Ciclistas, Masajistas, Instructores, Mecánicos o Asistentes del Ciclismo; acceden a derechos por el BPS


Mejoran la seguridad social de ciclistas

Cambian sistema de aportes para que se incorporen al BPS – El País 21/01/2012

El Poder Ejecutivo publicó un nuevo decreto con el objetivo de mejorar el régimen de cobertura social de los ciclistas profesionales. Si bien en 2009 se aprobó una normativa para promover la incorporación de estos deportistas, en los hechos el sistema no encontró la respuesta deseada.

Con este marco, fue que el gobierno decidió habilitar un período de transición de dos años (2012 y 2013) para que los ciclistas puedan realizar aportes al Banco de Previsión Social (BPS) sobre la base de fictos. En tanto, a partir de 2014 se prevé que estos deportistas contribuyan al régimen de seguridad social por sus ingresos reales.

Los ciclistas podrán optar por dos regímenes. En primer lugar, aquellos deportistas que tengan contrato de trabajo vigente a la fecha de entrada en vigor de la nueva disposición reglamentaria, podrán optar por aportar conforme a lo establecido en los artículos segundo y tercero del decreto Nº 59/001 de marzo de 2001, por los meses correspondientes a los años 2012 y 2013.

Es decir, que podrán aportar por el sueldo ficto igual al mínimo jubilatorio, siempre que el total de las remuneraciones computables fuere mayor a ese monto o tributar por lo efectivamente percibido siempre y cuando no esté por debajo de 11 Bases Fictas de Contribución (equivale a $ 5.265).

Por otro lado, aquellos ciclistas que celebren contratos de trabajo una vez que entre en vigencia el nuevo decreto podrán aportar sobre un ficto de 13 Bases Fictas de Contribución ($ 6.222) por los meses de 2012 y de 20 BFC mensuales por los aportes del año 2013 ($ 9.573).

A partir de 2014, el régimen de aportes de los ciclistas profesionales se hará según sus remuneraciones reales.

Los profesionales de este deporte, tendrán derecho al subsidio por desempleo una vez finalizada la relación laboral, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por las normas legales aplicables, y serán beneficiarios de todas las demás prestaciones de seguridad social.

http://www.elpais.com.uy/120121/pecono-619952/actualidad/mejoran-la-seguridad-social-de-ciclistas/

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2012 – Comunicado 007 – Régimen de aportación Ciclistas Profesionales

Folleto Ciclistas

El decreto 10/012 del 18 de enero de 2012 es fruto del acuerdo entre el Gobierno y la Federación Ciclista del Uruguay con el objetivo de mejorar el proceso de inclusión de los ciclistas en la seguridad social.

Con esta iniciativa los ciclistas o los profesional de la actividad — como masajistas, instructores, mecánicos o asistentes — acceden a seguro de desempleo, cobertura de salud completa, licencias por enfermedad, lentes y prótesis, jubilaciones y pensiones, asignaciones familiares, prestaciones por discapacidad y otros beneficios laborales, tanto para el titular de la prestación como para su familia. 
Los clubes deportivos tendrán facilidades para ingresar al sistema. El BPS brindará asesoramiento con funcionarios especializados en el tema a los ciclistas y los clubes,en Montevideo en Sarandí 570, y en todas las capitales departamentales y algunas de las principales ciudades del resto del país.

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