Se me hizo esta consulta por “Comentario”; y no hay otra para responderlo que ir al Convenio. En la tercer ronda de Convenios (en el año 2008), tenían el 2 de noviembre como Feriado No Laborable; pero en el último Convenio (en la quinta ronda), sacaron el 2 de noviembre y agregaron el 14 de marzo. Con una particularidad, que si se trabajaran estos 6 Feriados No Laborables (son los 5 comunes para todos más el del 14 de marzo) en lugar de pagar el doble como dice la ley, se deben de pagar “triple”.
Con respecto al 2 de noviembre, quedó un híbrido; si no trabaja no lo cobra, y si lo trabaja lo cobra pero “simple”; ¿y el híbrido cuál es?, que se le da la posibilidad de faltar, y si avisa 3 días antes como mínimo, esa falta no puede ser castigada.
Saludo, Cr. Darío Abilleira
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Etiquetado: Feriados No Laborables, Taller de Chapa y Pintura
Darío,
Muchas gracias por la devolución. Será tenida en cuenta y tendré que profundizar en el tema.
Saludos,
Juan
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Estimado Contador,
En el decreto 76 de 1988, que establece mínimos y beneficios para el Grupo 13 “Industria Metalúrgica, Diques, Varaderos y Astilleros” (grupo viejo), existe una clausula referida a los feriados no laborales y como deben pagarse:
“ARTICULO 6.- Considéranse feriados no laborables el 1º de enero, 1º de mayo, 18 de julio, 25 de agosto, 2 de noviembre y 25 de diciembre. En estos días corresponde el pago de un jornal sin trabajar. Si la empresa convoca a trabajar, dicha convocatoria tendrá el alcance de un día de actividad normal, debiéndose pagar el jornal doble además de las ocho horas que correspondan por Ley o por Laudo.”
Luego se agrega el 14 de marzo como no laborable y entiendo que se debe extender el tratamiento de los feriados mencionados en el artículo a este día.
Comento esto, porque sería para todo el grupo de metalúrgicos (Grupo 8), y no solamente para algunos subgrupos, a mi entender.
Cordiales saludos,
Juan
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Hola Juan. Gracias por animarte a participar. Si bien comparto tu razonamiento y lógica, de que tendrían que existir acuerdos “macros” por grupo, y luego detalles por subgrupo, eso no se está dando. Ese decreto que comentas, si lees el “visto”, el “considerando” (que nadie los lee), habla de un decreto en el marco de un acuerdo por el Consejo de Salarios de la época, incluso se refiere a otro grupo que hoy ya no es ese número. Los decretos que homologan los acuerdos alcanzados, simplemente tiene la finalidad de darle una formalidad al acuerdo pero no fijan indeterminadamente “derechos”; esos son pactados por un lapso de tiempo y por eso en la gran mayoría hay un artículo en que dicen que reconocen los derechos del convenio anterior. Un Decreto se modifica con otro Decreto, y después de ese decreto hubieron otros que lo modificaron y el último acuerdo es el válido y no dice lo que tu planteas. Por lo tanto ese decreto no es aplicable. Por otra parte eso que dices que luego se agrega el 14 de marzo como no laborable, es cierto pero no es que se agrega y queda fijo lo existente, sino que se lo considera “no laborable” y se saca de ese criterio al “2 de noviembre”, tan es así; que lo mencionan y dicen los convenios sucesivos que si se trabajan se pagarán simple (o sea que demuestra que deja de ser “no laborable”). Saludos, Darío
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Hola yo tengo una duda parecida, trabajo en un taller de carpintería,cierran del 20/12 al 6/1, aprox,me faltan días de licencia, entre esto también esta el día del carpintero, se paga doble y no se trabaja??.. En turismo hay feriado no laborable?, porque aun no me han dicho nada que me taca algún día, si no me dan ningún día de turismo, se pagan doble????
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Hola Nicolás. Antes de realizar el comentario, hay una redacción que dice que sólo lo hagas si tiene que ver con el tema. Este post es para otro grupo, para Carpintería habría que leer el Convenio. Luego hay otras preguntas que no importa el grupo, ni el ramo; es algo normal: si no trabajás, nadie te pagará nada doble, sólo te pagarán el jornal de ese día si es “no laborable”. Y lo de Turismo está en este post, te pido que lo leas por favor (es la ley que habla de Feriados, allí te lo dice). Saludos .-
Para otros que lean esto, por favor tener en cuenta que los “comentarios” tienen que estar relacionados con el tema que se habla, sino queda todo entreverado después; el título es una cosa y terminamos hablando de otra totalmente distinta.
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