OBLIGATORIO
VOLUNTARIO
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http://www.bps.gub.uy/ProcesosReforma/ReformaSalud/IncorporacionJubyPen.aspx?menu=ReformaSalud
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Publicado en: Fonasa Pasivos, Pasivos Pensionistas Fonasa
Etiquetado: Derecho al Fonasa, Ingreso de Pasivos al SNIS
Etiquetado: Derecho al Fonasa, Ingreso de Pasivos al SNIS
Jubilado con residencia en Montevideo, pero viviendo en Brasil tiene derecho a Fonasa
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Sí, en la medida que se pague, tiene derecho. Saludos
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pORQUE ME OBLIGAN A INGRESAR NUEVAMENTE AL FONASA SI YO RENUNCIE EN JUNIO DEL 2015 Y ME ASISTO EN EL HOSPITAL MILITAR.EN MIJUBILACION MILITAR ME DESCUENTAN MENSUALMENTE ESE SERVICIO. PERO EL BPS ME VA A DESCONTAR EL 4 y MEDIO POR CIENTO A PARTIR DE JULIO DE 2016 obligatoriamente
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Hola María. Es claro que estás cobrando por dos cajas, por la Militar y por el BPS. Hasta esta fecha era voluntario, a partir del 2016 es obligatorio, no hay posibilidad de decir que no. ¿Porqué?, y porque lo dice la ley. Saludos
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hola que tal ? buenas noches mi pregunta para usted es yo tengo 86 años enviude hace 32 años y me quedo una pension por industria y comercio de la cual me pagan N$ 524 estará bien , también comento que me volvi a casar y enviude hace dos años y también me quedo una pension la cual creo que esa esta bien porque me pagan la mitad de lo que mi esposo cobraba mi pregunta es por la primer pension si esta bien desde ya muchas gracias
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Hola María. Te felicito que con esa edad, estés conectada a internet. El tema del post no es cuánto gana un jubilado / pensionista, sino el acceso de los jubilados y pensionistas a Fonasa. Igualmente por tu edad, iré un poquito más. No podría saber si está bien o mal sólo con esa información, lo que no parece estar acorde a estos días es el símbolo, ya no se usa más el N$ (nuevos pesos), ahora es $ (pesos, simplemente). Saludos
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por que el BPS deja de pagar la sociedad médica de un jubilado que esta viviendo en el exterior, a pesar de incluyen el dinero en el pago al jubilado.
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No entendí bien la consulta Alberto, porque dices: a pesar de incluyen … , no entendí a qué te refieres. No todos los casos son iguales, te imaginarás que sin saber tu situación, no puedo opinar en este caso sin considerar más elementos, como ser desde cuándo sos jubilado, cuánto hace que estás en el exterior, a qué sociedad estabas afiliado, cómo te enteraste que dejó de pagar?, ¿Tuviste que volver y quisiste atenderte y no pudiste?, etc. Saludos
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Otra consulta: desde fines de diciembre estoy cobrando pensión debido al fallecimiento de mi esposo. Aparte, cobro mi sueldo de Secundaria. Aporto al SNIS como pensionista y como trabajadora dependiente? Gracias nuevamente.
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Es correcto. Y si tuvieras otro trabajo, también deberías aportar al FONASA. Saludos
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Hola, Darío. Quisiera saber: soy trabajadora dependiente (docente del CES). Tengo dos hijas (18 y 19 años). A la mayor, ya hace un año le pago la mutualista. La menor, cumplió los 18 a fines de marzo, y también le estoy pagando la mutualista. Sin embargo, en mi recibo de sueldo consta que continúo realizando el aporte por hijos. Por otra parte, alguien me comentó que entre los 18 y los 21, si no trabajan, tienen derecho a Fonasa. ¿Esto es así? En todo caso, ¿cómo puedo regularizar esta situación? Muchas gracias por tu consejo y tu tiempo.
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Hola. Te lo respondí con un post, la Consulta GT 169. Saludos
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hola que tal…nos casamos con mi esposo porque siempre me dice que cuando el no este me quedaria una pension..pero hay topes de sueldos para recibirla o no? porque siempre me dice q con la pension podria pagar la cuota de la casa..gracias.
