Los Servicios Personales, no pueden tributar como Monotributo. ¿Un músico independiente, solista, puede inscribirse como Monotributo y facturarle a Bandas de Música, Restaurantes, Fiestas?


CONSULTAS GT 163/008/04/2015

Nombre que lo Identifique: Diana L.

CONSULTA: Estimado:La consulta es la siguiente: ¿puede pagar monotributo un músico que toque como solista o eventualmente con alguna pequeña banda, en restoranes y fiestas privadas? Desde ya muchas gracias.

De dónde me escribe?: Montevideo

Hora: abril 4, 2015 pm
Hola Diana
 
Sobre el tema Monotributo, te invito a que leas muchos post que hay en el blog. No tienes que buscar exactamente tu caso porque no lo encontrarás, y es lo que contestaré seguidamente, pero luego todo lo demás es idéntico para todos los casos. Podrás encontrar la normativa, etc. La forma de buscar los otros post relacionados es por medio de las categorías y etiquetas.
 
Entrando directamente en tu consulta; la misma aunque parezca sencilla no lo es, aunque la hayas redactado en una oración, no es simple la respuesta.
 
También te pido que leas este Post, porque los músicos, en general no están aportando y van por este camino indirecto, que les soluciona el tema pero no es el ideal, en montos chicos ese 5% que te cobran puede ser muy conveniente pero en cifras mayores, quizás ese 5% termine siendo caro:
https://abilleira.wordpress.com/2012/10/28/audem-resolucion-dgi-no-900008-agente-de-retencion-y-el-gasto-es-deducible-de-irae/

 
Lo que yo no haré es darte la solución, solamente emitiré una opinión en base a lo que yo considero que es correcto, pero no la profundizaré porque el tema complejo que hay detrás de lo que preguntas, es ¿Qué se considera un Servicio Personal?. Ese tipo de análisis no lo hago en el blog, pero no te estoy pidiendo nada a cambio, sólo te cuento que tu consulta tendría una parte que sí la brindo gratis y otra no lo hago gratis porque tiene mucha riqueza intelectual y de años de experiencia (no son temas que se leen y ya está, lleva años decantarlo), tampoco quiero darle más importancia de la que tiene.
 
Hago toda esta introducción, porque la respuesta no la lees tu sola, y en parte explico porqué no respondo algunas cosas; esta pregunta la hubiese dejado sin responder pero es algo que estuve revisando en mis anteriores post y quizás no fui muy enfático o no supe transmitirlo con toda claridad el tema de los Servicios Personales y el Monotributo. Y es lo que quiero apuntalar en esta respuesta. 
 
Un Servicio Personal, no puede inscribirse como Monotributo, o tributar como tal. Es claro que uno puede mentir a la hora de inscribirse, pero eso va en cada uno, algunos les gusta vivir con el riesgo y otros no, les gusta hacer lo correcto. 
 
Lo otro es que aquellos que tributan Monotributo, no pueden venderle a empresas, al Estado. 
 
Diana, tu dirás: ¿Y mi respuesta?. Bueno, aquí va:
 
– Tu servicio (porque es un servicio en mi opinión), el de ejecutar música para que otros la disfruten; no está considerado taxativamente en la lista de los Servicios que sí se pueden inscribir (es que lamentablemente el BPS emitió una lista de Servicios pero no puso todos, al no poner todos, algunos quedan fuera, eso también es discutible, y quizás lo mejor es que vayas al BPS y trates de inscribirte como Monotributo manifestando correctamente el giro que harás, y luego me cuentas, me interesa). 
2011 02_Actividades Incluidas en Monotributo
 
– Como es un Servicio en mi Opinión, y que no está específicamente nombrado; no podrías ser Monotributo. ¿Porqué?, porque lo dice la norma:
 
2015 04 04_Monotributo Servicios Personales
 
Pero suponte que vayas al BPS, e igualmente te inscriban, porque hay algunos etc, en sus folletos que quizás podrían incluirte (lo que sucede es que existen cosas raras, por ejemplo el servicio de masajista puede ser Monotributo pero Reiki y Yoga específicamente dice que no, ¿porqué?, no lo sé); entonces te decía que vas, y te inscriben, aún si lo lograras no te serviría de nada, porque dices que brindarías ese servicio en Fiestas, y para Bandas, entonces las Bandas seguramente estarán registradas como empresas, y las fiestas quizás muchas seas contratada por empresas, salvo las familiares (ahí sí podrías), y en esos casos te dice específicamente que tampoco podrías facturarle siendo Monotributo.
 
Tienes que seguir investigando, en principio no me parece que puedas y si lo lograras, no te sería muy útil, en muchas oportunidades te encontrarás que es una barrera más que una facilidad.
 
2012 Folleto Monotributo
2014 Folleto Monotributo
 
Saludos,
Cr. Darío Abilleira

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Las “Consultas de Guías Tributarias” tiene la siguiente estructura 000/000/00/0000: “Consultas GT 000”, en el buscador del Blog pueden investigar anteriores. Tiene 4 sectores, el primero se refiere al número de consulta correlativo, el segundo al número de consulta acumulado del año, el mes en que se contesta y el año, ejemplo:123/12/03/2013; es la consulta número 123 desde el inicio, la número 12 del año 2013, que la respondo en marzo del 2013; y si la quieren buscar es así: “Consultas GT 123”. Pueden usar el material si hacen referencia de la fuente: Cr. Darío Abilleira y siempre que no sea para lucrar con él.

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1 comentario en “Los Servicios Personales, no pueden tributar como Monotributo. ¿Un músico independiente, solista, puede inscribirse como Monotributo y facturarle a Bandas de Música, Restaurantes, Fiestas?

  1. Gonzalo

    Estimado, tomando este caso del músico. En caso de que se inscriba como Servicios Personales
    Le parece que puede estar exonerado de pagar IVA por ser una retribución a un artista residente en el país?
    En el IRPF sería el mismo tratamiento que el IVA?
    Gracias
    Saludos,
    Gonzalo

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