CONSULTAS GT 032/032/12/2012 – Respuesta Rápida
Nombre que lo Identifique: Sofía
CONSULTA: ¿qué trámites tengo que seguir para obtener un RUT como profesional universitario y poder ejercer mi profesión? ¿Tengo que darme también de alta en el BPS? Gracias!!
De dónde me escribe?: Montevideo
Hora: Lunes diciembre 3, 2012 at 12:56 pm
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Sofía
Sobre el tema trámites en el RUT, lo mejor es que vayas a la página Web de la DGI, pero te copio lo que dice allí hoy:
http://www.dgi.gub.uy/gxpsites1/hgxpp001?5,4,21,O,S,0,PAG;CONC;73;1;D;7118;5;PAG;MNU;E;1;3;4;1;12;9;23;3;MNU;,
RT 3.1.1.3.001 ¿Cómo debo hacer para inscribir a un Profesional Universitario? |
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(30/06/2010-00:00) |
Lugar:En Montevideo, en el Registro Tributario: Av. Daniel Fernández Crespo 1534, Subsuelo B.
En el Interior, en dependencias de DGI correspondiente al domicilio constituido.Plazo:
Previo (10 días) o día de inicio de actividades.
Formulario:
– Único DGI-BPS 0351 “Inscripción y actualización de empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales” en 3 vías.
– En el caso en que tengan Personas Físicas vinculadas, formulario único DGI-BPS 0352 en 3 vías con los datos de las personas físicas vinculadas.
Los formularios deberán ser escritos a máquina o en letra imprenta, adosando el correspondiente timbre profesional.
Documentación que debe presentarse:
- · 2 Fotocopias del documento de identidad del titular.
- · Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su cédula de identidad.
- · Certificación notarial (original y 2 fotocopias simples) de:
1. Firma del titular.
2. Datos del titular:
- · Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
- · Documento de Identidad (tipo, país de origen y número)
- · Fecha de nacimiento
- · Estado civil
- · Nacionalidad
- · Capacidad legal
- · Domicilio particular
3. Domicilio fiscal especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.
El Profesional Universitario (con excepción de Escribanos) sustituye el Certificado Notarial por fotocopia de formulario o de cualquier documento que acredite la inscripción y que está con declaración de ejercicio de la actividad en la Caja de Profesionales Universitarios, donde conste nombre, número de inscripción y domicilio, el que debe coincidir con el domicilio fiscal declarado.
La certificación notarial no será necesaria si se exhibe factura original completa, de no más de 60 días o contrato exclusivamente de UTE, OSE o ANTEL, a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara. Debe adjuntarse 2 fotocopias de la factura o contrato. En caso de ser ANTEL, deberá ser un servicio de teléfono fijo.
Constancia del trámite:
– Copia sellada de los formularios de inscripción 0351, 0352 (si corresponde).
– Formulario “ Confirmación de datos” 6361.
– Formulario “ Constancia de inscripción en el registro único tributario“ 6351. |
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Con respecto al BPS, no tienes que inscribirte si no tendrás personal, pero a la Caja de Profesionales sí tienes que inscribirte, es obligación, allí podrás declarar actividad o no; pero inscribirte tienes que hacerlo.
Ya en el Blog escribí sobre el tema te dejo los links:
https://abilleira.wordpress.com/2012/03/01/una-unipersonal-cuyo-titular-es-un-profesional-universitario-independiente-que-tiene-dependientes-porque-caja-debe-realizar-sus-aportes/
y si quieres leer más sobre profesionales universitarios te dejo el link:
https://abilleira.wordpress.com/category/e_servicios-personales/2-profesionales-univ/2-1-prof-independientes/
Saludos,
Darío
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La Respuesta Rápida, indica que el tema podría tratarse con mayor profundidad y que la idea de publicarlo es no quedarme con cosas pendientes y si amerita se vuelve a ella en el mismo posts o queda como antecedente para otros futuros posts que traten la misma temática.
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Estimado Darío.
Soy operador inmobiliario y abogado. Estoy inscripto en DGI con las dos actividades Inmobiliaria y Servicios Jurídicos. Pago BPS y Fonasa y por otra parte pago también Caja de Profesionales. He decidido darme de baja del rubro inmobiliario pienso tramiter la baja en DGI de la actividad Inmobiliaria y también de BPS y Fonasa. Mi idea era seguir inscripto en DGI como abogado, seguir pagando Caja de Profesionales y me afiliaría particular a una Mutualista donde ya estoy hasta hoy pero por Fonasa.
Me dicen que si sigo ejerciendo como abogado debo seguir pagando BPS y Fonasa. Me parece que no es así. O todos los abogados pagan Caja de Profesionales y también BPS y Fonasa.
Mucho agradeceré me ayude con esta duda.
Atte.
Oscar Pilegi
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Hola Oscar. Desde el año 2011, a mediados de ese año todos los Profesionales tuvieron que comenzar a pagar el FONASA. Yo publiqué un post en el momento, y después varias veces he tratado el tema ( https://wp.me/p13ijO-xA ).
Lo que sucede es que hay una confusión. Cuando te dicen pagar BPS y pagar FONASA. No es así estrictamente. Estamos hablando de un Profesional independiente que no tiene empleados, a ese profesional que me refiero; sólo tiene que pagar la Caja de Profesionales, DGI y FONASA.
Lo que sucede, es que el que recauda para el SNIS, lo que se paga por concepto de FONASA es en el BPS, pero no es que estés pagando BPS. Ahí BPS oficia como agente recaudador, es como si fuese un Abitab para el FONASA. Es algo parecido a lo que hace la DGI con el Impuesto de Primaria, hace un par de años, que la DGI es la que recauda para Primaria.
Pongamos el ejemplo que tu conocerás mejor, porque te dedicabas a eso. Es como si tu tuvieses un propietario que te encargó que cobraras el alquiler y luego se lo volcaras a él. Aquí pasa lo mismo, tu pagas FONASA pero lo pagas en el BPS. El BPS brinda un servicio, en que factura, cobra, cobra multas, etc, todo es un servicio para FONASA.
Resumiendo: Sí, tienes que pagar FONASA. Hay excepciones que no pagan, suponte que casi no factures; entonces hay una excepción (también he escrito del tema, y en este momento no recuerdo el monto) que si no llegaste a esa facturación en el año anterior; entonces dejas de pagar FONASA, pero obviamente no tendrás el derecho a una sociedad.
Saludos
Darío
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