La consulta a la DGI, no trata sobre la «Crema de Leche» sino sobre la Manteca, pero al decir que «no es una crema de leche», como que separaría a la Crema de Leche de la Manteca, esta última quedaría gravada a la Tasa Mínima y la Crema de Leche, parecería que quedaría exenta. Pero si uno mira la Consulta Nº 2086, como que deja claro que la Crema de Leche estaría gravada a tasa básica. ¿Porqué?, porque en esa consulta dice que la exoneración es sólo taxativa y no a las variantes de la Leche. Por lo tanto si la Crema de Leche no es Manteca y eso podría llevarnos a pensar que es una variante de Leche con más contenido graso, y de ahí inferir que estaría exenta, pero al no estar nombrada específicamente en la exoneración, entonces nos deja que estaría gravada a tasa básica.
Aunque si uno lee la definición de Bromatología, parecería que tendría que tener la misma gravabilidad que la Manteca. En mi opinión tendría que ser gravada a Tasa mínima, pero como no es un artículo de primera necesidad, volvemos a la Tasa Básica.
La Consulta es del año 1980, el video es de abril del 2013, sobre consecuencias de un conflicto gremial en el Uruguay. ¡Increíble!; con gente pasando hambre que se haya tirado esa inmensidad de alimento.