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Contador Público Darío A. Abilleira Alvarez – MIRADAS TRIBUTARIAS desde URUGUAY

Sobre: Impuestos, Tasas, Contribuciones | Sin un Sistema Tributario no hay Estado, debe ser equitativo, eficiente, y no confiscatorio | No taxation without representation

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            • Donante de Sangre
            • Licencia Matrimonio
            • Licencia por Estudio
            • Licencia por Paternidad
            • Licencia Sindical
            • Licencias No Gozadas
          • Mandos Medios
          • Menores
          • Nocturnidad
          • Partidas Especie
          • Plazo Pago
          • Potestad Disciplinaria
          • Presentismo
          • Productividad
          • Propinas Remuneración
          • Régimen Horario
          • Recibos
          • Reclamo Prescripción
          • Reglamento Interno
          • Remuneración
          • Remuneración Exterior
          • Residencia Extranjeros
          • Retenciones Pens Alim
          • Ropa Trabajo EPP
          • Rural Laboral
            • Quintas
          • Salario Vacacional
          • Salud Laboral
          • Subordinación
          • Trabajo en Negro
          • Uniformes
          • Viajantes y Vend de Plaza
        • 2.2.2__Régimen PÚBLICO
          • Afrodescendientes
          • Arrendamiento Servicios
          • Estabilidad Laboral
          • Evaluación Desempeño
          • Feriados F.Públicos
          • In Itinere Públ.
          • Jornada 8 Hs
          • Licencia Públicos
            • Donante Sangre & Órganos
            • Lic x Estudio Públicos
            • Licencia Duelo Públ
            • Licencia No Gozada Públ.
            • Licencia Sin Goce Sueldo
            • Licencias Pase en Comisión
          • Prima x Nacimiento
          • Remuneración Variable FPúblico
        • 2.2.3__Trabajo MUJER
          • Embarazo
          • Jornada Laboral Mujer
          • Lactancia
          • Licencia Papanicolau
          • Licencia por Maternidad
          • RHA Fertilización
        • 2.2.5__Trabajo HOMBRES
          • Licencia Ex Próstata
        • 2.2.6_Temas SYSO
          • Baños y Vestuarios
      • 2.3 MTSS
        • Artistas MTSS
        • Clausura MTSS
        • Conciliación
        • ConsejoSalarios
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        • MultasMTSS
        • Planilla
        • Registros
      • 2.4 SNIS
        • 01 Normativa
          • Dec 221/011
          • Ley18211
          • Ley18731
        • 02 Guia Estatal
        • 10 FONASA
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          • Decl. Jurada Fonasa
          • Devolución Fonasa
          • Hijos a Cargo
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    • 3-TASAS
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      • 5.1 CÓDIGO ADUANERO
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      • 7.2 DECRETO 500/991
      • 7.3 INSPECCIÓN
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  • RECORDATORIO DGI

    Vencimiento DGI pago IRPF e IVA Servicios Personalesmayo 27, 2019
    Por mar-abr 2019, y no se olviden del FONASA que es todos los meses, no bimensual. Los Vtos de la DJ de IRPF e IVA del 2018 comienzan el junio hasta agosto del 2019
  • Entradas recientes: Contador Público Darío A. Abilleira Alvarez - MIRADAS TRIBUTARIAS desde URUGUAY

    Los gastos con pequeñas empresas (IVA mínimo) ya son Gastos Deducibles al liquidar el IRAE.

    Con el IRIC (el impuesto anterior al IRAE), se decía que nuestro sistema tributario era como un Queso Gruyere, lleno de agujeros o perforaciones que implicaban que en definitiva no se recaudara lo esperado; vino la Reforma Tributaria y apareció el concepto de la Regla Candado, que implicaba que sólo era deducible un gasto, si […]

    Si una Unipersonal arrienda una Maquinaria, Vehículo, Camión, etc; si quien contrata es agente de retención, ¿debe retener IRPF?

    Esta situación es poco común; lo más conocido son las arrendadoras de vehículos pero en general son Sociedades Anónimas las que gestionan ese giro y por lo tanto no se ven casos en que se deba aplicar la norma con asiduidad. Pero a veces surgen arrendamientos de maquinarias específicas, por ejemplo en un depósito un […]

    Una SAS que factura Servicios Personales, ¿Se le debe aplicar la retención de IRPF?

