CONSULTAS M> 326/015/04/2020
Nombre: Gabriel
Profesión: Odontólogo
Consulta: Tengo 59 años y 27 años de aportes o ejercicio pero tengo aportado al bps como 7 años puedo compensar lo que me falta con lo aportado al bps? Gracias
Fecha: Montevideo , 3 de abril, 2020
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Estimado Gabriel
Si navegas por las etiquetas y categorías; podrás acceder a otros post que he escrito y tratan el tema. También debajo del post, siempre el blog sugiere otros post de temática similar (lo hace automático el software).
Lo que tu preguntas, está en la Ley 17738 Artículo 74.
Si vas a la Ley que está publicada en Impo; tiene una redacción que no es clara pero cuando uno estudia el tema (en libros) y se interpreta lo que allí dice, se concluye que para acceder a la Jubilación Común necesitas dos condiciones a la vez:
- Cantidad de años mínimos: 30 años de cotización a la Caja
- Cantidad de años de vida: 60 años de edad
Si logras esas dos variables a la vez, ya tendrías el derecho a solicitar esa Jubilación (es un derecho que hay que solicitarlo, no es automático, o sea que pueden seguir trabajando por más que se cumplan las dos condiciones).
Pero existe en ese artículo una variante.
Si no tienes esos 30 años de aporte en la Caja Profesional, puedes reconocer años de trabajo de otra Caja y llevarlos para la Caja de Profesionales. PERO te agregan una condición adicional: que la suma de años de trabajo de una caja y otra, sumen 35 años de aporte.
Vamos a tu caso.
- Tienes 59 años — Necesitas 60 años; o sea, que aún si tuvieses 30 años de aporte, no podrías acceder a la Jubilación.
- Tienes 27 años de aporte a la Caja de Profesionales — Si tuvieses 60 años, con 27 años de aporte, tampoco llegas; tendrías que seguir aportando 3 años más o traer años de trabajo de otra caja. ¿Cuántos años necesitarías traer?; como tienes que trabajar un año más por tu edad, suponemos (que ya cumpliste este año 59) que aportarás un año más a la caja; por lo cual llegarías a 28 años; entonces necesitarás 7 años de aporte de otra caja.
NO TERMINÉ — así dicho parece fácil; para que sirvan esos 7 años de aporte, no pueden ser concomitantes; o dicho de otra manera, no sirven si tu aportaste solapadamente o a la vez a ambas cajas. Si se permitiera, fijate que todos nos registraríamos en ambas cajas, y en 15 años llegamos a 30 años (15+15 de cada caja, lo que es un absurdo). Por lo tanto, es importante que esos años que tienes para llevar a la Caja de Profesionales, hayan sido por ejemplo antes de recibirte o en algún período que declaraste sin actividad, porque si fueron a la vez, no te servirán.
Y TERMINO — no te olvides, que te hacen un promedio de los últimos 3 años; si estás en la categoría 2, cobrarás muy poco, con lo cual si uno planifica, podrías usar este año y algún otro para subir de categoría (tampoco es tan fácil, porque para cambiar de categoría, debes pasar por cada una de ellas, con un mínimo de 3 años, o sea que no se puede pasar de la categoría 2 a la 10).
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Saludos,
Cr. Darío Abilleira – Montevideo, 4 de abril del 2020
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Las “Consultas de Guías Tributarias” tiene la siguiente estructura 000/000/00/0000: “Consultas M> 000”, en el buscador del Blog pueden investigar anteriores. Tiene 4 sectores, el primero se refiere al número de consulta correlativo, el segundo al número de consulta acumulado del año, el mes en que se contesta y el año, ejemplo:123/12/03/2013; es la consulta número 123 desde el inicio, la número 12 del año 2013, que la respondo en marzo del 2013; y si la quieren buscar es así: “Consultas GT 123”. Pueden usar el material si hacen referencia a la fuente: Cr. Darío Abilleira más el link; y siempre que no sea para lucrar con él.
Los videos pueden tener algo que ver con la temática o no, son simplemente para adornar el texto y el blog.
Aclaro por confusiones reiteradas, no incluye dentro del concepto «GRATIS»:
- Atención telefónica o reuniones; sólo es gratis cuando publico en el blog la respuesta a la pregunta realizada por formulario, con un fin de difusión y que todos accedan a la misma.
- Cálculos y liquidaciones individuales; las excepciones son cuando son usadas con un fin didáctico y en el blog.
- No acepto publicar denuncias, apellidos, cédulas de identidad, RUT, teléfonos; no busco ser un blog de denuncias hay otros espacios que cumplen esa función o páginas oficiales.
- No aviso que publiqué la respuesta; se supone que leen el blog o lo siguen; si siguen el blog (o por twitter, o por facebook), les llega el aviso.