Cuando decidieron aumentar las tasas de IRPF; el argumento era que Pague más quien más tiene, y con eso pensaban que hacían justicia con aquellos que no tienen mucho o no ganan tanto como para llegar a realizar los aportes de IRPF. Ese razonamiento es válido solo para las Personas Físicas que son dependientes, pero aquellos Independientes, como los Servicios Profesionales, el aumentar las tasas de IRPF, terminan castigando al que menos tiene. Alguien que necesite ir al dentista, pagará más, el que quiera ir a un médico, pagará más, quien necesite un arquitecto, pagará más, etc, porque naturalmente se produce la necesidad de trasladar los impuestos sino no queda nada de utilidad, es preferible no prestar el servicio.
Los Escribanos, es un caso distinto al resto de los Profesionales Universitarios, porque existe el llamado Montepío Notarial, veamos un poco ese tema.
Los Montepíos Notariales:
- Es un costo del Escribano
- Están gravados por IVA
- Están gravados por IRPF
- Si se factura independiente de los honorarios, no se le deduce el 30% ficto; la justificación está en el Art.34. Título 7.
Veamos un ejemplo numérico de cómo funciona la norma comentada (si se aplica al Montepío el 30% de deducción ficta o no):
TRASLADO de los IMPUESTOS al CLIENTE
Quien no lo haga, perderá. Les dejo un excel, que los ayudará no a calcular exactamente el honorario pero por lo menos a pensar cómo sería. Traslado Honorarios Notariales con IVA IRPF y FONASA
Tienen que cargar el honorario que desean «ganar», en el ejemplo son $ 10.000; y ahora tienen que digitar el Montepío que cobrarán, en el ejemplo $ 1550; luego deben digitar la tasa que les correspondería aportar por IRPF, y la de FONASA, en el caso puse 20% de IRPF y 4.5% de FONASA, eso significa que por ejemplo un trabajo de $ 10.000 para el Escribano, terminará pagando $ 17.175, o sea que se le recarga un 70% por los impuestos; si no lo trasladara, terminarían cobrando cerca de un 40% menos.
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¿Los montepíos notariales están gravados por el IVA? – 6.3.5.1.024
Los montepíos notariales son contribuciones a cargo del profesional interviniente, independientemente de su identificación en la factura a los efectos de su reintegro frente al cliente. Por tanto, se entiende que en el caso particular los montepíos notariales están gravados a la tasa básica.
FUENTE: Artículo 1º y literal B) artículo 2 del Título 10 del T.O. 1996. Consulta 5044 – 01/2009.
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¿Los escribanos públicos deben emitir resguardos por las retenciones efectuadas? – 6.1.8.4.007
Los escribanos podrán documentar las retenciones efectuadas en los recibos que emitan a los contribuyentes de este impuesto, en tanto consten en los mismos su importe y la identificación del retenido. Lo anterior será de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2007. Luego de la referida fecha, dichos responsables deberán emitir resguardos de acuerdo al régimen general.
FUENTE: Numeral 10, Resolución 981/007.
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Buenas tardes Dario. Cómo es el caso para el aporte de fonasa? Debo incluir honorarios + aporte como monto facturado para que la base sea el 70% de ambos o debo tener como base el 70% de los honorarios + aporte completo? Según el excel de cálculos de honorarios que dejas para descargar, entiendo que la segunda opción es la correcta. Pero el momento de emitir la factura por el aporte en BPS, debo ingresar el monto facturado sin IVA y de ser como parecería no puedo llegar al monto imponible correcto a no ser que lo haga hacia atrás (monto imponible/70*100). Muchas gracias
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Hola Ignacio. Para el FONASA, se toma la misma base que para el IRPF. No son dos montos imponibles distintos; tomes el criterio que tomes, te recomiendo que lo hagas coordinar.
Mi opinión, es esa que publiqué; pero viste que siempre hay otra forma de verlo; y la desgracia que tenemos es que aquí no es como el caso de un Arquitecto que si dice que va una columna y otro dice que no va, y después se cae, tendrá razón el que dijo que iba la columna; aquí como tenemos un sistema en que se cree en lo que declara el contribuyente, en principio salvo una inspección, siempre estará bien. Saludos, Darío (no sé si te contesté, cualquier cosa, vuelve a preguntar)
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Buenos días, intente llegar al cálulo atrás de cada clda pero no tuve exito. tu e puedes ayudar.
-sdos,
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Hola, lo fui a mirar al link, y por el celular no baja, pero desde una notebook sí, y funciona bien. No tiene protección, están libres las celdas, puedes modificarlas y ver todo lo que deseas atrás de cada número. El problema del celular, no lo sé arreglar. Saludos, Darío
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