Al Fondo de Solidaridad, habría que cambiarle el nombre; porque la palabra Solidaridad condiciona a cualquier iniciativa que se presente dado que vivimos en un País que todas estas palabras que implican una proyección de vernos como uniformes, y todos buenos; implican ya comenzar con un rechazo de plano y antes de llegar al tema tener que justificar que no se es poco solidario, etc, etc. Pero no hay dudas que es un aporte (no hay unanimidad para definirlo si es un impuesto o una contribución) que tiene aristas profundas de injusticia. ¿Por ejemplo?, por ejemplo que no todas las carreras cuestan lo mismo al Estado, ni todas tienen un horizonte temporal de egreso similar; pero en cambio todos aportamos lo mismo; tampoco hay una evaluación del reintegro (años a pagar), y las Becas para estudiar con esta nueva realidad fruto de la pandemia, debería cuestionarse si corresponde seguir dando los mismos valores a los Estudiantes ya que muchos la ecuación de gastos seguro ha cambiado. Miremos las 4 causas que existen para dejar de pagar al Fondo.
Más abajo, copio lo que hoy en día está publicado en la página web del Fondo de Solidaridad, pero voy a hacer un breve repaso de las 4 causales que son:
- JUBILACIÓN
- ENFERMEDAD INHABILITANTE
- 25 AÑOS de APORTE
- 70 AÑOS de EDAD
En el caso de la JUBILACIÓN, sorprende la redacción que se explica, dice que hayan cesado toda actividad profesional remunerada, y luego explica que la actividad profesional es aquella que tiene directa relación con la formación profesional o terciaria recibida.
Y llama la atención porque para aportar, no importa si la generación de los ingresos está directamente relacionado o no con la formación profesional, sino que importa los ingresos de la persona, aún si no tiene nada que ver con lo que estudió. Pero en cambio, una opción para dejar de pagar es que se jubile, entonces una persona que supongamos que se recibió de Médico, y trabaja de taxista, ¿Esta opción de jubilarse es real?; obvio que no, salvo que pague a la caja sin ejercer, que podría hacerlo pero no es algo que tenga sentido, porque si se jubila de taxista, no es causal para dejar de aportar. Quizás sí por otra causal pero no por la Jubilación común, sino que debe ser una Jubilación relacionada por sus ingresos que estuviesen vinculados a sus estudios.
La otra opción es la ENFERMEDAD INHABILITANTE, aquí ya no importa el origen de sus ingresos, esta sí es más coherente pero se corta el vínculo con lo que estudió.
La opción de dejar de aportar por los 25 AÑOS de APORTES, esto es de lo más injusto, porque no evalúa si a los 10 años ya reintegró el costo de sus estudios, y debería existir una relación entre años que el estudiante ocupó su lugar en la Universidad y el Costo que generó, y de allí establecer los años a devolver.
Por último los 70 años de Edad, es poca la gente que se recibe con más de 50 años o 60 años; pero es claro que nunca en esos casos van a devolver parte del costo que generaron.
Lo que sigue es lo que está publicado en la web:
CESE
CAUSALES DE CESE DE APORTACIÓN
A) JUBILACIÓN
Los contribuyentes que hayan cesado en toda actividad profesional remunerada* y accedido a una jubilación servida por Caja de Profesionales Universitarios, Caja Notarial, Caja Bancaria o Banco de Previsión Social (en este último caso debe incluir alguna actividad laboral relacionada con los estudios terciarios realizados) dejan de aportar al Fondo de Solidaridad realizando la Declaración Jurada correspondiente.
* La actividad profesional remunerada es entendida como aquella que tiene directa relación con la formación profesional o terciaria recibida.
Solicitud de Cese de Aportación por Jubilación:
La Declaración Jurada debe ser completada y presentada en la oficina del Fondo (Mercedes 1796, Montevideo) conjuntamente con la documentación respaldatoria. La resolución estará disponible en Seguimiento de Trámites del Portal de Autogestión en un máximo de 30 días.
Si retoma alguna actividad relacionada con la formación terciaria deberá notificarlo de forma inmediata por nuestro formulario de contacto.
