Fondo de Solidaridad, ¿Se debe aportar por un título que ya no se expide?


Identificación: cecilia

Consulta: Tengo el tituló de técnico en estadística expedido por la facultad de ciencias económicas. Esta carrera se creo durante la dictadura como carrera corta y se elimino cuando se restauró la democracia con los estudiantes de la primera generación aun cursandola quienes luego de diversas gestiones y años transcurridos lograron que se reabriera solo a los efectos de que pudieran culminarla. La carrera no existía cuando se creo el fondo de solidaridad ni cuando se reformulo posteriormente, ni actualmente. A sus egresados no se les reconoce el derecho a voto en las elecciones universitarias ni al aporte a la caja de profesionales.

Hace una semana llega a mi domicilio una carta del fondo de solidaridad informandome de que tengo tributos pendientes. Concurri al fondo y me entero que debía haber aportado todos estos años. Me exigen el pago con multas y recargos desde el 2007 y me dicen que si no lo hago me pasan al clearing y que a partir de setiembre me llegara por primera vez en todos estos años la factura del 2012.

Teniendo en cuenta la situación atípica de la carrera en cuestión y su inexistencia pasada y actual, considerando la definición de sujetos pasivos de la ley del fondo, tengo que aportar?

Si tuviera que hacerlo, corresponde que se exija el pago retroactivo con multas y recargos cuando nunca recibí un aviso hasta ahora, una factura, cuando nunca el fondo informo en los medios de las obligaciones,  plazos, etc para el caso de los que no aportan a las cajas profesionales?

Sin otro tipo de aviso que el ya señalado y ante la negativa del fondo de darme por escrito la deuda, puede el fondo enviarme al clearing?

Agradecería respuesta. Saluda atte. Cecilia E.

CLASIFIQUE su CONSULTA: Impuestos: Otros

De dónde me escribe?: Uruguay – Montevideo

Hora: Domingo agosto 19, 2012 at 10:59 am 

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Estimada Cecilia

Gracias por leer y consultar; y dudé si responderte ya que este tema lo vengo tratando en un blog que se llama Colegiación en Uruguay, y si bien tengo algunos posts subidos aquí, los mismos están tratados desde el punto de vista Tributario, nada más. 

Debo decirte por responsabilidad profesional que si realmente deseas una ayuda, deberías acudir a un Abogado, ya que veo algunos puntos que son raros. Y yo responderé como siempre lo hago desde una posición que sólo trata de dar un poco de luz y que muchas veces tiene subjetividad.

Lo raro que veo es que no se te permita votar en las elecciones Universitarias, hay algo ahí que sin dudas es extraño.

Te voy a comentar los puntos que nombras que no hacen al tema y que no importan:

  • Que se haya creado la carrera en la Dictadura
  • Que se haya cerrado en la Democracia
  • Que se haya vuelto a crear
  • Que no estés inscripta en la Caja de Profesionales
  • Que te haya informado de la deuda o no en una página web

Lo importante es que sos Egresada y tienes un Título. Con eso ya es suficiente.

Que te lo reclamen desde el año 2007, ahí me falta información: ¿Cuándo te recibiste?, porque si te recibiste en el 2002, está bien, si te recibiste antes, me llama la atención que sólo sea desde el 2007 ya que la prescripción son 10 años; y si están tomando un período de 5 años para atrás que también es posible, pero sólo si el contribuyente cumplió con sus obligaciones. Y esto es lo segundo raro si fuese así, o sea que ellos estarían reconociendo que algo estaba bien y por eso sólo van 5 años para atrás.

Que te llegue la primer factura en setiembre está bien, es así. El pago vence en diciembre y se paga en 4 cuotas, está correcto.

Yo te voy a contar mi situación y la de muchos, y cómo es que está mal redactada la Ley, pero nadie la cambia a pesar de que los Legisladores lo saben. 

Puedes verla aquí: http://fondodesolidaridad.edu.uy/wp-content/uploads/2012/06/Ley_16524_actualizada.pdf

Dice el Artículo 3, Numeral 1) Los egresados cuyas carreras, a la fecha de promulgación de la presente ley, tengan una duración igual  o superior a cinco años, aportarán anualmente una contribución equivalente a 5/3 (cinco tercios) de un  salario mínimo nacional.

Mi Plan de Contador Público es el de 1980, o sea con una duración de 4 años, pero como a la fecha ya existía el plan de 1990 que era de 5 años, pago por 5/3. Resulta que ahora el plan de Contador Público volvió a bajar a 4 años, ¿Tu crees que nos bajarán el aporte?, obviamente que no. ¿Va ser justo que unos aporten por 5 años y otros por 4 años cuando todos esos profesionales tuvieron la misma  extensión en sus carreras?.

En cuanto a la pregunta de si puede enviarte al Clearing, me parece que legalmente pueden; y tanto puede es que quieren modificarlo por Ley. Y digo me parece porque no conozco del tema Clearing, me requeriría muchísimo tiempo interiorizarme en profundidad para evaluar si el Fondo de Solidaridad podría o no hacerlo, yo pienso que si lo hacen es porque ya está todo estudiado de que sí. Y el punto no es ese, es si debes o no; si no te mandaran al Clearing, ¿Cambiaría la situación de tu deuda?; lo que pasa es que si no lo hacen, nadie va a ir a pagar, ¿Y cómo haría el Fondo de Solidaridad para tratar de cobrar?; tendrían que darles otras herramientas.

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Por último, quiero hace un comentario (no para ti que me preguntas, sino en general)  que lo he leído en la prensa de que si no estabas en la página web, cómo era posible que se supiera que eras deudora o deudor. ¿O sea que era preferible no tener una página web?, y con eso bastaba entonces para cobrar todas las deudas. Es como decir que si por ejemplo un Colegio de Primaria no tiene página web, entonces el padre no sabía que tenía que pagar, eso son argumentos que me parece que no son válidos. Todos sabemos que existe el Fondo de Solidaridad, es algo que nació en el año 1994, es algo que se habla permanentemente, es como negar la existencia de la Caja de Profesionales porque como yo no aporto, entonces no existe.

Saludos
Cr. Darío Abilleira

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http://colegializacion.wordpress.com/2012/08/14/el-desconocimiento-de-la-ley-no-justifica-su-incumplimiento-principio-universal-salvo-para-no-pagar-el-fondo-de-solidaridad/

http://colegializacion.wordpress.com/2012/07/18/fondo-de-solidaridad-no-puede-cobrar-cuotas-a-quienes-culminaron-carreras-intermedia-ni-aquellos-que-habiendo-terminado-un-curso-de-grado-no-realizaron-los-tramites-necesarios-para-ejercer-su-profe/

http://colegializacion.wordpress.com/2012/08/19/hecho-generador-del-fondo-de-solidaridad-es-con-el-ultimo-examen-o-con-el-titulo/

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