Pobres los robots!!!. Uruguay tiene una normativa fiscal que seguramente algún día pueda generarle a los pobres robots, cortocircuitos. Tenemos un cerro chato, una cárcel en libertad, un río salsipuedes, y muchas contradicciones más. Por ejemplo: ¿Qué se considera un régimen BONT?; y ahí entramos ya con dos criterios que conviven. Uno es el del Artículo 3 Bis del Decreto 56/009; que dice son aquellos que la tasa efectiva sea menor al 40% de la tasa de IRAE (o sea menor al 10%), y tenemos el Decreto 40 del 2017, que considera BONT todos aquellos que tengan una tasa inferior al 12%. Si existiera un caso de un régimen con un 11% de tasa efectiva; ¿Qué haría el Robot?. Bueno, no sé; parecería que para el CbyCR, tenemos dos criterios de Vinculación. Los abogados se frotan las manos con esto; parecería que es hecho por gusto; pienso que no pero no entiendo porqué razón no hacemos las cosas que hay que hacer, pero con coherencia.