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Hola Andrea, lamento pero esta consulta no tiene nada que ver con el post que trata de acceso al Fonasa; y se aclara que por favor no hagan un comentario si no tiene nada que ver, es por ustedes no por mi, digo, para que no se ilusionen; yo no respondo “Comentarios” sobre temas distintos al post, porque es un esfuerzo inútil, no queda indexado y luego nunca más se encuentra, ni yo lo encuentro. Saludos
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hola tengo una pesnsión por inalidez de menos de$6000 estoy en fonasa me descontaron este mes $2032 que segun mi mutualista casmu me corresponde como cuota de mutual, Ellos no quisieron llamar a bps porque dicen que el problema fue del bps que me pago enero y febrero 2015 a ellos
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No sé qué responder Rodrigo, no sé cuál es la pregunta aunque me la imagino, igualmente no tengo idea con la información que me das, de la posible solución. Saludos
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que tal mi padre tiene 85 años y quiere integrarce al fonasa su sueldo es de 20000 pesos puede tener esa cobertura medica gracias wilder
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Por favor leer, allí se explica. Saludos
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no tengo jubilacion ni pension soy una enferma psiquiatrica desde hace 20 años la unica entrada es lade mi esposo que es jubilado civil y percibe unos 34000 pesos a eso le tengo que descontar el alquiler mi sociedad y mis medicamentos que son al mes unos3500 pesos sin los analisis cada cuatro meses soy socia de casmu desde hace 42 años por mi esposo no me pertenese fonasa ya que el paga por el 1180 y si me corresponde una pension por invalidez ya que yo no puedo trabajar gracias por su informacion
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Hola María. Tu consulta no tiene nada que ver con el “post”, y antes de hacer el comentario se les aclara que por favor no hagan la consulta si no está relacionada (es para no ilusionarlos). Igualmente te digo que con los pocos datos que tengo es imposible que te diga si te pertenece o no; tendrías que consultarlo en el BPS, es raro que hayan pasado 20 años y no hubieses tenido esta iniciativa antes. Por lo que percibe tu esposo, parecería que si no tienes una “discapacidad severa”, no accederías a esa pensión; pero lo mejor es consultar en el BPS. Saludos y suerte!. Darío
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Una persona uruguaya que percibe una jubilación en Uruguay pero reside en Bs As – Argentina, tiene algún derecho por FONASA cuando esta en Uruguay?
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Si tienes el derecho al Fonasa, no importa en donde vivas; ya que te descontarán por ese derecho. No es un derecho que surge por “residencia” y se pierde si no tienes “residencia”, es un derecho si se paga. Saludos
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Muchas Gracias. Sds.
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quiciera saber cuanto gana una persona jubilada que trabajo en CFE como contador
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Hola, no tengo idea. La jubilación depende de muchas variables, pero no depende de su profesión. Saludos
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Hola una pregunta tengo 72 años , quisiera saber si en este año me corresponde fonasa soy jubilada y persibo 12.000 pesos y con descuentos en la mano recibo 9.500 pesos muchas gracias por responderme.
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Hola Gladys. ¿Viste el cronograma del post? (más arriba publicado), allí dice que ingresan el 1/07/2014 (este año) quienes tengan más de 65 año y ganen menos de 5 BPC. El valor del BPC está en $ 2819 por 5 da $ 14095. Por lo tanto tu tienes más de 65 años, ganas menos de $ 14095; por lo tanto concluyo que te corresponde este año a partir de julio, ingresar al FONASA. Saludos, un gusto responderte. Darío
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Buenas , quisiera saber si me corresponde el Fonasa , soy pensionista por viudez y recibo 30.000, pesos , una parte por AFAP y otra por el BPS , Muchas gracias.
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Hola Lyliam. No hay nadie más indicado para contestar tus dudas que el BPS. Yo no digo si te corresponde o no, en general cuando escribo lo hago de forma genérica, doy pautas generales pero no digo: fulano tiene derecho o mengano no. A eso no me dedico, ya lo he explicado en otras oportunidades pero lo voy a recordar: No lo hago, porque la inmensa mayoría de los casos la información es parcial, no tengo todo para mi análisis y después si resulta lo contrario a lo que digo, termino perjudicado ya que pierdo credibilidad, ¿Y qué gano?, nada, pierdo nada más. Por eso no respondo casos individuales, por lo menos gratuitamente. Saludos, Darío
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Hola tengo una duda, tengo un hijo de 2 años y cobra pension por invalidez. Hasta ahora estaba en fonasa por mi marido, pero quedo sin trabajo, y quiero saber si mi hijo por cobrar pension le corresponde fonasa?