    Para los que estén en el tema, parece el título un poco absurdo, ¿no?. Muchas veces me pasó en los exámenes que lo más difícil eran aquellas preguntas que parecían obvias; esas siempre me costaron. Y la pregunta es pertinente, porque lo que ha sucedido (como muchas cosas en Uruguay) es que se generan modas […]

    Una SAS, exonerada por el Art. 52 Lit.S del Titulo 4, ¿Debe realizar anticipos de IRAE?

    CONSULTAS M&GT 374/003/01/2021 Nombre: Valentina Profesión: vía Comentario  en https://wp.me/p13ijO-3cZ Consulta: Buenas noches, Con respecto a este tema, quisiera consultarle si una S.A Simplificada, sin contabilidad suficiente y que estará exonerada por el lit S del art 52, debe igualmente realizar anticipos de IRAE. Gracias.

    Redistribución de la jornada a realizar en el día Sábado, en la semana, su efecto en la Licencia.

    CONSULTAS M&GT 373/002/01/2021 Nombre: Guillermo Profesión: Administrativo Consulta: Hola Darío! Feliz año!. Les pido su ayuda con 2 consultas que me surgen de la licencia: a partir de 2020 en mi empresa cambiaron la forma de computar los días de licencia gozados, por cada día gozado de licencia lo computan como 1,167 día gozado (para […]

    Si la empresa o institución no abre, no trabaja y no es culpa de los empleados, ¿Deben cobrar el salario los trabajadores? Caso de un Jardín de Infantes.

    CONSULTAS M&GT 372/001/01/2021 Nombre: Estela Profesión: Educadora Consulta: Trabajo en un centro de enseñanza privado que generalmente trabaja todo el año ,este año cerrará en enero y darán la licencia en ese tiempo de cierre. La licencia este año por haber estado en el seguro es menor a los 22 que me hubieran correspondido, por […]

    ¿El Contador Público podría ayudar en el combate al Covid-19?. Generar información para la toma de decisiones.

    Escribo este post como un ciudadano más; preocupado del día a día, en que leo la información que existe común para todos. Si bien podría solicitar información adicional (en la UAIP, ver video), creo que la misma debería llegarnos de otra forma (si existiera), pero tengo la sensación de que se sabe del problema pero […]

    Si un Beneficiario del FONASA (empleado, trabajador, independiente) tiene un hijo y/o un cónyuge, pero no viven en Uruguay, ¿Deben declararlo ante el BPS?

    Me han hecho consultas, respecto a casos de personas (principalmente extranjeras) que se vienen a trabajar a Uruguay, y cuando se le pregunta si tienen hijos, en algunos casos dicen que sí que tienen pero no viven en Uruguay, sino que quedaron en su País de origen. Lo mismo sucede en casos de personas casadas, […]

    Facturación Electrónica (FCE); el costo adicional al comercio, no siempre la tecnología abarata los costos. Un castigo adicional para los Profesionales y Servicios Personales. Un negocio para pocos.

    Yo puedo hablar de lo que sé, de lo que me ocurre a mi; y de lo que nos ocurre a los Contadores, el día a día; pero lo curioso es que si eso le pasa a todos, ¿Qué sucede que sale torcida la solución?. Y lo peor es que no hay arreglo y además […]

    Gratificaciones, Premios, Reconocimientos, Regalos, Agradecimientos, Bonos, festejar el Aniversario de la empresa, ¿Están gravados para el IRPF y para el BPS (CESS)?; ¿Es posible darlos al personal sin asumir costos extras?

    Hay temas en Uruguay, que son parecidos al suplicio de Tántalo, en la mitología griega, Tántalo era un Hijo de Zeus, y cometió muchos errores (crímenes, mentiras, robos, soplón, etc), hasta que un día su propio padre se cansó de él; y lo aplastó con una roca;  una vez muerto lo tiró a un lugar […]

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Si una Unipersonal arrienda una Maquinaria, Vehículo, Camión, etc; si quien contrata es agente de retención, ¿debe retener IRPF?

enero 14, 2021 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Esta situación es poco común; lo más conocido son las arrendadoras de vehículos pero en general son Sociedades Anónimas las que gestionan ese giro y por lo tanto no se ven casos en que se deba aplicar la norma con asiduidad. Pero a veces surgen arrendamientos de maquinarias específicas, por ejemplo en un depósito un autoelevador, en una obra una maquinaria, o un electro generador, o un camión, un ómnibus, etc; y allí no siempre tenemos presente que si se dan ciertas casuísticas hay que retener. Veamos esos casos.

