Consulta Nº 5413
La Consulta.
Una empresa, cuyo giro consiste en la venta de etiquetas para ser utilizadas en balanzas electrónicas, consulta sobre la aplicabilidad o no de la retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA), por parte de los supermercados de acuerdo al Decreto Nº 134/009 de 17/03/009. Señala que las etiquetas son papeles de carácter autoadhesivo que vienen adheridas a un rollo que las contiene. La balanza electrónica imprime sobre la etiqueta y el funcionario la desprende del rollo y la coloca sobre el envase del producto, ya sea sobre film de PVC, sobre bolsas de papel o sobre papel de embalaje. Atento a lo expuesto, entiende que las mencionadas etiquetas no constituyen bienes de cambio, ya que no son envases de acuerdo a la definición de la Real Academia Española, mencionada en la Consulta Nº 5.339 (Bol. 442). Manifiesta por tanto que no corresponde efectuar la retención del IVA , por parte de los sujetos comprendidos en el Decreto Nº 134/009 a quienes enajenen rollos de etiquetas.
La Respuesta.
No se comparte la opinión de la consultante. Esta Comisión de Consultas ya se ha expedido sobre el tema en Consulta Nº 5.339, en la que se indicó el tratamiento respecto a estos materiales, por lo que sí corresponde realizar la retención a los proveedores de las referidas etiquetas.
31.08.2010
Etiquetado: Autoadhesivo, Balanzas Electrónicas, Bienes de Cambio, Consulta 5413, Envases, Etiqueta, Retención, Supermercado
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