Documentación requerida:
“Consulta de actividades por persona” e “Historia Laboral Nominada” del sitio web de BPS. Gestionar el usuario de BPS sin costo en las redes de cobranzas, ingresar a Mis servicios en línea/ Mi información / Ver detalle de aportes e Historia Laboral (descargar PDF con opción total) y Ver detalle de Mis Actividades (descargar Consultar Mis Actividades).
Si es afiliado a CJPPU, debe adjuntar historia de afiliado emitida por dicho organismo previsional.
Cese de actividad de los organismos previsionales que hayan otorgado la jubilación. El cese en BPS es emitido por Gerencia de Prestaciones Económicas y consta del detalle de la actividad, la fecha a servir y la fecha de cese.
B) ENFERMEDAD INHABILITANTE
Contribuyentes con enfermedad psíquica o física irreversible que inhabilite el desempeño de cualquier tipo de actividad remunerada pueden solicitar el cese de los aportes al Fondo de Solidaridad completando la Declaración Jurada correspondiente.
Solicitud de Cese de Aportación por Enfermedad inhabilitante:
La Declaración Jurada debe ser completada debe ser completada y presentada en las oficinas del Fondo (Mercedes 1796, Montevideo) conjuntamente con la documentación respaldatoria. La resolución se notificará en un máximo de 30 días.
Documentación requerida:
Certificado médico especificando la enfermedad que presenta, desde cuándo la padece y dejando constancia de que la misma le impide desempeñar cualquier actividad remunerada y es irreversible.
Breve nota comunicando la situación en la que fundamenta la solicitud de cese.
“Consulta de actividades por persona” e “Historia Laboral Nominada” del sitio web de BPS. Gestionar el usuario de BPS sin costo en las redes de cobranzas, ingresar a Mis servicios en línea/ Mi información / Ver detalle de aportes e Historia Laboral (descargar PDF con opción total) y Ver detalle de Mis Actividades (descargar Consultar Mis Actividades).
Si es afiliado a CJPPU, debe adjuntar historia de afiliado emitida por dicho organismo previsional.
C) 25 AÑOS DE APORTES (CESE AUTOMÁTICO)
Contribuyentes con 25 años de aportes cesan de pagar los aportes al Fondo de Solidaridad de forma automática por nuestra institución y se puede corroborar ingresando al Portal de Autogestión del Egresado (visualizando el estado como «cesado»). No precisa realizar ninguna gestión para dicho cese.
Si tiene deudas correspondientes a años anteriores seguirán vigentes y deben ser canceladas para habilitar el Certificado de estar al día, así como evitar acciones de fiscalización.
D) 70 AÑOS DE EDAD (CESE AUTOMÁTICO)
Contribuyentes con 70 años de edad cesan de pagar los aportes al Fondo de Solidaridad de forma automática a partir de los datos proporcionados por la Dirección Nacional de Identificación Civil. Se puede corroborar ingresando al Porta de Autogestión (visualizando el estado como «cesado»). No precisa realizar ninguna gestión para dicho cese.
Si tiene deudas correspondientes a años anteriores seguirán vigentes y deben ser canceladas para habilitar el Certificado de estar al día, así como evitar acciones de fiscalización.
NORMATIVA
A) Jubilación: Literal A del artículo 3 de la Ley Nº 16.524, en la redacción dada por la Ley Nº 19.670. Artículo 542 de la Ley Nº 17.296, en la redacción dada por la Ley Nº 19.670.
B) 25 años de aportes; Literal B del artículo 3 de la Ley Nº 16.524, en la redacción dada por la Ley Nº 19.535. Artículo 542 de la Ley Nº 17.296, en la redacción dada por la Ley Nº 19.670.
C) Enfermedad: Literal C del artículo 3 de la Ley Nº 16.524, en la redacción dada por la Ley Nº 19.535. Artículo 542 de la Ley Nº 17.296, en la redacción dada por la Ley Nº 19.670.
D) 70 años de edad: Literal D del artículo 3 de la Ley Nº 16.524, en la redacción dada por la Ley Nº 19.535. Artículo 542 de la Ley Nº 17.296, en la redacción dada por la Ley Nº 19.670.
