Observen que entre la Ley de protección a los Discapacitados y esta para los Afrodescendientes, ( 4% + 8% respectivamente), asignan el 12% de los futuros empleos públicos. Para el resto, queda el 88% de posibilidades. ///
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Ley 18651 – Decreto 79/014 – Tendrán derecho a ocupar el 4% de las Vacantes que se generen y ser Funcionarios Públicos ( no podrán ser Militares, Policías, Docentes, Servicio Exterior ni Penitenciarios).
Publicada D.O. 9 mar/010 – Nº 27932
Ley Nº 18.651
PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
NORMAS
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,