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¿La Capitalización de un Pasivo es un Incremento Patrimonial?. Se producen simultáneamente: por un lado una cancelación del crédito y por otro una Integración de Capital. No es un Incremento Patrimonial.

noviembre 12, 2014 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5429

S.A. local capitaliza pasivo que mantiene con sociedad del exterior – IRNR – Gravabilidad, no corresponde.

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Prescripción Adquisitiva Treintenaria. La norma considera que es un Incremento Patrimonial y el mismo ocurre en el momento de la Sentencia y no en el comienzo de la Posesión.

noviembre 11, 2014 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5813

Venta de inmueble adquirido por prescripción adquisitiva treintenaria – IRPF – Hecho generador, configuración – Monto imponible – Adquisición, concepto de.

I) La consulta planteada

Una persona física plantea, que en el año 1970, pretendió adquirir un bien inmueble rural, pero que por distintas razones jurídicas nunca lo pudo escriturar.

No obstante ello, obtuvo la posesión del bien desde el año 1978 y, en el año 2009 inició la acción judicial de prescripción adquisitiva treintenaria obteniendo una sentencia favorable con fecha 3 de setiembre de 2013, la que quedó ejecutoriada el 25 de setiembre de 2013.

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Desarrollo de Software, dependiendo de si los equipos de computación son propios o no; tributará IRAE o IRPF. Servicios prestados desde territorio No Franco a Zonas Francas y Personas del Exterior, para el IVA son “asimilados a exportación”; siempre que sean aprovechados exclusivamente en el exterior.

octubre 18, 2014 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5828

Actividad de desarrollo de software – Prestación de servicios de soporte informático – Actividades realizadas en territorio nacional no franco o en zonas francas – IRPF – IRAE – IVA – Tratamiento tributario

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Un Escritor, percibe una renta por concepto de Derecho de Autor, ¿Tiene que pagar IRPF?

febrero 14, 2014 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 4866

1. Se inquiere en forma no vinculante si lo que percibe un escritor por concepto de derechos de autor está alcanzado por el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF); acerca de lo cual la consultante adelanta opinión en el sentido de que dicho ingreso está exonerado.

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Regalía de Intérprete (músicos, cantantes); la “Editora” musical realiza la explotación de un bien Intangible, cuyo propietario es el Artista; es una renta de Rendimiento de Capital Mobiliario, y lleva una retención por IRPF del 12% al pagarle al Artista.

noviembre 6, 2013 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5262

Empresa editora de música que contrata servicios de artistas – IRPF – Derecho de intérprete – Retención, cálculo y momento.

Una empresa editora de música nacional dentro de su giro habitual contrata los servicios de artistas (músicos, cantantes, etc) con el fin de editar fonogramas (CD’s) con su “sello” y venderlos a los comercios minoristas (disquerías).

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La paradoja de un “Ocupa”. Prescripción Adquisitiva y el IRPF. Posesión efectiva, por más de 30 años, en forma pública, pacífica, y de buena fe, Código Civil artículos 1196 y 1211.

junio 5, 2013 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

A raíz de un artículo que leí en el diario El País, me puse a pensar en lo curioso que resulta el tema de un “Ocupa”. Como la sociedad no le da un buen trabajo, y no tiene escapatoria, termina “ocupando” un inmueble, a sabienda que no es de él y esperando que cuando llegue el momento, surja “algo” que los salve. Si tiene suerte, se puede hacer del “inmueble”, pero eso significa que su patrimonio crece, y por ende tendrá que pagar el impuesto IRPF, como seguramente no lo pagará, algún día sería embargado, y quizás rematado el inmueble y nuevamente volvería al inicio. ¿La abogada que asesoró a esa persona que ocupara, le habrá dicho que tendría que pagar el IRPF?

