No es fácil titular. Hace tiempo que quiero encarar esta temática y por una razón u otra va quedando para atrás. Ayer estaba navegando por youtube, y doy con un video que trata de ciudadanos españoles (madrileños) por el mundo, y este video estaba dedicado a esos ciudadanos que viven en Montevideo. Me dio curiosidad, y comienzo a mirarlo; hasta que en el minuto 3:59, habla de las dimensiones de su casa en el barrio Carrasco y aparece una Señora que limpia; pide permiso, dice que no romperá la cámara y la periodista le pregunta: ¿Tienes Servicio Doméstico?, pero ¿Tienes más de una?, ¿Cuánto cuesta?, y la Señora entrevistada, le dice bajito y de una forma tipo cómplice y como que es algo increíble, “una ganga”, de que sólo paga 250 Euros. Y ese fue el disparador.
Archive For febrero, 2014
DGI tomará medidas para combatir la evasión en el litoral, ¿Y en las Termas del Arapey?, ¿Son sustentables las Inspecciones fiscales en el largo plazo?
Estaba leyendo esta noticia en la web de radio El Espectador, y pensaba que está bien pero que es algo que no puede funcionar sólo con “inspección”; alguien tendría que pensar un poco más profundo el tema. Yo tuve la oportunidad de recorrer el litoral en este mes y llegué hasta las Termas del Arapey. A medida que uno se aleja de Montevideo, a pesar de ser un País chico, se notan las diferencias. Por ejemplo en la Ciudad de Salto (que es una de las más grandes del Interior – que yo conozca -), no pude conseguir el Semanario Búsqueda, no lo vendían ni en los kioscos del Shopping (o estaban agotados con apenas tres días después de su edición), pero volviendo al tema de impuestos, realmente no existe nada. Las cajas registradoras son simplemente de adorno, siempre abiertas, no cierran nunca (a excepción de Multiahorro y TaTa), ni siquiera el ticket le dan a uno.
Intendencia Municipal de Canelones: “Criterios de Tributación Anual”; los Tributos Departamentales de Canelones prescriben a los 20 años; contados a partir de la terminación del año civil en que se produjo el hecho gravado. Para las multas por Mora de la Contribución Inmobiliaria Rural: se aplica el Código Tributario.
Resolución Intendencia de Canelones N° 6693/010
Fecha de Publicación: 23/12/2010
INTENDENCIA DE CANELONES
Promúlgase el Decreto Departamental 8 denominado “Criterios de Tributación Anual”.
Junta Departamental de Canelones
DECRETO Nº 8
Decreto Ley Nº 14407 – Actualizado – Se crea ASSE, Subsidio por Enfermedad, del 70% de su Sueldo o Jornal básico (sin partidas por locomoción, viáticos, quebrantos, horas extras, etc), lo recibirá a partir del cuarto día (al subsidio) … Indemnización por Despido doble …
Decreto Ley N° 14407
Promulgación : 22/07/1975 Publicación: 31/07/1975 Reglamentada por: Decreto Nº 7/976 de 08/01/1976. Leer Más →Profesional Universitario. ¡Cuidado! ¿Y la Colegiación?. La carrera de Contador Público será binacional en Regional Norte de Salto.
¿Porqué escribo este post aquí?. Tengo un blog que trata de la: “Colegiación y temas relacionados a los Profesionales”; pero por este tengo más exposición y me interesa llegar a más gente. Si miran el blog, hay una Encuesta que siempre la he dejado, ha permanecido fija. Y ya he pasado las quinientas mil visitas, pero sólo han votado 183 veces. Y si bien el “sí” en el concepto de aceptar una Colegiación es mayoría, no es una mayoría aplastante. Como que el uruguayo no se da cuenta de que estamos inmersos en un mundo, y que si bien es cierto que tenemos multiplicidad de posibilidades, también es verdad que estamos en riesgos. ¿A qué me refiero?, piensen en el Mercosur. Siempre se nos dijo que era muy riesgoso pero que era nuestra puerta de oportunidades; y la realidad no fue así. No digo de cerrarnos, pero tampoco ser unos “angelitos”.
Regar las plantas sin la debida precaución, para evitar la caída de agua u otros elementos a la vía pública; tiene una multa de 1 UR, pero si gotea el agua de un Aire Acondicionado; no pasa nada.
Curioso, no?. Bueno, curioso porque seguramente la norma no está actualizada. Hace tiempo que estos temas de actualizar las normas y de analizar su congruencia, se nota que falta algo más. Está todo perfecto con que exista un Parlamento o una Junta Departamental, pero tienen que existir “Comisiones” (no dependientes de partidos políticos), que estén analizando permanentemente este tipo de situaciones y alertar, informar a los órganos parlamentarios. Observen que está penado o alguien pensó que era molesto que se regaran las plantas y no se considerara a las personas que caminan, y en cambio hay verdaderos diluvios en determinados lugares por los aires acondicionado y no hay nada planteado.
