CONSULTAS GT 147/044/10/2014
Nombre que lo Identifique: Rodolfo
CONSULTA: Para Serenos y Vigilantes, la 1/2 hora de descanso se abona como extra?. Si el Edificio cuenta con cocheras, vigiladas mediante camaras, corresponde un «Plus» por cochera o por vehiculo ? Existe algun otro «plus» referente a Ascensores, etc., etc..?
De dónde me escribe?: Montevideo, J. H. y Obes 1530 Hora: septiembre 30, 2014
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Hola Rodolfo
¿Qué sucede si no se goza el Descanso Intermedio?
Voy directamente al punto (o sea dejo por el camino todo el tema teórico del Descanso Intermedio; de hecho siempre ha sido así en el Blog); si una persona tiene una jornada contínua; tiene el derecho a gozar un descanso intermedio de media hora, entre la cuarta y quinta hora de trabajo. Si el jornal es de 8 horas; le corresponde media hora de descanso.
Esa media hora de descanso, «YA ESTÁ PAGA», la persona trabaja efectivamente siete horas y media.
Entonces si trabaja la media hora; no es que haya que pagarle como hora extra; ni tampoco doble, porque ya está paga una vez; por lo tanto hay que pagarle otra vez esa media hora.
La Suprema Corte de Justicia ya ha dicho en varias sentencias, que ese tiempo no se paga como «hora extra» sino como «descanso no efectivizado».
Para los Porteros, ¿ Le corresponde un plus por Cochera, Vehículo o vigilancia por Cámara?
Hoy, el Grupo es el 19 de los Consejos de Salarios, Subgrupo 3, es el que recoge lo que antes era el Grupo 46; el Decreto 732 del 4 de diciembre de 1985; aún sigue vigente porque los Convenios posteriores (los actuales) fueron reconociendo todos los beneficios logrados.
En ese Decreto, establecía (y establece al estar vigente), las siguientes compensaciones para los que cumplan efectivamente los servicios relacionados:
- Una compensación del 0.25% sobre el SMN por cada cochera del Edificio
- Una compensación del 0.25% sobre el SMN por metro cuadrado de Jardín (si es jardinero)
- Una compensación del 5% sobre el SMN para aquellos que tengan empleados a sus órdenes.
Pero toda la normativa que se refería al Salario Mínimo Nacional, fue modificada y pasó a ser su referente la BFC (Base Ficta de Contribución), hoy ese monto está en $ 2819.-
Por lo tanto la compensación por cochera, sería ( 0.25 % sobre 2819 ) = $ 7; si un edificio tiene 10 cocheras, entonces el que tiene la función de vigilante y mantenimiento de las mismas; debería tener $ 70 pesos de compensación.
Sí, es poco. Es que está fuera de época y nadie se preocupó por actualizarlo.
Lo de las «cámaras de vigilancia», me parece que no tiene ningún efecto; es la introducción de la tecnología que en todo caso te facilita la tarea; si no estuvieran, tendrías que salir a recorrer cada tanto todas las cocheras; mejora las condiciones laborales; con frío no hay que salir, mejor la seguridad, etc. Y no hay norma que diga algo relacionado a eso.
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Saludos, Cr. Darío Abilleira…///
Las “Consultas de Guías Tributarias” tiene la siguiente estructura 000/000/00/0000: “Consultas GT 000”, en el buscador del Blog pueden investigar anteriores. Tiene 4 sectores, el primero se refiere al número de consulta correlativo, el segundo al número de consulta acumulado del año, el mes en que se contesta y el año, ejemplo:123/12/03/2013; es la consulta número 123 desde el inicio, la número 12 del año 2013, que la respondo en marzo del 2013; y si la quieren buscar es así: “Consultas GT 123”. Pueden usar el material si hacen referencia de la fuente: Cr. Darío Abilleira y siempre que no sea para lucrar con él.