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Desarrollo de Software y Diseño de Páginas Web; cuyo aprovechamiento es en el Exterior; ¿Qué impuestos le corresponde tributar a la Unipersonal? ¿Debe facturar si es para el exterior?

noviembre 20, 2012 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

CONSULTAS  GT  019/019/11/2012

Nombre que lo Identifique: Natalie L.

CONSULTA: Sr. Contador

Le escribo dado su conocimiento en el tema, le he estado leyendo y sorprende ver un profesional en este país que SEPA de lo que habla. Verdaderamente lo felicito. Mi consulta es la siguiente, tengo una unipersonal cuya actividad refiere especificamente al desarrollo de software y diseño web para el exterior y cuyo aprovechamiento es 100% realizado en el exterior. Me consta que estoy exonerada de IVA e IRPF, me atrevo a decir que de todo impuesto. La consulta es resumiendo si eso es así al día de hoy y si en algún punto se habla de que eso cambie.

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Las Donaciones a Organismos Públicos están Exonerados de pagar IRPF; ¿Las expropiaciones se encuentran alcanzadas por el IRPF?

diciembre 16, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 4945

Un Ente Autónomo, que forma parte del dominio comercial e industrial del Estado, consulta si las expropiaciones se encuentran alcanzadas por el IRPF.

La Dirección General Impositiva ya se ha pronunciado en relación al caso planteado en ocasión de responder la Consulta Nº 4.789 (Bol. 416), entendiendo que las rentas que generan las expropiaciones están alcanzadas por el IRPF dentro de la Categoría I, Incrementos Patrimoniales.

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Un PREMIO otorgado a docentes que lo ganaron; ¿Está gravado por IRPF?, ¿Hay que efectuarle la retención del 7%?, ¿Está gravado por IVA?

diciembre 16, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5473

Una institución de educación superior consulta si corresponde realizar la retención del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF), en ocasión del pago de un premio otorgado por dicha institución a los ganadores de un concurso, de investigación en su materia, que la misma organizó. Agrega que los ganadores del concurso son docentes de dicha institución.

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Los Servicios Vinculados al Desarrollo del Software ( Hosting, Call Center, etc ) aún si no fueron desarrollados por el prestador de los Servicios, estarán exonerados también pero siempre que sean aprovechadas íntegramente en el exterior

septiembre 21, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5535

Un profesional independiente que tributa el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), de servicios personales fuera de relación de dependencia, consulta en forma no vinculante sobre determinada hipótesis de hechos que plantea a continuación:

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Producción de Software, puede tributar IRPF si el capital es brindado por el contratante, o tributar IRAE si el capital lo aporta la Unipersonal; y estarán exonerados si son aprovechados íntegramente en el exterior.

septiembre 21, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5368

Una empresa unipersonal, cuya actividad consiste en la producción de software, consulta si está exonerada del IRPF. Fundamenta su respuesta en el hecho de que la producción es aprovechada íntegramente en el exterior.

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Si vende un apartamento del BHU, con deuda, ¿Cuál es el precio de venta?, ¿A los efectos del IRPF hay que incluir la transferencia del saldo de la deuda?; se argumenta que sí porque se ve incrementado el patrimonio al liberarse de un pasivo.

septiembre 6, 2011 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5099

Se consulta sobre la aplicabilidad de las normas del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) o Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR), en lo referente a la determinación del precio de venta y del costo fiscal en el caso en que se realice una cesión de promesa de enajenación de un bien inmueble en que el promitente vendedor es el Banco Hipotecario del Uruguay.

En el entendido que el cedente sea una persona física, la renta obtenida por la enajenación del bien inmueble estará alcanzada por el IRPF, en la medida que se cumple con lo establecido en el artículo 17 del Título 7 del TO 1996. El resultado de dicha transacción se determinará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 del mismo Título.

Al momento de realizar una cesión de promesa en la que no se integró la totalidad del precio, si se conviene transferir el saldo, el mismo se considera parte del precio de la cesión, ya que el cedente ve incrementado su patrimonio al liberarse de un pasivo. En este sentido, el precio de la cesión estará formado por el monto abonado por el cesionario directamente al cedente y la deuda que se obliga a pagar el cesionario al Banco Hipotecario del Uruguay.

