Nombre: Andrea
Su Comentario o Pregunta: trabajo en una empresa de agro insumo y teníamos una discusión, para manejar los fletes, en que perdemos mas, si pagamos los fletes en negro y de esa manera solo traslado el costo del flete sin impuesto al comprador nuestro, o si nos facturan con iva los fletes a nosotros, y nosotros solo trasladamos el costo del flete sin impuesto al cliente. (Si sabemos que lo correcto es fracturarle nosotros al cliente el flete mas el iva.) Sigue vigente que cuando en una factura de mercadería exenta (como la mayoría de la nuestra) si pongo que el flete corresponde a dicha mercadería también va exento?
Hora: Martes enero 10, 2012 at 1:08 pm
…///
Hola Andrea
El flete no es una prestación accesoria. Eso es por el Artículo 5 de la Ley 17615, en buen romance: el flete está gravado con IVA.
Sobre el intercambio de opiniones de cuándo pierden más, para dar una opinión con cierto peso debo realizar un supuesto; y el mismo es que Ustedes son una empresa que liquida IRAE, y en ese caso pierde cuando pagan en negro y luego facturan ese costo, pierden cuando le pagan a una Pequeña Empresa y empatan o ganan (dependiendo de lo que facturen, si es con o sin márgen) cuando le pagan a una empresa que les emita una factura con las formalidades correspondientes.
¿Porqué?, porque si pagan en negro, ese gasto no es deducible pero lo que facturen estará gravado, por lo tanto la renta neta será más grande que la renta real; lo mismo si es una pequeña empresa, pero en este caso no es deducible el gasto por la regla candado.
Saludos
Darío
Ley 17.615_Gas Oil_Flete no es una prestación accesoria
…///
Hola! una duda! El flete por translado de activos seria excento?
Me gustaMe gusta
Quise decir traslado* exento*
Me gustaMe gusta
Perdón Stefania, no entendí bien la pregunta. Saludos
Me gustaMe gusta