Impuesto a la Renta de las Actividades Empresariales
¿Podría deducir la compra de un Terreno como gasto?. Deducción en el IRAE, de Bienes de Uso que se compraron a contribuyentes de IRPF.
CONSULTAS M> 375/004/01/2021
Nombre: Katherine
Profesión: Contadora Pública
Consulta: Hola, Darío. Antes que todo agradecerte por el tiempo que le dedicas al blog que es de gran ayuda para muchos de nosotros. Te quiero consultar en esta oportunidad, sobre la deducibilidad de la compra de un terreno en sede de IRAE. He estado buscando mucho pero al final terminé confundida. En este caso particular, el contribuyente tiene giro de Restaurant y adquirió un terreno en 2020 para ser utilizado, en principio, como estacionamiento. Mi consulta es si el monto invertido puede ser imputado como gasto fiscalmente admitido. Tenemos la exoneración del Art. 53 del T4 pero no aplica para este caso; y mi duda es si es correcto pensar que puede entrar como principio general de deducción, por el Art. 19 del mismo título.
La contraparte (vendedor) es contribuyente de IRPF, y en caso que pueda deducir la inversión como gasto, ¿sería deducción proporcional — el 48% –, aún cuando la operación haya superado las 4: de UI?
Agradecida por tu tiempo y tu valioso aporte a la comunidad toda.