Es un Impuesto el de Primaria (IEP), que hasta hace poco; no se le prestaba mucha atención porque no era recaudado ni fiscalizado por la DGI, y además los Inmuebles Rurales que al inicio de su reimplantación en el año 1986 estaban gravados, luego fueron excluídos en el año 1996; para nuevamente quedar gravados a partir del 01/09/2015; pero siempre su gestión estaba en cabeza de la ANEP, con excepción de los Inmuebles Rurales. Pero la última Ley de Rendición de Cuentas, la Ley 19.535; le otorga más facultades a la DGI para realizar esta gestión. Ver. Art.643 Ley 15809 (más abajo está actualizada la misma). Como las preguntas ahora son más frecuentes, presento este Post, con comentarios generales del mismo y copio las Respuestas dadas por la DGI en “Preguntas Frecuentes”.
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Unipersonal con dos Giros; ¿Cuándo puede optar por liquidar por IVA mínimo?. Servicio Personal, por Presentaciones en TV y Presencias en Eventos. Catering.
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CONSULTAS M> 257/006/04/2018
Nombre: Cecilia
Profesión: Contadora
Consulta: Un cliente tiene que abrir una unipersonal, pero su actividad es amplia, no es un trabajo específico de momento, son presentaciones, cocina en vivo, presencias en algunos lugares. Son actividades variadas relacionadas con el ámbito gastronómico, pero también podria tener la posibilidad de cocinar algún tipo de servicio de catering. Entiendo que lo correcto sería abrir una unipersonal con dos rubros y tributación diferente, por un lado, exclusiva de servicios personales (IVA e IRPF bimestral y BPS), y una pequeña empresa o régimen general dependiendo los ingresos, para las actividades en las cuales combine capital y trabajo, como la de elaborar un catering, esto es correcto? Esta bien considerar que una presentación en tv, presencias en eventos sean exclusivos de servicios?
Me genera duda si este tipo de actividad que no es tan clásica pueda quedar incluida en renta empresarial. Si me pudieras ayudar donde leer o donde puedo analizar cuál es la mejor opción para este caso te lo agradezco desde ya. Muchas gracias
Las Retenciones por IRPF, realizadas por Rentas de Trabajo Independiente; si se les pasó el plazo, tienen 5 días hábiles para pagar, con una multa del 5% y que no se active la multa del 100%
No es nada nuevo, que cada vez tenemos más obligaciones los equipos de Tributaria de las empresas; por algo que ya todos lo reconocen, en que el Estado, cada vez recurre más a los privados para que oficien como recaudadores del sistema fiscal. Y obviamente, para que funcione; se imponen multas enormes; que terminan pesando en los Contadores como si cada vez nos enfrentáramos a una situación de riesgo; la adrenalina corre y los nervios juegan su partido. Y a veces pasa que por más que estemos alerta, ocurre ese momento en que nos damos cuenta que se nos pasó la fecha de vencimiento, ¿Y qué hacemos?; bueno … la experiencia y el conocimiento de la teoría, juega a favor del Profesional para salir del paso. Y hay por suerte, algunas opciones que están para auxiliarnos.
Pensión Alimenticia, ¿El aporte a la Caja de Jubilaciones Profesionales, se toma en cuenta para determinar el líquido al cual aplicar el porcentaje correspondiente?
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CONSULTAS M> 256/005/03/2018
Nombre: José
Consulta: En el caso de un profesional que aporta obligatoriamente a la CJPPU, el monton de esta se descuenta a los efectos de calcular la pension alimenticia sobre los ingresos liquidos. Gracias por la respuesta.
Inscripción a la Caja de Profesionales Universitarios, Declaración de No Ejercicio y su posible evasión. Cruzamiento de Datos con BPS, DGI, Suprema Corte e Intendencias . Ofrecerse en Internet, poner la Chapa en la Puerta, entregar una Tarjeta Personal, sin aportar podría considerarse una evasión.