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Saludos,
Cr. Darío Abilleira – Montevideo, 12 de setiembre del 2021
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Las “Consultas a Miradas & Guías Tributarias” tiene la siguiente estructura 000/000/00/0000: “Consultas M> 000”, en el buscador del Blog pueden investigar anteriores. Tiene 4 sectores, el primero se refiere al número de consulta correlativo, el segundo al número de consulta acumulado del año, el mes en que se contesta y el año, ejemplo:123/12/03/2013; es la consulta número 123 desde el inicio, la número 12 del año 2013, que la respondo en marzo del 2013; y si la quieren buscar es así: “Consultas GT 123”.
Pueden usar el material si hacen referencia a la fuente: Cr. Darío Abilleira más el link; y siempre que no sea para lucrar con él.
Los videos pueden tener algo que ver con la temática o no, son simplemente para adornar el texto y el blog.
Aclaro por confusiones reiteradas, no incluye dentro del concepto «GRATIS»:
- Atención telefónica o reuniones; sólo es gratis cuando publico en el blog la respuesta a la pregunta realizada por formulario, con un fin de difusión y que todos accedan a la misma.
- Cálculos y liquidaciones individuales; las excepciones son cuando son usadas con un fin didáctico y en el blog.
- No acepto publicar denuncias, apellidos, cédulas de identidad, RUT, teléfonos; no busco ser un blog de denuncias hay otros espacios que cumplen esa función o páginas oficiales.
- No aviso que publiqué la respuesta; se supone que leen el blog o lo siguen; si siguen el blog (o por twitter, o por facebook), les llega el aviso.
Aportaba al Fondo de Solidaridad pore ser Técnico Prevencionista recibido.
Aporté varios años hasta mi jubilación el 28.5.2010.
Personalmente fui a la oficina del Fondo a comunicar mi jubilación.
Al tiempo se me exigió el pago delo atrasado al Fondo a pesar de haber comunicado en tiempo y forma mi situación de pasivo.
Por error continué aportando al Fondo un tiempo prudencial, pero al no tener actividad no me correspondía.
Reclamé por lo abonado demás y correo va correo viene, estuve casi 16 meses para que el Fondo me devolviera lo cobrado injustamente.
Cabe destacar que me devolvió lo que quiso, sin determinar la liquidación como hubiera correspondido.
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Hola Ruben, basta ponerse en los zapatos de los demás para entender estas cosas. El Estado te cobra en este caso porque argumenta que fue gratis estudiar y ahora hay que ser generoso para otros que vienen detrás. Así sin más razonamiento, convence a cualquiera. El punto es que estudiar gratis se le llama al no pagar una cuota en dinero, pero vaya si la pagamos en estoicidad, en controlar nuestras emociones para no estallar, en tenacidad en no abandonar (cuando ibas a clase y quedabas en el corredor sin ver al profesor, sin ver el pizarrón, sin que te llegara el repartido porque éramos más de los que había llevado el profesor, sin silla, parado), cuando había que ir a las 7 AM para guardar lugar porque si llegas en hora ya no tenías lugar, cuando te perdían algún examen y tenías que darlo otra vez porque un error administrativo sucedió, todo eso fue gratis seguro. Ahora uno ve que no todos los que necesitan les llega el apoyo, y algunos que lo reciben si no estudian tampoco lo devuelven; es una estafa pero como dice Solidario nadie se anima a desandar tremenda injusticia; es más, incluso hay gente que para no pagar dicen: que pague más quien más tiene, cuando en realidad lo único que quieren es que pague otro, como ellos ya saben que están liquidados, quieren un pago tipo IRPF; y si vamos a pagar, que paguen todos, porque yo no sé nada de los que tienen Master gracias a los pagos o subsidios que les dan las empresas públicas (vayan a un Master cualquiera y saquen cuentas de los alumnos, el origen de ellos), no veo que se les cobre a los Maestros, a los Profesores, y la lista sigue, … una cantidad de profesiones que son pagas por el Estado y en cambio no se cobra. Y si fuese algo justo, y concreto sería más llevadero pero esto es la sombra durante toda tu vida laboral. En mi caso que entré a la Universidad no existía este engendro, nadie me avisó que me pondrían un impuesto para toda mi vida. En fin, como buen uruguayo, a conformarse. Saludos
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