CONSULTAS GT 095/055/10/2013
Nombre que lo Identifique: jhonatan
CONSULTA: Buenos días mi consulta es lo sig:estoy trab hace un año en una quinta y el patrón me paga a destajo yo quiero saber cuanto o como me corresponde por ese tiempo.grasias
Sobre: Impuestos, Tasas, Contribuciones | Sin un Sistema Tributario no hay Estado, debe ser equitativo, eficiente, y no confiscatorio | No taxation without representation
Nombre que lo Identifique: jhonatan
CONSULTA: Buenos días mi consulta es lo sig:estoy trab hace un año en una quinta y el patrón me paga a destajo yo quiero saber cuanto o como me corresponde por ese tiempo.grasias
Nombre que lo Identifique: Laura
CONSULTA: Buenas noches, quisiera saber como puedo mejorar mis aportes como empresa unipersonal ( Corredora de Seguros) al BPS a los efectos de mejorar mi jubilación. Muchas gracias. Laura
Nombre que lo Identifique: Ricardo
CONSULTA: Hola, mi consulta es la siguiente, quiero comprar una camioneta para mi empresa, quiero saber si debo hacerlo por leasing, tengo el dinero al contado, o no es necesario para descontar impuestos,no lo tengo muy claro. desde ya muchas gracias
Nombre que lo Identifique: Eduardo
CONSULTA: Soy profesional universitario y eventualmente realizo actividad independiente en el marco de mi profesion, aportando a la Caja de Profesionales. Si además doy clases particulares en mi casa, esa actividad queda comprendida dentro del monotributo; o por el hecho de tener actividad independiente como profesional no puedo inscribirme como monotributo por esta otra actividad?. Muchas gracias
Es compartible que cuando se va a pagar una partida nueva, se aclare bien y anticipadamente; cómo operará. Eso ahorrará problemas y malos entendidos. Pero me parece erróneo sólo pensar en la mujer “jefa de hogar”; hay que pensar en todas que tengan hijos, por más que vivan con sus parejas; no es lo mismo el Padre que la Madre en los momentos de enfermedad. Sí, quizás sea machista pero por más voluntad que yo ponga en estar presente en esas circunstancias me doy cuenta que no hago lo mismo. Sería injusto considerar sólo a las madres que viven solas. Pero tampoco olvidarse de los hombres. ¿Entonces se transforma en un aumento liso y llano de sueldo?, y sí, es así; quien quiera pensar en otra cosa se equivoca. Es ponerle un nombre a un aumento, porque si lo piensan fríamente; le pagarán una partida por ir a trabajar, ¿y eso ya no está contemplado en el sueldo?; a mi me parece que sí. Es como el Impuesto de Primaria, ya está incluído en los demás impuestos, pero en lugar de aumentarle los demás impuestos le cobran uno aparte y le hacen creer que es algo independiente. Es todo lo mismo.
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El ministro de Trabajo, Eduardo Brenta señaló que desde el gobierno se estudiará cómo determinar el presentismo para las mujeres jefas de hogar que deben faltar a su trabajo cuando sus hijos se enferman.
Leí un artículo, que hablaba de los trabajos que las máquinas suplantarán próximamente, ( dejo el link más abajo ) y dentro del grupo que próximamente será afectado es por ejemplo el “liquidador de impuestos”. Ya la DGI está preparando los borradores de IRPF de miles de personas, por lo tanto no es nada disparatado lo que allí se dice. En general, el trabajo administrativo – y me refiero a él en sentido amplio – es el menos valorado, es el que cuando las empresas sufren crisis económicas es donde primero hay recortes, es el que siempre se trata de automatizar, es el trabajo que realmente sufre una sustitución sostenida de la tecnología. Pero en cambio cada vez hay más cosas nuevas que aplicar, y aún se requiere del humano para llevarlo a la práctica hasta detectar cómo automatizarlo. En Uruguay, para los más jóvenes quizás lo que vaya a decir no tenga un impacto; pero realmente no es lo mismo ser hoy un Contador con esta realidad que nos toca vivir, que haber sido un Contador veinte años atrás. Las tareas y el enfoque ha cambiado, la responsabilidad, la tecnología, las normas Contables, Fiscales, Laborales, Comerciales han tenido un vértigo que a pesar de tener como aliados a los benditos software contables, nos hemos transformado en “necesarios”. Sí, es bueno.