Los Profesionales Universitarios, siempre tienen dudas de si están haciendo bien sus deberes (aquellos que les preocupa hacerlo bien); por eso en esta oportunidad, hice un esquema que espero que los ayude. También hay que tener en cuenta, que muchos declaran “no ejercicio” ante la Caja de Profesionales, y se sospecha que en muchos casos existe una actividad sin aportes. Les dejo un artículo del diario El País, que lo plantea, pero hay casos que son muy curiosos. Por ejemplo, cuando una personalidad; que ya por su edad es notorio que está jubilado; ¿Cómo sigue trabajando y escribiendo artículos periodísticos?, seguramente lo hace legal pero sería interesante que todos sepan cómo lo hace, así otras personas pueden hacerlo y también tener un ingreso adicional, y más a esa edad que tanta falta les hace.
Un Profesional que ejerce como Independiente, pero además es Dependiente, ¿Cómo debe tributar?, Inscripción a la CJPPU, BPS, DGI
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CONSULTAS M> 254/003/02/2018
Nombre: Claudia
Profesión: Contadora Pública
Consulta: Buenas tardes, mi nombre es Claudia y antes que nada decirle que me es constantemente de mucha ayuda su pagina, la consulto a diario y leo mucho los casos y sus respuestas. Soy recientemente egresada de la Udelar, me recibí de contadora y tengo un GRAN consulta para hacer.He leído mucho pero ni así me queda del todo claro que es lo mas conveniente en mi situación actual.
Cuento un poco, soy trabajadora dependiente, trabajo en una empresa ya hace 8 años como auxiliar de Contador pero hace 6 meses me recibí y ya dada de alta en la CJPPU para poder ejercer de forma independiente es que me encuentro sin saber si debo o no debo( o mejor dicho…que me conviene hoy en día) inscribirme en DGI como servicios profesionales personales, he tenido algunos trabajos me menor magnitud, del estilo de certificaciones de ingresos y similares pero como aun no estoy inscrita en DGI es que no los puedo facturar.
Mi ignorancia está en el que como aun no tengo trabajos de gran porte de forma independiente si me conviene inscribirme como servicios personales, pero mas ignorante estoy en el tema de la tributación, si combino ambas cosas, es decir, si sigo como trabajador dependiente cobrando un sueldo pero decido poder facturar cada vez que tenga un trabajo de mi profesión, que es lo que tengo que pagar?.
Ya estoy pagando la caja de profesionales y obviamente tributo por irpf y FONASA por mi trabajo dependiente, es verdad que SOLO debería pagar un ficto(una diferencia) por FONASA y SOLO pagar iva e irpf si facturo??, sino facturo no pagaría nada?. Esto es así? Cual es ese ficto de FONASA?. Agradezco desde ya la ayuda para poder orientarme al respecto. Saludos cordiales! Claudia
Indemnización por Despido Parcial, algunos comentarios sobre su liquidación. Rebaja de Salario. Válido también para el Servicio Doméstico.
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CONSULTAS M> 253/002/02/2018
Nombre: Juan Ignacio
Profesión: Contador Público
Consulta: Te consulto por lo siguiente, un familiar quiere reducir la cantidad de horas de trabajo a su empleada doméstica, entonces debe realizar un despido parcial para cambiar las condiciones del contrato. Estuve buscando en google y vi que publicaste un artículo referido a este tema. No encontré la forma de calcular la indemnización. No creo que sea muy complicado, de hecho he realizado liquidaciones por despido pero nunca un despido parcial y me gustaría si me podes guiar a cómo calcularlo. Saludos
BPS – Topes y aumentos de pasividades para el año 2018
Topes y aumentos de pasividades
Para ver los años anteriores, si “pincha” en las categorías o en etiquetas, lo lleva a ellas. Estos valores son importantes para entender algunos temas que nos afectan a todos:
- Mire la diferencia entre el régimen Mixto y el de Transición, por eso un grupo de personas cercanas a su Jubilación (llamados cincuentones) que buscan que el régimen de transición sea permanente (de hecho a esta altura ya lo lograron).