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Hola. Sinceramente me preocupé del tema, leí algo pero no quedé convencido; y tampoco quiero angustiarte. Me preocupé por tu situación, ambos sin trabajo, un hijo pequeño; pero yo te recomiendo que hagas la pregunta en el BPS, ¿la hiciste?, me gustaría que si tienes la respuesta, luego la compartas.
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Buenos dias, soy jubilada de 79 años, y percibo una jubilacion de $ 19000, no soy propietaria, pago un alquiler de $ 9270 por la contaduria, me queda un liquido de $ 8900, y me descontaban para el fonasa, $ 1412, este mes subio y me descontaron $ 1507. es correcto? para los que pagamos alquiler no hay ningun beneficio?
Sdos.
Luz
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Estimada Luz, sabe que lamentablemente no respondo este tipo de preguntas, por muchas razones, pero la principal es que lo he dicho de entrada que no lo hacía porque es muy aventurado hacer una liquidación o verificación sin ver la documentación, y si alguna vez di alguna respuesta fue como una guía, pero para que sirviera de apoyo a otros. Si le respondo a Usted después no me dan las horas del día para estar siempre respondiendo lo mismo, y además gratis. Ya no hago nada más gratis, ya mantener el Blog, pienso que es una contribución a la sociedad porque pongo mi grano de arena para que todos puedan acceder a la información. No tengo ningún mérito porque en general la información ya existe y está en la web, pero muchas veces escondida, mal presentada y lo único que trato de hacer es que todos sepan sus derechos y también sus obligaciones. Si la información fuese clara, quizás haría otro tipo de Blog y no este. Consulte en el BPS que realmente es uno de los pocos lugares públicos en que la atención al público funciona ejemplarmente. Saludos. ( Si igualmente desea una consulta, tiene un espacio en el Blog que se llama “Consulta Personalizada” y allí también tiene una guía para que sepa cuánto cobraría. A las órdenes. )
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Tengo una pasividad de $ 5400. A partir del mes pasado me ingresaron a FONASA y me descuentan $ 1298 mediante un rubro 931 según aparece en el recibo. Traté de informarme porque entendía que solo me descontarían un 3% y me dicen que hay una formula para el cálculo del descuento. Esto es así? no es un 3%? . Si la información es correcta me gustaría saber la fórmula para verificar si lo que me retienen es lo correcto.
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Hola Antonio
Hice los números y no pude llegar exacto a la cifra. Este tipo de cosas son las que yo le critico no sólo al BPS sino a todo lo que sea en Uruguay acceso a la verdadera información, no a la información que te dan para llenar el ojo, sino a la que importa.
La forma de aportar está en la Ley 18731 Artículo 3 (http://200.40.229.134/Leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=18731&Anchor=).
El BPS tiene un simulador: http://www.bps.gub.uy/ProcesosReforma/ReformaSalud/IncorporacionJubyPen.aspx?menu=ReformaSalud
Uno carga su jubilación que me informó que es de $ 5438.25 y en el simulador da $ 1274. A mi me da $ 1279, pero no llego a los $ 1298.
Y qué es lo que no se sabe?, no se sabe, no está informado, no se dice, el valor promedio de afiliación de las cuotas mutuales. Eso no se sabe, por lo tanto no tiene forma de reclamar.
Ahora, ¿Tiene sentido ganar $ 5438 y que le descuenten $ 1298?. Algo no está bien, si Usted YA SE PAGABA la cuota mutual, entonces es más barato, pero si no se pagaba la cuota mutual, hay algo más que me falta.
