pensión mensual de $ 5200. Los beneficiarios también recibirán una asignación familiar especial, asistencia psicológica y derecho a elegir prestador de salud. Por otra parte, el jerarca comentó que el aumento de la edad de jubilación será estudiado en el Diálogo Nacional de Seguridad Social