CONSULTAS M> 223/012/05/2017
Nombre: Alejandro
Profesión: Contador
Vive en: Montevideo
Consulta: Estimado: Primero que nada permiteme felicitarte por la tarea que haces , el tiempo que obsequias, el entusiasmo, seriedad, profundidad y profesionalidad con la que tratas cada tema, lo expones, explicas y comentas. Mi consulta es la siguiente: Trabajo en una empresa como Contador dependiente y no hago aportes a la caja de profesionales.
En mi condición, puedo firmar un balance como Contador de la empresa para la cual trabajo?
Mas precisamente para ser presentarlo ante el registro de la AIN.? Atentos saludos.
Fecha: mayo 11, 2017
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Hola Alejandro
Gracias por tus conceptos sobre el blog.
Hace poco escribí un post, que en el mismo hablaba de la firma de los balances; porque el dueño del Cambio Nelson, había manifestado (según lo que pude leer en la prensa), que él confiaba en los profesionales, y que firmaba. Y es así, siempre nos enseñaron que los balances los firman los dueños, accionistas, o los representantes, directores, gerentes, etc; pero no los Contadores; y parece mínima la frontera pero existe, la diferencia es que los Contadores firmamos los informes sobre los Balances; nos hacemos responsables de su compilación, o de si las cifras aportan confianza o no; pero siempre los mismos son una expresión de la dirección de las empresas.
Si tu eres dependiente, y tienes un cargo que además te mandataron; puedes firmar el balance pero si tu gestión es como dependiente pero como técnico, lo correcto sería que no firmes el balance, sino que podrías firmar el Informe de Compilación por ejemplo o el de Revisión Limitada, y obviamente al ser dependiente no podrías firmar una Auditoria sobre la empresa que sos empleado.
Eso seguramente lo tienes claro, pero como hay otros que pueden leer el blog, o estudiantes, me parecía oportuno comentarlo.
El punto es que hoy en día, no nos exigen para firmar un informe de Compilación, siendo dependientes que aportemos a la Caja, seguramente el día que tengamos la Colegiación, ese será un cambio que vendrá de la mano.
Hoy ya existe por ejemplo un impedimento que si no aportas a la Caja, no puedes firmar la solicitud de un Certificado de Crédito de tu empresa (si es CEDE o Gran Contribuyente), ahí te lo tendría que firmar alguien independiente. Por ejemplo, conozco el caso de una colega, que al solicitar la licencia por maternidad, y pedir el subsidio en la Caja Profesional (además del de BPS, porque aportaba a la Caja siendo dependiente), la caja inmediatamente la dio de baja del listado que comunica a la DGI y ese trámite no se pudo hacer con su firma.
Mi caso, yo soy dependiente, y aporto a la caja. Si no aportara, no podría firmar las solicitudes de Certificados de Crédito, etc.
Pero la pregunta era, si vos podías firmar a los efectos de registrar los Estados Contables ante la AIN.
Te voy a subir el instructivo (que está en la web), y 2016 06_Instructivo AIN firma Cr Público pág 13 y fijate en la página 13; allí te dice que tienes que estar aportando a la Caja, seguramente debe ser el mismo sistema que con la DGI, la caja envía todos los meses los profesionales en condiciones de firmar, y cruzan la información; si no estás en la lista, no ingresará el trámite.
Esto que planteas no es un tema menor, y creo que el Colegio de Contadores se ha comenzado a mover por medio de comunicados a la gente, a dar visibilidad a nuestro trabajo. Lo que está sucediendo tiene varias consecuencias que no sé si son buscadas o de casualidad:
- Incrementa el costo a las empresas, por ejemplo supongamos tu caso. La empresa te contrata porque eres Contador, pero luego cuando necesita tu titulo, resulta que es como si no te tuviera, tiene que salir a buscar la firma fuera de la empresa, que obviamente le cobrarán, y una tarea linda y típica de nuestra profesión, va quedando de lado, te conviertes en un auxiliar calificado, que seguramente lo usarán para bajarte el sueldo o no aumentarte, porque tu aumento se lo llevará alguien de afuera.
- La otra es que pases a facturar, empujan a que el profesional pueda llegar a ver como ventajoso aportar por la Caja Profesional, si bien logras un estatus distinto, no es menos cierto que si no logras un buen acuerdo, vas a perder derechos, porque es lindo ser Profesional pero es solo eso, lindo!, pero sumamente desamparado, porque la caja no está ni cerca de las prestaciones que da el BPS.
- Indirectamente, lo que buscan la DGI, la AIN, etc, es tener un responsable por encima de la responsabilidad del Empresario, que es el que verdaderamente decide. Uno le puede alertar de riesgos, ayudarlo a ver beneficios, guiarlo pero él en definitiva es quien toma las decisiones, y la prueba está que cuando son buenas y exitosas las mismas no se reparten como una sociedad, pero a la hora de las malas, el profesional termina enganchado con esas firmas. Bueno, uno se puede preguntar, ¿Y si no es así, entonces para qué es el Título de Contador Público?, porque la palabra «público» es que damos fé pública de que algo está bien. Más arriba decía que nosotros damos firmamos los informes, pero hay muchas cosas que suceden en la vida de una empresa que no pasan por la decisión de un Contador, en empresas chicas es muy factible que esto que digo no sea sostenible, pero en empresas grandes, en que uno lleva la contabilidad a distancia, que no conoce ni siquiera las caras de las personas que facturan, etc … en que son miles de comprobantes por día, en que los sistemas son complejos, los procesos que nos aportan seguridad, muchas veces tienen escapes y esos escapes demoran en detectarse, se encuentran pero demoran (hay que ver ese post que mencionaba, miren el video, es de una película en EEUU, y el que va contando el riesgo detectado, dice que le lleva un mes o mes y medio en procesar los datos … es tal cual!).
Espero que te haya ayudado.
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Saludos,
Cr. Darío Abilleira…///
Las “Consultas de Guías Tributarias” tiene la siguiente estructura 000/000/00/0000: “Consultas M> 000”, en el buscador del Blog pueden investigar anteriores. Tiene 4 sectores, el primero se refiere al número de consulta correlativo, el segundo al número de consulta acumulado del año, el mes en que se contesta y el año, ejemplo:123/12/03/2013; es la consulta número 123 desde el inicio, la número 12 del año 2013, que la respondo en marzo del 2013; y si la quieren buscar es así: “Consultas GT 123”. Pueden usar el material si hacen referencia a la fuente: Cr. Darío Abilleira; y siempre que no sea para lucrar con él.
Los videos pueden tener algo que ver con la temática o no, son simplemente para adornar el texto y el blog.