Consulta Nº 5006
La presente consulta es formulada por el titular de una empresa unipersonal, que fue contratado por una Sociedad de Responsabilidad Limitada Uruguaya para realizar tareas de desarrollo de software, asesoramiento, consultoría en informática, soporte a usuarios, documentación e implantación de productos desarrollados en la casa del cliente.
El cliente de la SRL es una dependencia estatal de un país extranjero y la tarea es realizada en Uruguay durante tres semanas al mes, donde se realiza tareas de programación y soporte a usuarios, vía mail, Chat e Internet. Además, durante una semana al mes, se visita al cliente en el exterior, donde se hace entrega de los desarrollos, se instala y se capacita personal del estado extranjero.
El titular de la empresa unipersonal consulta sobre si la renta obtenida es de fuente uruguaya, en base a lo establecido en el artículo 3 del Título 7 del TO 96.

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