Cuando en un trabajo le piden al postulante, el Certificado de Buena Conducta; ¿Qué le están diciendo?. Que si el mismo no tiene antecedentes, el proceso de selección seguirá su curso pero si lo tiene, es altamente probable que quede descartado. ¿Eso está bien?. Alguno me dirá: ¿Vos lo contratarías?; seguramente si leo que tiene antecedentes es probable que también no lo contrate, pero saben qué; yo no diría: “creo en la rehabilitación”. O una cosa u otra. Si creemos como sociedad que hay que dar otras oportunidades (de hecho muchos de nuestros actuales gobernantes tuvieron un pasado delictivo y tanto se los perdonó que hoy nos gobiernan); no podemos luego tener el doble discurso. Sinceramente creo que debería prohibirse la solicitud del Certificado de Buena Conducta, salvo para excepciones y con ciertas limitaciones. Observen este caso de una abogada, que estuvo presa y ahora se presenta para ser jueza, y aparentemente iba todo bien hasta que “uno” avisa que “ojo”, miren que tiene antecedentes!!!. Zás!, seguramente se quedará sin el trabajo. Como es abogada posiblemente tenga otras alternativas de futuro, pero si fuese alguien sin capacitación; sería una condena a volver a delinquir, y bueno … no nos quejemos. Esto va en línea con otros temas muy parecidos; por ejemplo que nadie quiere pagar impuestos, o que paguen los ricos, pero resulta que los ricos son ellos también; que otro haga el esfuerzo, que otro sea el solidario, que otro le de oportunidades; que otro acepte la explotación minera a cielo abierto y así nosotros usar los lujos de una explotación minera, que otro acepte la contaminación de una papelera y así nosotros usar el papel, leer diarios, pero siempre otro, y otro.
El artículo habla de que la Justicia intima a la ANEP a que brinde datos al diario El País. Pero el diario El País, lo tuvo que solicitar por medio de abogados, o sea que si usted le interesa saber algo pero no tiene ese poder, se quedará sin saber … mala suerte!. Gracias a Dios existe la prensa, no importa si es tendenciosa como algunos critican a los principales diarios; ¡pobre de nosotros si no existiera!. Pero observen que no se está solicitando algo de “defensa nacional”, son unos datos de educación, y pública. ¿Qué autoridad tienen para no dársela?, sí, la autoridad formal y que de hecho la están ejerciendo, ¿Pero, para qué?, se les dio una autoridad (y se las da la Ciudadanía, que se olvidan de eso) para realizar un trabajo que necesita la Sociedad, esos datos no son de ellos, son de la Sociedad. Pero esto es una muestra, ya he comentado varias veces que somos “manipulados” por medio de la información.
Desde que está prohibido fumar en espacios cerrados en Uruguay, es común ver que aquellos que son “fumadores”; tienen un permiso adicional para dejar sus funciones y salir del lugar de trabajo para ejercer su derecho a “fumar”. Aún no hay muchas sentencias que traten el tema, alguna dice que si ocurre es por permisividad del empleador pero que esos minutos no se pueden considerar “descanso” (porque algunas empresas luego se lo computaban como tal). En alguna otra Sentencia, se trata el tema de un despido de una funcionaria en que justamente se la despide porque generaba irritabilidad al grupo por sus salidas a fumar. Aún nos falta como Sociedad, sincerarnos en algunos temas como por ejemplo este el de que se prohibe fumar pero luego no se legisla nada más en cuanto a las consecuencias, y queda todo en un limbo que se haga lo que se haga, generará consecuencias. Supongamos que Usted tenga una empleada que se reintegra de la licencia por maternidad; y le pida además de sus derechos, retirarse media hora antes (sin recuperar); es muy probable que se le diga que no; pero en cambio si tiene un funcionario fumador, se le permitirá sin mayores consecuencias, que pierda media hora por día en fumar.
Esta noticia tiene varias aristas interesantes. La primera es que por ejemplo todo el Gasto en Pensiones Graciables, equivale a un mes y medio de atención en salud (sólo en salud) para el 60% de la población carcelaria. La segunda, quizás la que más me llamó la atención fue el tema de que el Profesional dirigió una obra en Uruguay. Eso no está mal, pero seguramente el que firmó fue un Arquitecto uruguayo. En el tema de la Colegiación de los Profesionales vamos mal, sólo los Médicos han dado un paso adelante.