Trabajo de sereno en un edificio hace 21 años, siempre nos pagaron la media hora de descanso como extra. Ahora quieren que la descansemos y nos rebaja el sueldo. Era un arreglo que habíamos echo con el edificio a pedido de ellos (la comisión) ahora nos lo quieren sacar. Pueden hacerlo? Gracias
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Hola Javier, en materia laboral tiene una característica en que los derechos son inalienables (o sea que no se pueden vender o acordar no ejercerlos). Por lo tanto uno no puede decir: yo renuncio al descanso intermedio; es un derecho, el punto es que si lo trabajas te lo tienen que pagar como extra, pero si te dicen que lo descanses no hay mucho más para hacer, porque seguramente igual lo descansarías. Lo que estaba mal era lo anterior, ahora es lo correcto. Si no alcanza el tiempo, trabajarás extras y ahí cobrarás horas extras pero no puedes renunciar al descanso. Saludos, Darío
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Hola buen día yo trabajo hace 4 años y medio de portero de edificio y no me pagan la media hora de descanzo yo la trabajo , nosotros la reclamamos y si hoy en día me quicieran pagar como se líquida eso . Gracias
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Hola Ricardo, en el post, arriba de donde escribiste; está la respuesta a lo que me preguntas (dice allí cómo se paga). Saludos, Darío
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Hola . Buenos días Darío , en ese caso .e tienen que pagar todas las media hora trabajas de 5 años atrás y me tendrían que reliquidar todo sueldos x los aumentos , aguinaldos, licencia y salario vacacional
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Hola Ricardo, no es tan fácil como crees. Tienes que probar que realmente las trabajaste, además argumentar porqué no te tomabas el descanso, si tu no descansabas por una decisión propia, pudiendo descansar, no es válido luego reclamarlo. Saludos, Darío
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Hola . Buenos días ! Se que no es fácil pero como comprobarlo tenemos x las cámaras , y testigos xq ni en el recibo de sueldo figura la media hora y nosotros comemos acá en la portería mismo y mientras comemos nos avisan para que le abra portón o llega alguien y tenemos que dejar de almorzar para hacer nuestro trabajo y nos exigen que estemos en portería que no tenemos que dejar solo , solo en caso de bajar a prender extractores en el sub suelo o ir al baño
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OK Ricardo. Sólo era alertarte, no es mi intención cuestionar tu reclamo pero tampoco incentivar ilusiones, y a eso apuntaba. Saludos, Darío
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No hay problema Darío es bueno recibir consejos y alertar para uno estar seguro . Gracias saludos
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Si el edificio de apartamentos le da la media hora reglamentaria de descanso en la jornada de 8 horas de labor y el portero NO se la toma POR SU PROPIA DECISION; me parece ABSOLUTAMENTE INJUSTO que se le deba pagar otra vez más la media hora, ya que es SU decisión.Pregunto esto porque un portero de mi edificio, amenaza con cobrar «como hora extra», lo cual fue aclarado que de trata de «descanso no efectivizado», al jubilarse, dicho descanso, ya que el no se la toma.Comprendo que es la normativa, pero con ese criterio, todos harían lo mismo y el edificio está obligado a pagar sí o sí una decisión absolutamente discrecional del trabajador. Considero que dicha normativa debe ser modificada, porque en mi humilde opinión, resulta abusiva para con los copropietarios.Más en el caso de nuesrto edificio que exageradamente por decisión de los copropietarios de mayor peso, hay tres porteros efectivos y tres turnantes.Esta norma, según tengo entendido, también los comprende..
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Cecilia, es responsabilidad del empleador hacer cumplir las normas laborales; eso de que él decide no tomarse no debería existir, es responsabilidad de la Administración; se le da las indicaciones, se le hace firmar un comunicado, se lo controla y si aún lo hace, se lo puede suspender, etc, etc; pero quien tiene el rol de empleador, debe cumplir el mismo; de lo contrario es la incapacidad de administrar la que llevará a ese juicio. Algo que impresiona pero es real: el poder que no se ejerce, se pierde. Es así mismo. Saludos
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