- Compare la Jubilación mínima con una Pensión graciable; estas últimas, que se votan en el Parlamento porque por ejemplo salió Campeón de una Libertadores o porque era la Señora de un Campeón mundial, que nunca aportó al régimen, gana más que la Jubilación mínima, ¿Cómo es posible?.
- En la época que vivimos de los Políticamente Correcto, el tema de género, miren la diferencia que hay entre una Viuda y un Viudo, sinceramente hoy no lo entiendo, debería cambiarse, no es justo.
BPS – Topes y aumentos de pasividades para el año 2017
Topes y aumentos de pasividades
Para ver los años anteriores, si “pincha” en las categorías o en etiquetas, lo lleva a ellas. Estos valores son importantes para entender algunos temas que nos afectan a todos:
- Mire la diferencia entre el régimen Mixto y el de Transición, por eso un grupo de personas cercanas a su Jubilación (llamados cincuentones) que buscan que el régimen de transición sea permanente (de hecho a esta altura ya lo lograron).
- Compare la Jubilación mínima con una Pensión graciable; estas últimas, que se votan en el Parlamento porque por ejemplo salió Campeón de una Libertadores o porque era la Señora de un Campeón mundial, que nunca aportó al régimen, gana más que la Jubilación mínima, ¿Cómo es posible?.
- En la época que vivimos de los Políticamente Correcto, el tema de género, miren la diferencia que hay entre una Viuda y un Viudo, sinceramente hoy no lo entiendo, debería cambiarse, no es justo.
Deducción de Gastos en el IRAE. Regla Candado. Gastos y Deducción, con Servicios Personales y Honorarios Profesionales
Aquellos que conocieron el IRIC, pueden recordar que los Honorarios de Profesionales, no era un gasto deducible sin más, estaban topeados; por la sencilla razón que los Profesionales Universitarios, no pagaban un impuesto a la renta. Con la reforma tributaria que comenzó a regir en Julio del 2007, se introdujo el concepto de la deducción proporcional, y se le llamó: Regla Candado. En el sentido que si la contraparte no pagaba un impuesto a la renta, o no tributaba a una tasa igual o superior a la tasa vigente para el IRAE, se admitía deducir el gasto en proporción al impuesto que tributara el que nos está facturando. Por ejemplo, si tengo un gasto del exterior, que está sujeto a una retención de IRNR; y es a una tasa del 12%, la proporción se calcula: 12/25 (25% es la Tasa de IRAE), da 48%; y hasta ese monto es que se me permite deducir en la liquidación de rentas por ese gasto, o sea que debo realizar un “alta” de rentas del 52%. Veamos un poco más el tema con respecto a Honorarios y Servicios Personales.
IRPF Comprehensivo y Devengado ( IRPF-CD ); busca “ampliar” la Base Imponible, para recaudar más y hacer frente a los gastos crecientes de Pensiones y Salud de las Naciones.
En un Trabajo del BID, que informa el diario El País, se hace una propuesta; de juntar todas las rentas que tiene una Persona, ya sea proveniente del Trabajo o de Capital, y que se tribute según el criterio de Base Mundial, en el País de Residencia. No estoy en condiciones de rebatir nada de lo que en el trabajo se dice; pero sí me llama la atención que en Estados Unidos, en la reforma que se aprobó también en el mismo mes que se publica el trabajo, tiene aspectos la reforma de EEUU, que deja el Criterio de Renta Mundial para pasar al de Territorialidad. En definitiva, esta propuesta, tarde o temprano tendrá sus defensores, porque es muy simple: ayudará a recaudar más, pero sinceramente, ¿Quién cree que pagará más?; porque se habla de equidad, a esta altura, ¿Alguien sigue pensando que eso es posible?; yo no creo en nada de eso.
Subsidio Transitorio por Incapacidad Parcial, ¿Qué debe hacer la empresa, qué obligaciones se le generan mientras la persona está en el Subsidio?
