Nombre: Vania
Su Comentario o Pregunta: Hola tengo una empresa unipersonal por ser profesional independiente. Luego de la inscripción fui al ministerio de trabajo a registrar el libro de registro laboral , pero una funcionaria de este me dijo que como no tenía personal a cabo dicho trámite no era necesario. Ahora me entero de que si en necesario, quisiera saber si sabes cual es la sanción , una multa? de que monto aproximadamente y que trámite debo hacer.
Muchas gracias. Saludos Vania Hora: Miércoles noviembre 9, 2011 at 2:17 am
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Estimada Vania, tu pregunta está en el blog ya digamos que contestada: https://abilleira.wordpress.com/2011/06/08/las-unipersonales-y-los-profesionales-independientes-sin-dependientes-no-tienen-obligacion-de-hacerse-de-la-planilla-de-trabajo/
Me parece correcto lo que te dijeron, sólo debías registrar el libro pero no una planilla. No sé qué sucedió que aparentemente ahora lo necesitas dado que supongo que sigues sin personal. Si contratas personal, claro que debes realizar el trámite para obtener la planilla.
En cuanto a la multa, si te correspondiera está fijada en UR, creo que te haría bien también leer este link:
Y por último, para que te sientas más segura, puedes consultar este link en la página del MTSS:
http://www.mtss.gub.uy/index.php?option=com_content&view=article&id=1720&Itemid=419
Y allí vas a poder ver esto:
Y fijate que hay un ícono de un archivo en PDF, el mismo es este: MTSS_T1396_Multas
En ese archivo te dice que la multa será de 1 UR en caso que te correspondiera, que para mi no te corresponde.
Saludos Darío…///
Vania, el video es para ponerle música, siempre trato de buscar algo relativo al tema, pero en este caso no encontré nada, salvo que está lindo el sonido y que muestra imágenes del MTSS, no comparto la frase última pero no puedo estar editando todo. Mientras escuchas puedes leer, ese es el fin y ponerle color al blog.
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