En Montevideo, quienes tengan «Discapacidad Visual» y se acompañen por Perros Guías o Perros Lazarillos, pueden subir a un Ómnibus o Taxis con ellos


DECRETO Nº 33.515 – Exp. Nº 2010 / 0721

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO,

D E C R E T A:

Artículo 1°-  Modifícase el literal f) del Art. 85 del Decreto Departamental N° 26.365 de 16 de junio de 1994, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“f) lleva cualquier clase de animal, con excepción de caninos entrenados y que acompañen a personas con discapacidad visual para su auxilio o desplazamiento y que a juicio de la Intendencia de Montevideo, cumplan con los requisitos necesarios para autorizar su ascenso a los vehículos afectados al transporte capitalino”.

Artículo 2°-  Comuníquese.

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

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