Costumbres primitivas, que no tienen nada de gracioso y que son un problema. En cambio no se encaran para prohibirlo. ¿Cuál es la gracia de festejar un recibimiento o un cumpleaños con tirada de huevos, harina, etc?. Veredas sucias de la Universidad
Bien dicen que para darse cuenta de algunas cosas, hay que vivirlas. Yo tengo una hija que cumplió 15 años, y cuando llegó el momento, se planificó la tirada de huevos, ¿En dónde sería?, ¿Con qué ropa?, ¿Cómo volvería a casa?, ¡Cuidado los ojos!, ¡Cuidate!; un desastre total … vivo cerca de una Facultad, no hay día que no pase por allí (porque me queda de camino al ómnibus) en que no vea un enchastre a la salida del centro de estudiantes, o en la calle, o en las veredas vecinas … hay que caminar de punta de pie; eso queda ahí días. Me pregunto: ¿Esto tiene sentido?, y no voy a si la Intendencia o los mismos responsables de los Centros de Enseñanza si lo tienen que prohibir o no (¿Quién se animaría a dar ese paso?, nadie!!!); sino a nosotros mismos como sociedad, si actuamos coherentemente. Por un lado pagamos fortunas por tener una red de Saneamiento pero por otro permitimos pacíficamente que los perros hagan sus necesidades (con sus amos mirando cómo lo hacen) en las veredas, o las personas (generalmente hombres pero he visto mujeres también en la puerta de mi edificio hacer sus necesidades, en vivo y en directo) hacer sus necesidades a cualquier hora, en cualquier lugar, o esto de los festejos en que nadie se preocupa por la mugre que queda. Somos realmente primitivos. Para mi habría que cobrarles una multa como está estipulado en el digesto.
¿Un Funcionario Público puede participar en una Licitación?; según asesores del MDN, parecería que sí pueden presentarse en Licitaciones pero no de aquellas que son de las dependencias en que trabajan. ¿Eso es así?
Hay dos artículos del TOCAF que hablan del tema, uno es el Artículo 46 y el otro es el Artículo 72. Parecería que el que abre la puerta a esa posibilidad que manifiesta el Ministro, es el Artículo 46, cuando dice que si la persona tiene algún grado de dependencia con alguna firma, podría darse curso a la oferta si ocurren dos cosas: a) Que esa persona dependiente no tenga ninguna relación con la licitación, y b) Que quede reflejada dicha circunstancia. Luego el Artículo 72, a todas luces redundante porque ya existía esa norma; en la que dice que los Funcionarios Públicos, etc, deben excusarse de intervenir en licitaciones.
Un Escritor, percibe una renta por concepto de Derecho de Autor, ¿Tiene que pagar IRPF?
Consulta Nº 4866
1. Se inquiere en forma no vinculante si lo que percibe un escritor por concepto de derechos de autor está alcanzado por el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF); acerca de lo cual la consultante adelanta opinión en el sentido de que dicho ingreso está exonerado.
¿Alguien recuerda aquello del “último tren de la legalidad”?. Nuevamente “Facilidades” en el BPS. ¿Y el que pagó en fecha?, se podrá financiar hasta lo que se le descontó al Personal y no vertidas. ¿Y la apropiación indebida?, todo pasa!!!
¿Quién no recuerda al Z?, a la distancia aumenta su dimensión. No soy quién para realizar una biografía pero que un Director de Rentas sea de un Partido Político que fue destrozado literalmente en unas elecciones y el nuevo gobierno que era lo opuesto al que gobernaba, lo dejara en su cargo, no debe ser muy común ni en Uruguay ni en el mundo. Me atrevo a decir que realmente marcó un punto de inflexión, sí como nos enseñaban en matemática; la gráfica llega a ese punto y cambia su tendencia. Aquí pasó lo mismo, con mensajes que aún siguen en la DGI, o este, el que venía un tren de la legalidad y el gobierno lo dejaba subirse pero si no llegaba o lo dejaba pasar … la amenaza era que le cortarían la cabeza. Mal o bien, generó una sensación de que era cierto. Pasaron unos añitos, y otra vez apareció el trencito.
Consejos de Salarios. De lo poco que se conoce: Pueden solicitar Inspecciones Contables, No pueden ser representantes trabajadores de dirección, y Tienen que tener más de 23 años. ¿Se pueden acordar más derechos que los relativos a salarios?
En el transcurso de mi experiencia laboral; tuve dos Contadores que en distintos trabajos, me dijeron lo mismo: “tienes que ir a la fuente”; además de leer otras opiniones, no se puede dejar de ir a leer la fuente. Si van a la Ley Nº 10449 del año 1943, al capítulo de Consejos de Salarios; se sorprenderán de algunas cosas que dice. Algunas de ellas jamás se hablan, y creo que debe ser porque no leen, dicen que dicen pero no leen. Y en otras se hacen cosas que en mi modesta opinión están mal. ¿Cuales?, y por ejemplo establecer por Convenios, derechos laborales que no corresponde; sí se puede establecer “condiciones de trabajo” que no es lo mismo que fijar derechos. Pero como es algo positivo, y a favor de la parte más débil, nadie dice nada. ¿Está vigente toda la ley?, si uno entra al diario oficial hay algunos artículos vigentes pero no dice nada de los otros si están o no derogados (ya que en otras leyes cuando están derogados se dice expresamente); las leyes está bien que sean interpretadas por profesionales pero son para la población, deberían publicarse las modificaciones de forma fácil.
