CONSULTAS GT 064/024/05/2013
Nombre que lo Identifique: claudia
CONSULTA: yo trabajo en una casa de domestica , vivo ahi quiero hacer un curso mi patron se puede negar a esto como lo arreglo tengo derechos. grass
De dónde me escribe?: melo
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Hora: Lunes mayo 20, 2013 at 11:22 am
Hola Claudia
Esta respuesta tiene poco de legislación, y mucho de «sentido común» armonizando tus derechos y obligaciones. No me gusta pasar a ser consejero porque no es lo que mejor me sale pero como siento que necesitas unas guía te lo respondo.
Supongo que trabajás con «cama» o sea «sin retiro»; porque si fuese lo contrario creo que no tiene sentido la pregunta.
Tu derecho si eres una empleada con cama, son básicamente los siguientes:
– Derecho a un descanso sin interrupción de 9 horas – Derecho a una jornada de 8 horas por días, con 44 horas semanales – Derecho a un descanso intermedio de 2 horas – Derecho a una alimentación sana y suficiente – Derecho a una habitación amueblada, privada e higiénicaDerecho a estudiar lo tienes como cualquiera; y quienes te contratan, tienen el derecho de que el horario por el que te pagan; tu estés allí para desempeñar las funciones correspondientes. El tema es si coliden tus horas de estudio con el horario laboral, ¿Qué hacer?.
Ahí, si interfieren o se solapan los horario; no existe un derecho de que el patrón deba permitirte salir del trabajo; lo que sí existe son acuerdos de parte (ambas partes acuerdan, uno cede en una cosa y otro en otra), lo que sí tendrás derecho es después a licencia por estudio, pero ese es otro tema.
Suponte que tu día comience a las 8 AM; trabajás hasta las 12 horas, descansás hasta las 14 horas, luego trabajás hasta las 18 horas, y como tienes un descanso de 9 horas, o sea que si te acostás a las 23 horas y te levantas a las 8 horas, tu descanso de 9 horas se cumple. Te queda un horario de 18 horas a 23 horas por ejemplo para ir a un liceo o instituto; en ese horario son libre; no tendrías ni que pedir permiso.
El problema se te da si las clases comienzan por ejemplo a las 16 horas. Entonces ahí tendrías que ceder y proponer horarios; por ejemplo comenzar a trabajar a las 7 AM; hacer un horario hasta las 11:30 y descansar 1 hora hasta las 12:30; y luego trabajar hasta las 15:30 horas; y esa media hora que te falta hacer, trasladarla para el sábado por ejemplo. ¿El patrón podría rechazarlo?, sí, podría.
Espero que te vaya bien, y ánimo. Trata de conseguirte un horario de que no tengas que pedir favores.
Saludos, Darío
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Las “Consultas de Guías Tributarias” tiene la siguiente estructura 000/000/00/0000: “Consultas GT 000”, en el buscador del Blog pueden investigar anteriores. Tiene 4 sectores, el primero se refiere al número de consulta correlativo, el segundo al número de consulta acumulado del año, el mes en que se contesta y el año, ejemplo:123/12/03/2013; es la consulta número 123 desde el inicio, la número 12 del año 2013, que la respondo en marzo del 2013; y si la quieren buscar es así: “Consultas GT 123”. Pueden usar el material si hacen referencia de la fuente: Cr. Darío Abilleira y siempre que no sea para lucrar con él.
Nunca en un trabajo con cama trabajas 8 horas. No en Uruguay. Te hacen trabajar desde las siete de la mañana, sino antes, hasta mínimo las diez de la noche jajjajajaja
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Yo no entendí lo gracioso; en todo caso sería para llorar. Saludos
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hola, queria hacer una consulta……cuando se menciona que la empleada domestica con cama tiene derecho a una habitación amueblada, eso incluye sabanas para la cama? gracias.
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Hola Julieta. Te respondí aquí:
saludos, darío
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Pregunto hace 10 años que teabajo con cama hago todo el mantenimiento picina electricidad y algo adentro cual tendria que ser mi horario graccias y aparte el recibo figura mas plata de la que cobro en mano como se soluciona esa situacion
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Hola Javier, en principio el tema no es el que se trata en el post. En el post se habla de una persona que quiere estudiar y que trabaja con cama; tu tema es distinto, y por lo tanto no debería responder nada porque es como si uno estuviese hablando del dengue y viene una persona y comienza a hablar del partido de fútbol del sábado pasado. Igual voy a responder algo breve porque te noto muy perdido. Los trabajos con cama generalmente son para Servicio Doméstico, es raro saber que existe un hombre que tiene ese régimen, ¿No será otra figura?, o sea tipo casero, o tipo cuidador del lugar, y hay que ver la zona en que trabajas si en ciudad o rural. En cuanto al comentario de que en el recibo figura más plata y cobras menos, así sin verlo, te diría que es normal, a todos les pasa que en el recibo dice tanto dinero y luego tiene descuentos y se cobra menos. Un importe se le dice Nominal y al otro Líquido, distinto es si dice líquido $ 1000 y cobras $ 500, quizás exista algún préstamo que no lo hacen pasar por el recibo. No sé decirte más porque sin ver, es como escribir para llenar espacios. Saludos
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Pregunto hace 10 años que teabajo con cama hago todo el mantenimiento picina electricidad y algo adentro cual tendria que ser mi horario graccias
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Hola yo comencé a trabajar primero el arreglo fue de lunes a viernes 6h diarias x 2500 $ más boletos .luego x un problema familiar quede sin casa y arregle irme a vivir a mí trabajo me da libre viernes de noche me voy a las 22:00 y más tarde también y regreso el lunes a las 12:00 x que tengo k ir x su hijo al colegio. Quiero saber cual sería el salario justo para este trabajo ,mis tareas son limpiar dos casas ,cuidar su mamá con Alzheimer y esta su padre de 83 y cuidar a su hijo de 11 años ,tengo que llevar al niño al colé en autobús e ir a recogerlo cocinar a veces y soy enferma de fibromialgia y de la columna no se como enfrentar esto x no saber mis derechos .
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Hola Jacqueline. Yo no doy el servicio que tu pides, por lo menos no lo hago gratis. Una cosa es ayudar con temas teóricos, pero otra distinta es entrar a resolver casuísticas particulares y aconsejar. Lamento que hayas tenido esa esperanza, pero si hubieses leído las pautas de qué se responde gratis y qué no , por lo menos no te hubieses generado esa ilusión. En cambio hay una parte de tus consultas en que dices que no sabes de tus derechos, si bien aún falta muchísimo, hemos avanzado una enormidad, una persona hace 10 años atrás tenía muchísimas menos oportunidades de leer sobre sus derechos de lo que hoy tu tienes. Si llegaste hasta aquí (hasta el blog y lograste hacer una consulta, es señal de que algún mínimo de dominio tienes), seguro puedes llegar a la página del MTSS, a la de IMPO, a la del Sindicato, a la de la Liga de Amas de Casa, comentarios de otros colegas, de otros profesionales, diarios, e incluso en el Blog hay varios post que tratan de tus derechos; si le dedicas unas horas, seguro sabrás más de tus derechos. Lo que sí llama la atención, es que aceptes un trabajo, y después te cuestiones cuál es el salario justo. Saludos, Darío
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hola mi pregunta seria la siguiente estaria bien si me descuentan los dias que falte por enfermedad presentando certificado gracias.
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Hola Washington. Sí, cuando faltás por enfermedad, los primeros tres días no te lo paga nadie, y después del tercer día (el cuarto día en adelante) te lo cobre el BPS. Aunque tengas certificado, es descontable. Saludos
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