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CONSULTAS M> 252/001/01/2018
Nombre: Eduardo
Consulta: En relación al Subsidio por incapacidad transitoria, para acceder al mismo la empresa debe darle la baja al funcionario ante el BPS, y si quiere puede mantener al funcionario dandolo de alta con otro Vinculo Funcional, no generando licencia en ese período, la duda es si a los tres años el BPS le dice al funcionario que no llega al % necesario para su jubilación y tiene que reintegrarse a trabajar, la empresa debe reconocer la antiguedad original, o se produjo una rotura del vínculo y la antiguedad está referida a la última alta al BPS, espero haber sido claro, desde ya muchas gracias y muy útiles las publicaciones!! Saludos
Se dijo que las Utilidades que generan las AFAPs en Uruguay, sólo las obtiene el Narcotráfico. ¿Cuánto obtienen realmente?
Yo estoy a favor de las AFAPs, lo he manifestado en este blog varias veces, y lo he comentado en mis círculos cercanos; pero siempre también he dicho que eso no quita que no haya que hacerle ajustes al sistema, que está lejos de ser el ideal, pero como concepto teórico es excelente; y un tema que debo reconocerle al Ministro de Trabajo, es que tiene razón, con respecto a las Utilidades que tienen las mismas. Quizás su expresión haya sido no convencional, pero si no hubiese dicho eso, no me habría provocado la curiosidad, de ir a fijarme en lo que ganaban realmente, hace años que se publican los balances y nunca me tomé ese tiempo. Lo que lamento es que recién ahora lo hicieran, quizás deberían plantearse porqué no se hizo antes, quizás mal comunicado, quizás entreverado en otros temas, o politizado, es la crítica que realizo a los que se oponen; como lo politizan, se tranca todo, si lo miraran objetivamente, muchas mejoras se podrían lograr. Como dice la canción: … yo sé que la vida debería ser mejor, y será …
Trabajos de Decoración, como ser Pintura y Empapelamiento de un Inmueble, ¿Corresponde realizar aportes como Construcción?. Notificaciones Personales, interrupción de la Prescripción
La Sentencia del TCA Nro 730 del 8/9/2011; es un claro ejemplo de lo perverso que resultan algunas normas; no estoy en contra de la Ley, ni de la Justicia, nada más alejado de eso; pero se supone que como Sociedad vamos creando un entramado jurídico, que sea coherente, que no tenga vicios de mala fé. Muchas me ha pasado, que me consultan de forma muy angustiada, personas que han dejado de pagar – por diferentes motivos – y cuando quieren regularizar, es imposible, dicho de otra forma: es impagable. Y generalmente son por los Recargos. Y siempre me pregunto, ¿El Estado, en la Institución que corresponda, no tiene obligaciones?, porque el Estado sabe cuando una persona – jurídica o física – deja de pagar, ¿Por qué esperan años en solicitarle el cobro?. Este caso que les planteo, faltaban 48 días para que prescribiera por el paso de 10 años, y le hacen llegar al deudor una Notificación por el Art.51 Inc.3 del Código Tributario, … y la interrumpieron, y marchó!!!, así como lo leen.
Trabajo adolescente y Carné Laboral del Adolescente
Antes se le llamaba “Trabajo de Menores”, ahora se le llama “Trabajo Adolescente”; antes se llamaba “Carné Laboral del Menor” y ahora se llama “Carné Laboral del Adolescente”; vivimos cambiando de nombres, pero la sustancia sigue igual; lo único que se logra es que menos gente sepa sus derechos, porque en el cambio no se sabe si se perdió algo, o si se le agregó algo, pero como cada Gobierno necesita como dejar su marca, cada uno va bautizando las cosas como les parezca. Algún día deberíamos dejar los nombres idénticos por tres o cuatro generaciones, y mejorar lo que es importante para los menores o adolescentes; hacerlo más sencillo al procedimiento, que no tenga costos burocráticos, ni para la familia del menor, ni para el menor, ni para la empresa.
