CONSULTAS GT 131/028/06/2014
La utilidad del mismo es sólo de guía para Ustedes, no sé cuánto tienen para cobrar.
para el 2018 el link para ir directo al IRPF e IASS es: http://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,irpf2016,irpf2016_inicio,O,es,0,
para el 2018 el link para ver si tienen algo a favor para cobrar es (en donde dice RUT pueden ingresar la Cédula de Identidad) : https://servicios.dgi.gub.uy/ServiciosEnLinea/ConsultaDevolucioneIRPF_IASS_IRNR
Todo lo que sigue fue escrito en el año 2014 (por si no quieren seguir).
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Nombre que lo Identifique: Gricelda B.
CONSULTA: Trabajo en la Universidad de la República como administrativa, tengo que hacer algún trámite o es como el año pasado que con la CId. en Abitab se fijaban y pagaban si tenía algo que cobrar? gracias por la ayuda, si no podés responder dónde me pueden orientar. Gracias.
De dónde me escribe?: de mi domicilio
Hora: junio 13, 2014
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Hola Gricelda, sobre el tema de IRPF he tenido decenas de consultas; incluso hubo un día que me sorprendió porque tuve cerca de seis mil visitantes buscando esa información. Aprovecho en tu consulta, decir que yo no doy esas respuestas porque son efímeras; sirven sólo para este momento y luego ya no sirve, caducan. Mi objetivo es otro, es tratar de ver temas teóricos y en general, en que yo aprenda y Ustedes también. Ni siquiera lo hago aunque me pagaran, no es un tema de precio; simplemente he optado por no dar esas respuestas. Entiendo que haya gente que se enoje, pero es un tema de opción. Yo no vivo del blog, y por lo tanto tengo mis horarios y mis obligaciones; sólo les pido que piensen que un día tiene 1440 minutos ( 60 minutos por 24 ); si yo hubiese contestado a las seis mil de ese día, tendría que haber usado 5 días sin dormir para contestar sólo esas preguntas. Es algo ilógico y les pido perdón si así esperaban recibir respuesta, pero yo se los he aclarado antes, antes de hacer un comentario, antes de hacer una pregunta y de ahí que no me sienta en falta.
Tus dudas ya fueron contestadas en estos dos post que siguen; en el primero te muestra cómo puedes consultar si tienes algo para cobrar o no (sin ir a un Abitab o Redpagos), y en el otro responde al tema de la Cobranza por devolución (este año se da siempre que el crédito sea mayor a $ 100).
Si aún con esta ayuda no les conforma, lo ideal es ir a la página de la DGI que es esta dirección:
Una vez que entran a la página verán lo siguiente:
Y una vez, que hacen «click» allí, pasan a ver esta ventana:
Y haciendo «click» en «Consultas»; se te abrirá el formulario para ingresar tu CI y ver si tienes algo para cobrar.
Saludos, Darío
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Las “Consultas de Guías Tributarias” tiene la siguiente estructura 000/000/00/0000: “Consultas GT 000”, en el buscador del Blog pueden investigar anteriores. Tiene 4 sectores, el primero se refiere al número de consulta correlativo, el segundo al número de consulta acumulado del año, el mes en que se contesta y el año, ejemplo:123/12/03/2013; es la consulta número 123 desde el inicio, la número 12 del año 2013, que la respondo en marzo del 2013; y si la quieren buscar es así: “Consultas GT 123”. Pueden usar el material si hacen referencia de la fuente: Cr. Darío Abilleira y siempre que no sea para lucrar con él.
Los videos son simplemente para darle vida y color a los temas, en algunos casos tiene que ver con el tema y en otros no son más que un adorno.
Que tal todo el procedimiento para consultar es facil y por web es un adelanto en lo que esta fallando dgi es no informar la fecha con exactitud la cual se puede hacer efectivo el cobro de las devoluciones AHI FALLA LA TAL TRANSPARENCIA QUE TANTO PREGONAN hay dias que no sabemos quien trabaja nuestros dineros las acreditaciones no son claras
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Buenas tardes, ingresando a la pagina de la DGI, SERVICIOS EN LINEA con mi cédula y clave, y yendo a Declaración de IRPF, me figura que tengo un crédito de 27.000, pero consultando en las devoluciones me aparece que no tengo créditos habilitados….a que se debe?
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Hola, es que primero la tienes que validar, no alcanza con que te informe; podrías no estar acorde con la liquidación y rechazarla, si la validas, recién ahí comenzará el proceso para que te lo devuelvan, demora unos días. Saludos
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GRACIAS DARIO…….COMO LA VALÍDO?
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Paul, te paso un link de la DGI que dice esto:
Para confirmar correctamente su “declaración jurada borrador”, por favor siga los siguientes pasos:
1: Ingresar en “Servicios en línea”
2: Genere su clave clickeando en “Generar la clave web” (si ya cuenta con la clave del año pasado omita este paso).
Ingrese los datos solicitados: número de su cédula de identidad, fecha de nacimiento e ingresos de su último borrador o declaración de IRPF o IASS.
Si usted no dispone de su última declaración jurada o borrador, concurra a cualquier local de la red Abitab sólo con su Cédula de Identidad y obtendrá su clave.
3: Ingrese su clave en “Servicios en línea”:
Donde dice “Cédula de identidad”, ingrese su número sin puntos ni guión.
Donde dice “Clave”, ingrese la clave.
4: En “Servicios con clave”, ingrese en “Borradores IRPF – IASS”
5: Siga los pasos como se indica en la aplicación.
6: Si está de acuerdo con el resultado de la declaración, en el último paso haga clic en el la opción
Y habrá cumplido con su declaración por estas rentas.
Nota: Por dudas o consultas, sírvase llamar al 1344 interno 2.
saludos
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Yo quiero saber si tengo para cobrar pero me pone «RODERA» en vez de C.I no puedo consultar
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No sé Geraldine a qué se debe eso; el link del blog funciona bien. Saludos
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Yo en 2014 y 2015 no cobre la devolución de IRPF. En cambio en 2016 y 2017 si cobre. Se puede de alguna manera recuperar ese importe no cobrado?. Gracias
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Hola, que no hayas cobrado no quiere decir que tengas el derecho de cobrar. Pero si tienes certeza de que es así, deberías concurrir a la DGI y consultar. Saludos
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Buenas tardes,entre en el link que dejaste para consultar si tengo devolución de irpf y me dice: «tiene créditos habilitados» que significa esto? Gracias.
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Que tienes algo a favor para cobrar. Saludos
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DESEARIA SABER SI TENGO ALGO DE DEVOLUCION DEL IRPF.
MIRIAN MENDEZ C.I. 4090309-6
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Hola Mirian. No doy ese servicio, ¿Te imaginas contestando la misma pregunta a 100 mil personas?. Lo que hice fue enseñarte a consultarlo. Si lees el post, sabrás hacerlo, animate a leerlo y a probar. Como ese post es viejo, te paso el link nuevo pero conceptualmente es lo mismo, pero si igual quieres que me fije si tienes o no para cobrar algo, te paso los honorarios y con gusto me fijo. Saludos
https://servicios.dgi.gub.uy/irpf/ConsultaDevolucioneIRPF_IASS_IRNR
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