Con respecto a cómo se hace el cálculo, ya he dado la fórmula en este mismo blog. Y la forma que dice la Ley es la siguiente:
1) Le aplica a su Jubilación el 3% (en este caso, en otros el porcentaje que corresponda, aclaro para otros lectores que no responderé casos particulares)
2) Al valor promedio de las cuotas mutuales (que no lo conocemos, suponemos que es el Costo Promedio Equivalente que sí se informa en el BPS pero no es la definición que usa la ley) le resta el valor obtenido en el punto 1.
3) Al resultado obtenido en el punto dos, le aplica el primer año le aplica el 20%
4) Al valor que resulta del punto 3, le resta al Valor Promedio de las Cuotas Mutuales (que no lo conocemos), y eso sería lo que tiene que pagar.
Saludos, Darío
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BUENOS DIAS SOY TRABAJADORA Y ADEMAS COBRO UNA PENSION POR MI ESPOSO FALLECIDO, ESTE MES LA EMPRESA QUE TRABAJO CIERRA. QUIERO SABER SI CUANDO SE TERMINE EL SEGURO DE DESEMPLEO, TENGO DERECHO A COBERTURA MUTUAL POR LA PENSION
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María, para darte una mejor respuesta debería saber cuánto es tu pensión. Pero no me lo digas, es preferible que llames al BPS y ellos te podrán decir mucho mejor de lo que yo pueda escribirte. No quiero dejar de contestar, he comentado ya por medio de preguntas gratis que no respondo situaciones particulares, por una razón que también lo he dicho, y que es imposible hacerlo por falta de tiempo, además ante la falta de algo que me informen la situación puede cambiar diametralmente y por otra parte mi idea es ayudar pero sin regalar mi trabajo y el de mis colegas. No se olviden que esto es una guía, pero no es un Servicio tipo telefónico que cobran para responder. Lo comento para no generar falsas ilusiones que es lo peor: que escriban y no recibir respuesta. Saludos
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Soy pensionista,industria y comercio(3.779$)me retienen el 3%.Mi pregunta es:si estoy aportando por mi trabajo 957.82
$ x mes, por que me retienen ese dinero de mi pension?.Tengo 58 años y me falta para jubilarme.Agradezco su contestaciòn MY..
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Hola Myriam, en esta oportunidad en lugar de contestar mostrando las leyes que fundamentan el porqué, le voy a responder porqué es así desde el punto de vista conceptual. El Uruguay, se caracteriza por tener muchas soluciones a la “uruguaya”; que muchas veces criticamos y que no nos damos cuenta que en realidad somos unos adelantados. Hoy vemos los problemas que tiene Estados Unidos en la Salud, los problemas que tiene España, y nosotros ya los hemos recorrido. También se dice que Uruguay es el País más justo de América del Sur, en que se distribuye más equitativamente la riqueza. Eso se basa en el principio de solidaridad intergeneracional. Por ejemplo una Cuota Mutual promedio, se dice que costaría unos $ 1800 pesos. Entonces uno podría decir: el que tenga $ 1800 pesos que se pague su mutualista, y esa opción dejaría a muchos fuera del acceso al sistema de salud. Entonces por ejemplo Usted que paga $ 957.82 por su aporte de su sueldo, no logra llegar al promedio, pero en cambio tiene derecho a una Mutualista. ¿Quién paga la diferencia para que Usted tenga derecho?; lo paga otra persona que gana más. Y para que eso suceda, se aporta por porcentajes, y con variantes dependiendo de los integrantes familiares, etc. Por lo tanto la idea básica es que todos contribuyan de acuerdo a sus ingresos, y no es la idea de como yo ya aporto y tengo otro ingreso, dejo de aportar. Está bien que le retengan, aún así es mucho más barato que si fuese Usted a pagarse la Mutualista. Se dice además que si fuese por Edad, cuando más edad tiene más caro es, en cambio Usted seguirá pagando un porcentaje de su sueldo, con todos los derechos porque otras personas pagarán más. Saludos, Darío
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tengo 72 años no tengo prestador de salud y percibo alrededor de 30000 pesos ¿ cuando tengo derecho al FONASA?
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Delia, por lo que gana y como no tenía cobertura de salud; tendrá derecho a partir del 01/07/2016. Consulte mejor en el BPS (08002016 es el Teléfono).
Saludos, Darío
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Hola Dario , muchas gracias por la informacion , como siempre es muy util , saludos
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