En el transcurso de mi experiencia laboral; tuve dos Contadores que en distintos trabajos, me dijeron lo mismo: “tienes que ir a la fuente”; además de leer otras opiniones, no se puede dejar de ir a leer la fuente. Si van a la Ley Nº 10449 del año 1943, al capítulo de Consejos de Salarios; se sorprenderán de algunas cosas que dice. Algunas de ellas jamás se hablan, y creo que debe ser porque no leen, dicen que dicen pero no leen. Y en otras se hacen cosas que en mi modesta opinión están mal. ¿Cuales?, y por ejemplo establecer por Convenios, derechos laborales que no corresponde; sí se puede establecer “condiciones de trabajo” que no es lo mismo que fijar derechos. Pero como es algo positivo, y a favor de la parte más débil, nadie dice nada. ¿Está vigente toda la ley?, si uno entra al diario oficial hay algunos artículos vigentes pero no dice nada de los otros si están o no derogados (ya que en otras leyes cuando están derogados se dice expresamente); las leyes está bien que sean interpretadas por profesionales pero son para la población, deberían publicarse las modificaciones de forma fácil.
Archive For febrero 9th, 2014
Planteamiento Pelagiano. Concepto de Familia para la Constitución. Estamos en el reino del “yo-mi-me-conmigo”
Este artículo, fue publicado en el diario El País. Me lo compartieron; no fue un artículo que lo hubiese ido a leer por iniciativa propia; pero al pasarme el link, lo hice. Sobre el tema de fondo, por más que yo me defina “Cristiano”, quizás como buen uruguayo, hay cosas que no comparto. Ya que si por un lado creo en la libertad, me costaría entender que todos tengan que pensar como yo; por ende si hay personas que deciden otra cosa, y existe, el Estado debe reglamentar su existencia. Igual el artículo es interesante, y a mi me terminó llamando la atención el concepto de “Pelagiano” y el tema del Artículo 40º de la Constitución.