Ring Fencing o Ring-Fence; también conocido como Estanqueidad o Compartimentación


No sé si les ocurre, pero vamos a una clase, o a una charla, conferencia; y quien la da; termina usando palabras en inglés que a veces, no las escuchamos nunca, y además no sabemos su significado, y quien la utiliza tampoco amplía sobre el concepto, y nadie se anima a preguntar (yo tampoco); ya que quedaríamos como ignorantes; y nadie quiere aparentar eso, no?. ¿O sí?.Por eso hago este Blog, me permito partir de mi ignorancia para aprender; aquí no soy el profesional emitiendo un informe, ni estoy frente a un público en que tengo que aparentar, aquí soy alguien que busca superarse.

A iniciativa de la OCDE, respaldado por el G20; en el año 2012, se encarga un trabajo que luego fue presentado en el año 2013; en que se buscaba crear un plan de acción, que combatiera la erosión de la Base Imponible y la transferencia de Beneficios de forma artificiosa. Dicho plan fue conocido por el acrónimo: BEPS (Base Erosion and Profit Shifting); ese plan consta de 15 acciones, en que se busca disminuir la evasión y la elusión fiscal internacional.

La forma de llevar adelante el plan fue: 

  • recomendaciones a los países para que modifiquen sus reglas domésticas
  • mediante cambios en los Convenios de Doble Imposición
  • y cambios en la Guía en Precios de Transferencia

Las 15 acciones, se pueden agrupar, en acciones que den Coherencia, Sustancia y Transparencia, con dos acciones (la uno y la quince) que quedan fuera de ese agrupamiento.

Ring-Fencing

Este concepto, se está usando en Uruguay, con el cambio que ha tenido la Tributación del Software, dentro del marco de cumplimiento de la Acción 5 del plan BEPS. Lo que quiere decir, «ring-fencing»; es que no es válido que un País, si concede beneficios fiscales, que los mismos sean para perjudicar a otros países, y que además no sean sistemas que sólo puedan aprovecharlos los no residentes. Por eso se habla de Estanqueidad Objetiva, que es aquella que está limitado a operaciones con No Residentes, y Estanqueidad Subjetiva, que es aquella en que se excluye a los Residentes.

También se usa el concepto Ring-Fencing (que significa cerca de anillo); para decir que hay un régimen tributario más beneficioso, dirigido a un área específica o hacia terceros países, en que se busca atraer capitales extranjeros, y evitando el pago de impuestos, prestando servicios al exterior o exportando (sin pagar en el País en que se radican).

Por eso, Uruguay, ha venido modificando su normativa en las siguientes áreas; para cumplir con sus obligaciones ante la OCDE:

  • Zonas Francas
  • Centro de Servicios Compartidos
  • Exoneración de actividades de I+D en áreas de biotecnología y bioinformática
  • Producción de Soportes Lógicos (Software)
  • Beneficios en áreas de biotecnología amparados por la ley de Promoción de Inversiones

ACCIÓN 5 de BEPS

Brevemente, la acción 5, lo que busca es eliminar las prácticas fiscales perniciosas; haciendo hincapié en la transparencia y la sustancia.

El Reino Unido y Alemania, presentaron propuestas (para lograr esos objetivos), teniendo el enfoque del «nexus approach» (aquí en Uruguay, lo he visto como Teoría del Nexo y también como Mecanismo del Nexo), y lo que dice es que se basa en un vínculo entre los gastos realizados para desarrollar las patentes y los ingresos que estas generan; es decir: es considerar al nivel de gastos como un indicador de actividad sustancial.

Saludos,

Cr. Darío Abilleira – Montevideo, 21 de setiembre del 2019

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Las “Consultas de Guías Tributarias” tiene la siguiente estructura 000/000/00/0000: “Consultas M&GT 000”, en el buscador del Blog pueden investigar anteriores. Tiene 4 sectores, el primero se refiere al número de consulta correlativo, el segundo al número de consulta acumulado del año, el mes en que se contesta y el año, ejemplo:123/12/03/2013; es la consulta número 123 desde el inicio, la número 12 del año 2013, que la respondo en marzo del 2013; y si la quieren buscar es así: “Consultas GT 123”. Pueden usar el material si hacen referencia a la fuente: Cr. Darío Abilleira; y siempre que no sea para lucrar con él.

Los videos pueden tener algo que ver con la temática o no, son simplemente para adornar el texto y el blog.

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