Unipersonal, sin personal, sin cónyuge a cargo, con hijos a cargo, ¿Cómo se interpretan los costos de la factura del BPS a pagar?. No deducción para el IRPF de los Aportes Patronales de una Unipersonal
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CONSULTAS M> 251/040/12/2017
Nombre: Lalo
Consulta: Hola! No entiendo los cálculos que me llegó de la factura del BPS, soy una Unipersonal que recién abrí, no tengo personal.
Las AFAPs no son un mal Instrumento. Recordemos la etapa anterior.
Yo soy un “Cincuentón”; pero no por ello dejo de ver la realidad, no comparto la solución que se va Instrumentar para paliar un problema que es real, pero es un perjuicio real para unos pocos y la solución era quirúrgica, uno a uno y no al barrer; en el que siempre terminan arriba del carro del triunfo, algunos que no deberían estarlo. El problema es conceptual, si hoy hacemos esto para los Cincuentones, ¿Por qué no hacerlo para los Cuarentones, para los Treintañeros, y para los Veinteañeros de hoy?, porque ellos también un día se van a Jubilar y van a ganar menos que los que hoy exigen igualdad, ¿Y ellos no tendrán el mismo derecho?. Recordemos:
Licencia por estudio, se deben otorgar en forma fraccionada de hasta tres días, incluyendo el día del examen, ¿Ese día del examen, debe ser el último de la licencia por Estudio?
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CONSULTAS M> 250/039/12/2017
Nombre: Noelia
Consulta: Hola! Tengo una consulta, en mi trabajo me dicen que cuando me tomo días por estudio, el examen debe caer si o si el último día que me pido de los 3, según la ley, debe caer dentro de los 3 días y no necesariamente el último, como es en realidad y como lo justifico en caso de que me digan algo q no es?
Jubilación por dos Cajas, BPS y la de Profesionales Universitarios, ¿Si sobran años de una, se pueden reconocer en la otra?. Jubilación por Edad Avanzada
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CONSULTAS M> 249/038/12/2017
Nombre: Selva
Profesión: Química Farmacéutica
En qué departamento vive: Montevideo
Consulta: Estimado Darío: tengo 62 años y en junio de 2018 cumplo 42 años de aportes al BPS (4 son por mis hijos) y 25 a la Caja de profesionales (sólo 12 no son de aportes simultáneos). Mi consulta es si puedo jubilarme de AMBAS cajas pasando años que excedan los 30 del BPS a la Caja de profesionales o sólo existe la posibilidad de acumular y jubilarse o bien del BPS o bien de la Caja de profesionales, que en mi caso seguramente no conviene. Desde ya muchas gracias
Si una empresa opta por declarar como que no tiene Contabilidad Suficiente, ¿Eso afecta la liquidación del IP?. Los Anticipos Mínimos de IRAE, ¿A partir de cuándo hay que pagarlo?
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CONSULTAS M> 248/037/11/2017
Nombre: Andrés
Profesión: Contador Público
En qué departamento vive: Montevideo
Consulta: Una sociedad de hecho integrada por dos socios (personas físicas residentes) que opta por tributar IRAE, se dedica a la intermediación (mayoreo de frutas y verduras), la opción se basa principalmente en la posibilidad de vender en supermercados. No tiene contabilidad suficiente e liquidara su renta en forma Ficta.
1-El anticipo mínimo de IRAE lo deberá pagar a partir del mes en que realice la primera factura? El anticipo por renta ficta es también mensual? Si el anticipo por renta ficta es menor que el anticipo mínimo debo anticipar el mínimo?
2-Esta sociedad es contribuyente de IP? Como obtengo el patrimonio fiscal gravado al no tener contabilidad suficiente?
Saludos y desde ya gracias.
Un profesional universitario, que ya tiene 30 años de aportes a la Caja pero no 60 años de edad, ¿Puede declarar no actividad y dejar de aportar?, ¿Cómo le afecta esa decisión?