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Narco colombiano construyó policlínica en el penal
Uno de los tres integrantes del clan colombiano Durán Bautista, recluidos en el Penal de Libertad por delitos de narcotráfico y lavado de activos, es arquitecto y dirigió la construcción de una policlínica que se inaugurará en diciembre para atender a los reclusos de dicho establecimiento penitenciario.
Cuando leí esta nota, me llamó la atención. Se sabe que por ejemplo los Jugadores de Fútbol tienen derechos como en dos dimensiones; uno es el derecho Laboral por lo que se compromete el Club a pagarle y un derecho que surge de lo que se conoce como Derechos Federativos que lo posee el Club. Lo que sí me cuesta entender, es que cuando hablamos del Derecho Laboral, se dejen de lado muchos de los derechos comunes de cualquier trabajador y se remitan por ejemplo al Estatuto del Jugador de Fútbol, un Estatuto que es firmado entre una gremial y la AUF. ¿Qué sucede si el Jugador no se afilia a la Mutual – porque lo puede hacer, el Art.8 del Estatuto de la Mutual así lo reconoce -?, entonces si un Jugador está afiliado tiene unos derechos y si no lo está ¿tendría otros?. Sin dudas que sobre estos temas falta legislación y bastante. Porque miren este caso: Si no trabajan le descuento, pero si no le pago no pasa nada; sí puedo aplicar el derecho laboral en un sentido y no le aplican el derecho laboral al club?, tiene un plazo para pagar los salarios.
El País 4/4/2013
Central Español decidió descontarles a los jugadores los días que no se presentaron a trabajar, ya que el plantel palermitano mantiene la medida de no entrenar en las instalaciones del club ni bajo las órdenes del cuerpo técnico como medida de fuerza por haberes impagos.
Así lo hizo saber la comisión directiva del elenco palermitano en un comunicado, en el cual aclara que mantendrá el diálogo con los futbolistas para tratar de llegar a un acuerdo, aunque también especifica que la deuda es con un tercio del plantel y en los complementarios, porque en el resto está al día.
Comisión de Legislación del Trabajo Carpeta Nº 1905 de 2012, Repartido Nº 1005 Setiembre de 2012
Modificación del artículo 2º de la Ley Nº 16.168
PROYECTO DE LEY
Artículo Único.- Modifícase el artículo 2º de la Ley Nº 16.168, de 14 de enero de 1991, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTÍCULO 2º.- El derecho establecido en el artículo anterior no podrá ser ejercido más de cuatro veces al año”.
Montevideo, 24 de setiembre de 2012.
Estos casos, les pasará a pocos y por lo tanto no son muy preocupantes porque son “pocos”; pero deben existir miles de situaciones parecidas; en que el espíritu de la Ley se modifica por medio de reglamentaciones en que por más que sea obvio que está mal, para accionar el derecho a ser reconocido no es ni barato, ni fácil ni inmediato. La Sociedad tendría que crearse un control real (no como el Tribunal de Cuentas, pero sería algo parecido a ese tribunal) que impidiera que se generen esos nichos de poder que nadie se los dio o se los quiso dar y terminan decidiendo más que los que realmente tienen que mandar.
Cuando una Ley habla de “Hijos a Cargo”, ¿Qué se supone que dice?; yo confío en las buenas intenciones; esa redacción no dice más que lo que quiere decir; o sea que una persona tiene a su cargo económicamente el sustento y la crianza de ese hijo. No mucho más. Entiendo que hay dificultades en el tema, pero entonces la Ley debe o ampliar o acotar, y definir en todo caso qué se entiende por Hijos a Cargo y no dejar como lo hizo que lo solucione la reglamentación y veamos lo que hizo la reglamentación.
Consumidores reclamaron por un comercio de La Unión; el Área de Defensa sancionó a la empresa con una clausura por 72 horas por no comparecer a dos audiencias
TCA falló a favor de administradoras, pero no habrá reembolso del dinero
El Banco de Previsión Social (BPS) le cobró a las Administradoras de fondos de ahorro previsional (AFAP) gastos “de recaudación y distribución de los recursos monetarios” desde 2006 hasta 2008. Amparadas en un artículo de la ley de 1995 de creación del sistema previsional, las AFAP apelaron las resoluciones y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) falló a su favor: no le corresponde a BPS cobrar ese impuesto por traspasar los rubros al sistema previsional privado.
S. ALCELAY / MADRID – Día 24/04/2013 – 19.13h
Advierte que la reforma del sistema implicaría cotizar más años para cobrar lo mismo que ahora.