Consulta Nº 2401
Se consulta si los bienes de activo fijo que se venden en el transcurso del ejercicio deben ser revaluados por el índice de precios mayoristas hasta el momento de la venta o hasta el cierre del ejercicio.
El sistema legal de ajuste por inflación toma en consideración el activo y pasivo computable a comienzo de ejercicio, y lo ajusta por la variación del índice antedicho por todo el período, prescindiendo de las altas y bajas que pudieran haber ocurrido.
En consecuencia, se comparte el criterio adelantado por el consultante que los bienes vendidos deben ser revaluados por la variación en el índice correspondiente a todo el ejercicio, sin tener en cuenta la fecha en que se realizó la venta.
24/10/1985
…///
Etiquetado: Amortización, Consulta 2401, Revaluación, Venta de Bienes de Uso
comentarios