Consulta Nº 4445
Se consulta sobre el momento en que se configura el hecho generador de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el caso de haberse tramitado un juicio de regulación de honorarios por la actuación de un profesional en la tramitación de una sucesión.
Se comparte la opinión del consultante en el sentido de que habiéndose tramitado un proceso judicial de regulación de honorarios profesionales, la determinación de los mismos y la obligación de pagar el IVA sobre tal servicio surge a partir de la sentencia condenatoria con autoridad de cosa juzgada que los fija.
Tal como se establece en la Sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo Nº 284 de 22 de marzo de 1993 y tal como se expuso en la Consulta de D.G.I. Nº 4.212 (Bol. N°357), se debe distinguir el nacimiento de la obligación tributaria de su exigibilidad. Para que una obligación sea exigible debe existir monto imponible.
10.01.008
Etiquetado: Consulta 4212, Consulta 4445, Exigibilidad de una Obligación, Hecho Generador, Regulación de Honorarios
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