Tengo un amigo, que me preguntó: ¿Ya puedo abrir una SAS?. A él le gusta que le responda rápido, sin pensar. Pero nunca puedo hacerlo, siempre tengo que tomarme un poco de tiempo; además mientras me preguntaba me decía: porque fulano está esperando la reglamentación para ya pasarse a una SAS. Si ese fulano, es un colega prestigioso, y él está esperando la reglamentación; la respuesta es casi obvia, no?. El sentido común o el sentido de no pasar verguenza, diría que hay que esperar a la reglamentación. ¿Será así?
Sólo la experiencia te ayuda a tomarte un poco de tiempo; hay un artículo 48 de la Ley 19820; que establece una exoneración (transitoria, porque tiene fin) tributaria para aquellas Unipersonales que se transformen en SAS dentro de los 12 meses siguientes a la vigencia de la ley.
La ley fue sancionada en el Poder Legislativo el 11/09/2019
El Poder Ejecutivo, con fecha 18/09/2019; la promulgó.
El 27/09/2019; se publicó en el Diario Oficial.
¿La ley dice cuándo tendrá vigencia?; no lo dice.
Si no lo dice, entonces se aplica el artículo 1 del Código civil; y el mismo dice que la Ley entrará en vigencia, a los diez días de su publicación.
¿Cuál es entonces la vigencia de esta ley?; es el día 7/10/2019.
Por lo tanto, ya está corriendo el plazo para la exoneración transitoria.
¿Qué contestarían Ustedes?; la verdad que no lo sé. Por un lado está vigente la ley, ya han pasado casi tres meses y no está la reglamentación, por lo tanto si no se puede crear o transformar una Unipersonal en SAS, le están quitando derechos al Contribuyente. Tendrían que estar ya habilitado todos los trámites para esa transformación.
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Saludos,
Cr. Darío Abilleira – Montevideo, 26 de diciembre del 2019
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Las “Consultas de Guías Tributarias” tiene la siguiente estructura 000/000/00/0000: “Consultas M> 000”, en el buscador del Blog pueden investigar anteriores. Tiene 4 sectores, el primero se refiere al número de consulta correlativo, el segundo al número de consulta acumulado del año, el mes en que se contesta y el año, ejemplo:123/12/03/2013; es la consulta número 123 desde el inicio, la número 12 del año 2013, que la respondo en marzo del 2013; y si la quieren buscar es así: “Consultas GT 123”. Pueden usar el material si hacen referencia a la fuente: Cr. Darío Abilleira; y siempre que no sea para lucrar con él.
Los videos pueden tener algo que ver con la temática o no, son simplemente para adornar el texto y el blog.