Planteamiento Pelagiano. Concepto de Familia para la Constitución. Estamos en el reino del “yo-mi-me-conmigo”
Este artículo, fue publicado en el diario El País. Me lo compartieron; no fue un artículo que lo hubiese ido a leer por iniciativa propia; pero al pasarme el link, lo hice. Sobre el tema de fondo, por más que yo me defina “Cristiano”, quizás como buen uruguayo, hay cosas que no comparto. Ya que si por un lado creo en la libertad, me costaría entender que todos tengan que pensar como yo; por ende si hay personas que deciden otra cosa, y existe, el Estado debe reglamentar su existencia. Igual el artículo es interesante, y a mi me terminó llamando la atención el concepto de “Pelagiano” y el tema del Artículo 40º de la Constitución.
Ignorancia Supina. La Caja de Profesionales y el Timbre Profesional; de equidad ni hablemos.
No soy un gran lector de libros, sí me gustan los libros pero leo muchos, todos a la vez, y no termino ninguno. Los diarios realmente me apasionan. Como tenía dificultades de chico, muchas faltas de ortografía; les recomendaron a mis padres que buscaran una forma de que me atrajera leer. Y se les ocurrió dejarme el diario a mi alcance. Y hoy son mi perdición. Siempre aprendo algo. Cuando leí que Fernández Huidobro hablaba de “ignorancia supina”, realmente me faltaba saber qué estaba diciendo para entender su mensaje. Me hizo acordar cuando otro actor político de años atrás también que comenzaba con Fernández y le seguía otro apellido, le dijo a un adversario político que se parecía al “Dragón de Komodo”; también aprendí porque tuve que ir a ver qué era ese animal. Resulta que el animal ataca imprevistamente, a traición, tiene tantas bacterias en su boca que una mordedura es sumamente infecciosa; se retira inmediatamente y persigue a su víctima de lejos hasta que cae por la infección, y luego come la carroña. ¡Qué manera de insultar!, le dijo de todo sin usar malas palabras. Ahora el Ministro de Defensa, le dijo que la persona que habló lo hizo con negligencia, ya que no sabía lo que debía saber. Fantástico!. Yo no sabía eso. Pero miren el video, habla de la Caja de Profesionales y el Timbre Profesional. (el video fue prohibido, subo otro que habla de la ignorancia Supina, pero no de la Caja y los Timbres)
Reposición de Cajeros Automáticos, y Custodia de Remesas ¿Cuál sería el protocolo en caso de que intenten robarlos en ese momento?, ¿Cuánta gente moriría?
Me permito estas licencias de “opinar”, ya que el blog tiene la virtud de ser gratis. Por lo tanto me libera de poder expresar además de los temas que caracterizan al blog, otros que van con mis inquietudes. Lo que hoy voy a encarar no es nuevo en mis ideas, ya hace años viví circunstancias similares y pensé lo mismo que ahora expondré. Hoy iba con mi hijo en un coche de bebé, y me dirijo a un cajero automático; cuando me acerco, lo estaban reponiendo. No tengo otro muy cerca por lo que decidí esperar pero resulta que ese cajero está pegado a otro y está dentro del radio de acción de un supermercado. Vi el movimiento, un guardia contra el vehículo blindado, otro mirando hacia la calle y espalda contra el vidrio de uno de los cajeros, otro sentado en un vehículo particular de los que escoltan a los blindados, con la puerta abierta.
Editorial compra “Derechos de autor”, no es mercadería sino Activo Intangibles, y se amortizan en 5 años en cuotas fijas.
Consulta Nº 4837
Pagos por derechos de autor – IRIC – IRAE – activos intangibles – amortización
Una empresa editorial expone que compra derechos de autor, y que el monto de lo pagado lo distribuye entre la cantidad de libros que considera que ha de vender a los efectos de imputar a las pérdidas de cada ejercicio dicho monto en forma proporcional a los libros efectivamente vendidos.
Licencia por Paternidad – Subsidios por Paternidad
CONSULTAS GT 112/009/02/2014
Nombre que lo Identifique: Rodrigo
CONSULTA: Buenas tardes, te hago una consulta que no se si esta a tu alcance, igual agradezco por la ayuda que das con el blog. Una duda que me queda y me pasó, fue que estaba en la licencia ordinaria, y por motivo del nacimiento de mi hijo que lo contempla la ley debería haber gozado a la licencia por paternidad, pero como estaba en la licencia ordinaria no me la otorgaron, leí en la página del ministerio pero no me queda del todo claro, porque hace referencia que se corta y se goza la licencia por paternidad en caso de que sean licencias especiales, pero no menciona nada sobre la licencia ordinaria, bueno espero haber sido un poco claro. Saludos