Consulta Nº 4945
Un Ente Autónomo, que forma parte del dominio comercial e industrial del Estado, consulta si las expropiaciones se encuentran alcanzadas por el IRPF.
La Dirección General Impositiva ya se ha pronunciado en relación al caso planteado en ocasión de responder la Consulta Nº 4.789 (Bol. 416), entendiendo que las rentas que generan las expropiaciones están alcanzadas por el IRPF dentro de la Categoría I, Incrementos Patrimoniales.