Por lo tanto, si se realiza una cesión de una promesa de enajenación de un bien inmueble en la que se transfiere una deuda se deberá sumar, al precio de la cesión de promesa, la deuda que se transfiere, si es que la deuda no se encuentra incluida en la cláusula de precio. Si la deuda que se transfiere estuviera, por ejemplo, en Unidades Reajustables se deberá tomar la cotización vigente a la fecha de la cesión.

Si el antecedente de una cesión que hoy se otorga es una promesa de enajenación de un bien inmueble se deberá considerar como costo fiscal la totalidad del precio con independencia de la forma de financiación y del monto integrado a efectos de determinar el valor de adquisición. Si el antecedente es una cesión de promesa en la que se asumió una deuda, dicha deuda se deberá considerar integrando el costo de adquisición a efectos de calcular el costo fiscal, si es que la deuda no se encuentra contemplada en la cláusula de precio del antecedente. Si la deuda que se transfiere estuviera, por ejemplo, en Unidades Reajustables se deberá tomar la cotización vigente a la fecha de la adquisición y actualizar según lo establecido en el artículo 20 del Título 7 del TO 1996.

Lo anterior también es de aplicación al Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR). El artículo 2 del Título 8 del TO 1996 establece que en lo no dispuesto expresamente por la reglamentación del IRNR se aplicarán con carácter general las normas del IRPF.

14.01.009

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La Venta de un Inmueble Rural, ¿Cambia la tributación de la venta si está arrendado el mismo?. El arrendamiento rural NO constituye una renta agropecuaria

octubre 9, 2010 · by Contador Público (Uruguay) Darío Aurelio Abilleira Alvarez

Consulta Nº 5379 

Se consulta en forma no vinculante, si la venta de un inmueble rural que se encuentra arrendado al momento de venderlo, debe tributar el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) o el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF).

En primer lugar cabe precisar que conforme al Artículo 3º del Título 4 TO 96 y al artículo 4º del Decreto Nº 150/007 de 26.04.007, el arrendamiento rural no constituye una renta agropecuaria.

En consecuencia, si el titular es una persona física residente que obtiene rentas derivadas del arrendamiento de un inmueble, en la medida que se trata de una renta pura de capital, definida como un rendimiento de capital inmobiliario comprendido en el Artículo 13º del Título 7 TO 96, será contribuyente del IRPF por la renta derivada del arrendamiento.

Por lo tanto, la venta del citado inmueble arrendado, por parte de un contribuyente del IRPF, constituye también una renta pura de capital, comprendida en el ámbito del citado impuesto conforme lo dispuesto en el Artículo 17º del Título 7 citado.

No obstante, el contribuyente podrá tributar el IRAE si realiza la opción en los plazos establecidos por la normativa vigente. En efecto, el artículo 6º del Decreto Nº 150/007 dispone que para hacer uso de la opción se deberá dar cuenta a la DGI dentro de los tres meses del inicio de actividades. Por su parte, el numeral 2 de la Resolución DGI Nº 1139/007 de 1.10.007, extendió el plazo previsto en el artículo 6º, estableciendo que transcurrido el mismo, la opción surtirá efectos a partir del ejercicio siguiente. Asimismo, se ha admitido en los ejercicios 2008 a 2010, que la opción se materialice con el pago del anticipo del IRAE correspondiente al mes de enero; cuando no corresponda el pago del citado anticipo esta DGI ha fijado un plazo para comunicar al Registro Único de Contribuyentes la referida opción.

Cabe destacar que en caso de ejercer la opción de tributar el IRAE, la misma aplica no sólo para los rendimientos de capital inmobiliario, sino para la totalidad de las rentas derivadas del factor capital, con exclusión de las originadas en dividendos o utilidades.

Corresponde aclarar que distinto es el caso en que el propietario del inmueble es sujeto pasivo del IRAE por forma jurídica (por ejemplo si es una S.R.L. o S.A), o cuando el inmueble que se enajena está afectado por su titular a una explotación agropecuaria. En ambos casos, la renta derivada de la enajenación del inmueble rural queda comprendida en el hecho generador del IRAE, no por opción, sino de pleno derecho.

29.09.010

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