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CONSULTAS M> 246/035/10/2017
Nombre: Gustavo
Profesión: Odontólogo
En qué departamento vive: Rocha
Consulta: Estimado , le agradezco desde ya las respuestas :
1) tengo 57 años y en marzo cumplo 58, y mas de 30 de profesión, estoy en categoria 7, cambio en marzo del 2018 ….: puedo declarar no ejercicio (dejar de aportar) ,dejar el ejercicio libre y cuando tenga 60 años presentarme para acceder a la jubilacion ?
2) que proporcion hay entre la jubilacion para cada categoria y el salario ficto de la misma ? desde ya gracias
El Servicio Doméstico, ¿Podría ser Monotributo?
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CONSULTAS M> 245/034/10/2017
Nombre: Guillermo
Profesión: Contador Público
En qué departamento vive: Maldonado
Consulta: Buenas noches: Le hago la siguiente consulta, en el caso de los servicios de limpieza que se hacen de casa en casa es posible abrir monotributo, ahora, hay una condicion que no me queda claro que es la del local no superior a 15m2, supongo que hay casos en los que no aplica porque el titular pondrá su domicilio particular a efectos de domicilio fiscal.
Si esta persona contrata un dependiente, cosa que está contemplada y admitida, como se lo inscribe? como servicio domestico? porque el servicio domestico supuestamente no debe generar beneficios economicos para quien lo contrate, ergo, deberia de inscribirse al titular de la unipersonal como empresa de limpieza?
Licencia No Gozada por estar en Subsidio por Enfermedad, ¿Se pierde?, ¿Cuándo se debe cobrar?.
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CONSULTAS M> 244/033/10/2017
Nombre: Fernanda
Profesión:
En qué departamento vive:
Consulta: Hola muy bueno el post antes que nada, tuve una caida en la calle y me rompi varios ligamentos de mi rodilla y además tuve desprendimiento de cartílago de la misma y estuve certificada durante 9 meses hasta que me operaron pero se complicó la recuperación y me van a tener que intervenir nuevamente en diciembre lo cual va a requerir mas tiempo de licencia por enfermedad, yo la licencia de diciembre del año pasado no la tome por estar convaleciente y la fracción siguiente de semana de turismo tampoco y por el panorama que tengo en frente tampoco voy a estar en condiciones de trabajar este diciembre o sea que serían dos licencias que no estaria , mi consulta es me corresponde tomar licencia cuando me reintegre o pierdo la licencia de el año pasado que no tome y me corresponde cobrar ? Ya que me lesione en agosto y debía tomar licencia en diciembre y en turismo y estaba certificada, muchas gracias por su tiempo espero haber sido clara en la consulta espero respuesta . Att. Fernanda
Si no se paga en el plazo legal las obligaciones salariales, ¿Tiene el trabajador, derecho a cobrar un recargo o multa por el atraso en el pago?
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CONSULTAS M> 243/032/10/2017
Nombre: Diego
Profesión:
En qué departamento vive:
Consulta: Hola buen dia, tengo una duda la empresa donde trabajo me mando al seguro por 4 meses por falta de trabajo me reintegraría el 15 de octubre pero me mandaron un telegrama avisándome que me despiden y pase por la liquidación . Mi pregunta es cuantos dias tiene la empresa para darme la liquidación, ademas me dijeron que pida una Liquidación en el MTSS para comparar y después pida una cita con el MTSS la empresa y yo para arreglar la liquidación (Conciliación ) . Se me deben pagar recargo x la demora, si yo Solo reclamo lo que es legal (Solo reclamo lo que legalmente me corresponde, ni horas extras ni daños moral etc etc ) y la empresa no reconoce lo legal debo ir a un juicio?, Ah me olvidaba desde diciembre cobro x banco y la empresa no me pago el 100% de lo que debía como reclamo ese monto ya que no lo pagaba y amenazaba con despedirme ahora que me despidió puedo reclamarlo desde ya gracias x las respuestas